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Sin adjetivos

Pleno del 19 de noviembre de 2024

Proposición de Ley de modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos para armonizar la información a incluir en las páginas web, contratos y facturas de electricidad y gas en relación a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso.. Autor: Grupo Parlamentario Socialista. Transcripción literal del Diario de Sesiones n.º 80.

Energía y clima

Votación

  • 19 de noviembre de 2024: salió adelante, 176 sí, 33 no, 136 abstenciones.
  • 10 de abril de 2025: salió adelante, 349 sí, 0 no, 0 abstenciones.

Emilia Almodóvar Sánchez

PSOEDiputada.Página 5Vídeo

Presidenta, señorías, buenas tardes. Comenzamos la sesión en defensa del consumidor bajo el prisma de que tan importante es el reconocimiento normativo de derechos como establecer cauces eficaces para su ejercicio. Con este objetivo, el Grupo Parlamentario Socialista trae hoy aquí una proposición de ley para armonizar la información a incluir en las páginas web, contratos y facturas de electricidad y gas en relación con la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Señorías, la vulnerabilidad económica entorpece el acceso a la justicia, y este principio, que es aplicable con carácter general, lo es más en el derecho de consumo. Con independencia de los derechos que puedan reconocer nuestras leyes, estos derechos se convierten en humo si no existen cauces adecuados para que los consumidores los puedan hacer valer. Esto lo entendimos muy bien los socialistas cuando pusimos en marcha el Sistema Arbitral de Consumo, paradigma en Europa del sistema alternativo que garantiza el respeto de los consumidores. (Aplausos). La Constitución exige que los poderes públicos garanticen la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces la seguridad, la salud y los intereses económicos de estos. Por tanto, nuestro marco constitucional es el mandato que impulsó la aprobación en España en 1984 de la primera ley general para la defensa de los consumidores y usuarios. Avanzando en la garantía de la eficacia sobre bases firmes para la protección de sus derechos, en su artículo 31 mandató al Gobierno la creación de un sistema arbitral que entendiera y resolviera, con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, las quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios. El Sistema Arbitral de Consumo fue desarrollado reglamentariamente por primera vez en el Real Decreto 636/1993. En el ámbito internacional, cuando la Asamblea General de la ONU aprueba las directrices sobre la protección del consumidor, enumera una serie de medidas que permite a los consumidores obtener compensación, y así se abre el camino de la resolución alternativa de litigios con un mecanismo extrajudicial; un mecanismo que es rápido, justo y poco costoso, y teniendo en cuenta las necesidades de las personas consumidoras con bajos recursos. La Directiva 2013/11, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, es la norma que aplica los procedimientos de resolución alternativa y exige que se cumplan unos requisitos de calidad en toda la Unión Europea, y que los consumidores y las consumidoras conozcan la existencia de dichos procedimientos. El objetivo de esta directiva es claro: que los consumidores puedan identificar rápidamente qué entidades de resolución alternativa son competentes para tratar su reclamación. Esta norma también deja bien claro que la información debe ser clara, comprensible y de fácil acceso. Esta Directiva 2013/11 fue traspuesta al ordenamiento jurídico español en la Ley 7/2017, del 2 de noviembre. Esta ley fue objeto de una intensa negociación durante su tramitación parlamentaria, en la cual el Grupo Parlamentario Socialista incorporó más de cuarenta enmiendas al texto del proyecto. El resultado del texto disponía a sectores concretos a dos cambios normativos de especial trascendencia: en primer lugar, la protección de los usuarios del transporte aéreo, de aceptación obligatoria y resultado vinculante para las compañías aéreas; y, en segundo lugar, la creación de una única entidad para la resolución de litigios de consumo en el sector financiero y la obligación a las entidades financieras de que participaran en los procedimientos de dicha entidad. Con esta ley no solo se revoluciona el concepto tradicional de la resolución de conflictos en consumo garantizando su calidad, sino que también somete a este procedimiento a dos de los sectores que actualmente presentan más reclamaciones por parte de los consumidores y usuarios: el sector eléctrico y el sector de hidrocarburos. Como señalamos en la iniciativa que hoy debatimos, las empresas comercializadoras de energía eléctrica y gas natural están obligadas a ofrecer a sus consumidores la posibilidad de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios. ¿Por qué es necesario explicar a los consumidores, en concreto a los más vulnerables, qué son y para qué sirven estos sistemas alternativos de litigios? Es necesario porque ellos deben saber que pueden acudir a un lugar diferente al judicial cuando tienen que reclamar una queja, un error en su factura, un error en sus contratos o en su suministro. Por tanto, esta proposición de ley que hoy presentamos quiere que las empresas lleven a cabo un sistema donde aparezca en la factura de sus clientes el nombre de las empresas. Es obligatorio por parte de las empresas de gas y de luz obtener esos datos para que sus clientes sepan dónde poder dirigirse. Tanto es así que, en su artículo 46.1, la Ley del Sector Eléctrico ―y voy a citar textualmente― establece que: Serán obligaciones de las empresas comercializadoras, en relación con el suministro, informar a sus clientes sobre sus derechos respecto de las vías de solución de conflictos de que disponen en caso de litigio. En términos similares se expresa el artículo 57 bis de la Ley del Sector de Hidrocarburos para suministro del gas natural.

No obstante, y ese es el motivo de nuestra propuesta, los últimos informes de supervisión del proceso de resolución alternativa de litigios entre comercializadoras y consumidores de energía eléctrica y gas natural señalan, de forma contundente, la necesidad de introducir modificaciones legislativas sectoriales, armonizando la información que deben incluir en las páginas web, contratos y facturas eléctricas y gas, en relación con la resolución alternativa de litigios de la regulación 7/2017. Asimismo, es importante y de especial relevancia que se especifique y se puntualice que el desarrollo de dicho mecanismo sea vinculante para las partes. Conscientes de la importancia de la resolución alternativa de litigios para consumidores y siguiendo las recomendaciones del organismo supervisor, hoy sometemos a la consideración de esta Cámara nuestra propuesta para que ambas leyes sectoriales, reguladoras del sector del gas y de la electricidad, concreten el contenido del deber de información de las empresas suministradoras respecto de la posibilidad por parte de sus consumidores de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo, armonizando la regulación sectorial con la obligación de información que refleja su artículo 40 en la Ley 7/2017.

Como señalaba al inicio de mi intervención, tan importante es el reconocimiento normativo de derecho como establecer cauces eficaces para su ejercicio. La resolución alternativa de litigios es una garantía para el ejercicio de los derechos de los consumidores. Además, un consumidor informado es un consumidor protegido.

Por otro lado, vemos que los datos nos demuestran que un 98 % de los consumidores del sector del gas y un 99 % de la electricidad han contratado con comercializadoras que tienen adheridas a sus entidades una resolución alternativa de litigios. También nos reflejan los datos que el número de reclamaciones gestionadas a través de dichas entidades es muy escaso y reducido: un 0,76 % para el sector eléctrico y un 0,77 % para el suministro del gas. Estos datos nos traducen un importante desconocimiento; un desconocimiento de los consumidores sobre los procedimientos que se deben establecer legalmente para resolver sus conflictos y problemas en el sector del gas y de la electricidad; un desconocimiento que probablemente muchos de nosotros hayamos tenido en algún momento. Estos datos muestran, por otra parte, que no se está cumpliendo correctamente con el deber de una información accesible, fácil y clara.

Asimismo, señalan los informes del Defensor del Pueblo que un alto número de consumidores no sabe a qué órgano o Administración acudir para resolver sus reclamaciones frente a sectores energéticos. Señalan, incluso, que las consejerías autonómicas responsables en la materia ―competentes para conocer las discrepancias que surgen en el marco de las reclamaciones energéticas―, una vez que se ha concluido el proceso de reclamación y han sido desestimadas estas reclamaciones por las comercializadoras, han detectado casos en los que las autoridades de consumo han facilitado una información errónea al considerar que el consumidor no tenía acceso a una vía extrajudicial. ¿Qué nos indican estos informes? Nos indican que aún nos queda un importante camino por recorrer para consolidar el sistema, para unificar criterios y difundir de forma adecuada las posibilidades que brinda nuestro ordenamiento jurídico a los consumidores para proteger sus derechos.

Señorías, esperamos contribuir con nuestra propuesta a avanzar en este camino y seguir evolucionando en la protección jurídica del consumidor, que somos la sociedad en general. Amparados en las recomendaciones que realiza la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su último informe, es nuestra intención aclarar el contenido del deber de informar a los consumidores sobre la posibilidad de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo que se contienen en dos importantes leyes sectoriales: la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector de Hidrocarburos. Somos conscientes de que la resolución alternativa de litigios aún no es suficientemente conocida por los consumidores y usuarios. Por este motivo, es importante remover desde los poderes públicos cualquier obstáculo que pueda dificultar la información que debe ofrecerse a los consumidores para el acceso a esta vía de solución de conflictos.

Reitero mis palabras del principio: un consumidor informado es un consumidor protegido. (Aplausos). Contribuir a este objetivo es lo que motiva esta propuesta, la cual espero que sea de interés para el resto de los grupos parlamentario de esta Cámara y podamos seguir avanzando para la sociedad española.

Muchas gracias. (Aplausos).

Presidencia. Muchas gracias, señora Almodóvar. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Rego Candamil por un tiempo de siete minutos.

Néstor Rego Candamil

BNGDiputado.Página 7Vídeo

Moitas grazas, señora presidenta. Moi boa tarde. Antes de entrar en materia, permítame unha cuestión previa. Nuns minutos acompañarei unha representación dos traballadores e traballadoras da empresa Circet que se achegan ao Congreso para trasladar as súas reivindicacións, para trasladar a defensa dos seus postos de traballo. Estamos falando dunha empresa francesa que vén de adquirir unha unidade produtiva autónoma dedicada á instalación e mantemento de redes fixas e telecomunicacións —C‌ omfica— que conta entre os seus clientes con Movistar, nada máis e nada menos que Movistar, e tamén moitas administracións públicas, entre elas a Xunta de Galiza. E que no noso país ten un cadro de persoal de máis de 350 traballadores e traballadoras. Pois ben, nada máis Circet facerse co control de Comfica abriu un expediente de regulación extintivo para un terzo do seu persoal no Estado español sen xustificación económica, que impactaría ademais moi especialmente na Galiza, onde este expediente implica o despedimento de 118 persoas. Onte mantiven unha reunión con eles. Comprometinme, entre outras cousas, a trasladar tamén as súas reivindicacións ao Congreso e a pedirlle ao Goberno e ao Ministerio de Traballo que actúen para evitar que estes despidos se poidan producir. Por certo, tamén para lle reclamar ao Ministerio de Traballo que derrogue, dunha vez por todas, a reforma laboral do Partido Popular e, entre eles, ese precepto que foi eliminado que implica que os ERE tivesen que ter autorización administrativa previa, que daría máis capacidade á Administración para defender os dereitos dos traballadores e traballadoras. En relación coa presente proposición de lei, que pretende incorporar en dous artigos da Lei do Sector Eléctrico a obriga de incluír nas páxinas web, contratos e facturas o nome e datos de contacto de, no mínimo, unha entidade de resolución de conflitos cuxo pronunciamento sexa vinculante para a comercializadora e para as persoas consumidoras, temos que dicir que nos parece un obxectivo loábel. Mais tamén excesivamente tardío e inconcreto. De feito, eu quero lembrar que o BNG xa ten defendido mecanismos de resolución de conflitos e de defensa dos consumidores e consumidoras en leis, en normas anteriores, por medio de emendas que infelizmente non foron incorporadas. Aquí o que se propón é dar maior publicidade e facilitar un maior coñecemento da existencia destes mecanismos para o seu uso por parte das e dos consumidores, pero nós xulgamos que se trata dunha reforma limitada que en si mesma merecería maior concreción e máis garantías. A propia lei asegura que debe existir un procedemento público e gratuíto entre o Ministerio ou outras Administracións que, como público, será precisamente gratuíto para todas as persoas. Porén, isto non é o que se pretende publicitar e, por tanto, xorden algunhas preguntas: o servizo desta outra entidade vai ser tamén gratuíto para a persoa consumidora? Onde estará radicada a entidade de resolución de conflitos? Será un procedemento centralizado que esixa necesariamente unha tramitación telemática e só telemática? Non sería máis adecuado esixir que as entidades e procedementos fosen accesíbeis de forma próxima aos consumidores e consumidoras? Se se tratar dun único ente centralizado, como se garantirán os dereitos lingüísticos das persoas consumidoras? Un aspecto en que parece que nunca pensa o Goberno cando lexisla: os dereitos lingüísticos son tamén dereitos básicos dos cidadáns e das cidadás e, por tanto, tamén deben estar presentes neste caso. Consideramos que é preciso asegurar a existencia, como dicía, dun procedemento de reclamación público e gratuíto, e que poida ser en galego, para a resolución de controversias. Mais tamén que as reclamacións presentadas esixan a revisión e/ou inspección por parte das Administracións competentes en materia de consumo. Deben ser reguladas claramente as obrigas das empresas distribuidoras e comercializadoras en relación á calidade da subministración, o establecemento de prazos para a resolución das solicitudes de alta, mudanza de compañía ou avarías, obrigas de mantemento da atención presencial, e distribuída territorialmente para o fácil acceso das persoas consumidoras sen que se force a facer colas interminables ou chamadas con máquinas, a maior parte das veces sen resposta ou polo menos sen resposta positiva. Unha vez existan obrigas neste sentido, as Administracións poderán de oficio esixir o cumprimento para asegurar o respecto dos dereitos dos consumidores e usuarios e usuarias. O acceso ao mecanismo de resolución de conflitos descarga a responsabilidade de forma individual nos consumidores e, por tanto, debe existir un control público. Mais, para alén desta cuestión, en relación coa factura eléctrica das persoas consumidoras o BNG seguirá a reclamar algúns elementos que nos parecen esenciais: a simplificación da factura, que se eliminen desta todos os cargos e peaxes que non teñen a ver co consumo e que se rebaixe o IVE de forma permanente á luz e ao resto das subministracións básicas dos fogares a 4 %, como produtos que son de primeira necesidade. Acabamos de propolo nesa lei que debateremos o xoves do imposto complementario ás multinacionais que, lamentablemente, nin sequera puido ser votado porque foi vetado polo Goberno, precisamente para evitar que os grupos políticos se pronunciasen ao respecto. Ademais, é preciso modificar o sistema de determinación do prezo da enerxía eléctrica, o chamado pool, para asegurar un sistema xusto que non facilite ou permita o enriquecemento obsceno e arbitrario das eléctricas, como aconteceu xa e continúa a acontecer. E debe, tamén, ser introducida a regulación de tarifas diferenciadas que eximan, cando menos, do pagamento de custos como o de transporte e peaxes aquelas comunidades produtoras excedentarias de enerxía eléctrica, o que permitiría abaratar a factura e compensar, no mínimo en parte, os custos sociais, ambientais, patrimoniais e económicos que deben asumir, que debemos asumir, por exemplo, no caso da Galiza, por albergar a maioría das instalacións de produción enerxética, de produción eléctrica.

En definitiva, tense de garantir, si, e nese sentido votaremos a favor da toma en consideración do dereito de acceso a un sistema de resolución de conflitos para as persoas consumidoras. Mais tamén presentaremos emendas para mellorar o texto e para incorporar todos estes outros elementos, todas estas outras modificacións, na Lei do Sector Eléctrico.

Moitísimo obrigado.

Muchas gracias, señora presidenta. Buenas tardes. Antes de entrar en materia, permítanme una pequeña cuestión previa. En unos minutos acompañaré a una representación de los trabajadores y trabajadoras de la empresa Circet que vienen al Congreso para trasladar sus reivindicaciones, para trasladar la defensa de sus puestos de trabajo. Estamos hablando de una empresa francesa que acaba de adquirir una unidad de producción autónoma dedicada a la instalación y mantenimiento de redes fijas y de comunicación ―Comfica― que cuenta entre sus clientes con Movistar; nada más y nada de menos que Movistar. También muchas Administraciones públicas, entre ellas, la Xunta de Galicia. En nuestro país es un cuadro de personal de más de 350 trabajadores y trabajadoras y nada más que Circet se va a hacer con el control de Comfica y abrió un expediente de regulación extintivo para un tercio de su personal en el Estado español sin justificación económica, que impactaría especialmente en Galicia, donde este expediente implica el despido de 118 personas. Ayer mantuve una reunión con ellos. Me he comprometido, entre otras cosas, a trasladar también sus reivindicaciones al Congreso y a pedir al Gobierno y al Ministerio de Trabajo que actúen para evitar que estos despidos se puedan producir. Por cierto, también para reclamar al Ministerio de Trabajo que derogue, de una vez por todas, la reforma laboral del Partido Popular y, entre otras cosas, ese precepto que fue eliminado, que implica que los ERE tuviesen que tener autorización administrativa previa, que daba más posibilidad a la Administración de defender los derechos de trabajadores y trabajadoras. En relación con la presente proposición de ley, que pretende incorporar en dos artículos de la Ley del Sector Eléctrico la obligación de incluir en las páginas web contratos y facturas, el nombre y datos de contactos de, por lo menos, una entidad de resolución de conflictos cuyo pronunciamiento será vinculante para la comercializadora y para la persona consumidora, tenemos que decir que es un objetivo loable, pero también muy tardío e inconcreto. Quiero recordar que el BNG ya ha defendido mecanismos de resolución de conflictos y defensa de los consumidores y consumidoras en leyes y normas anteriores por medio de enmiendas que, desgraciadamente, no fueron aceptadas. Aquí lo que se propone es dar mayor publicidad y facilitar el mayor conocimiento de la existencia de estos mecanismos para su uso por parte de los consumidores y consumidoras, pero pensamos que se trata de una reforma limitada y que en sí misma merecería más concreción y más garantías. La propia ley asegura que debe existir un procedimiento público y gratuito entre el ministerio y otras Administraciones, que, como público, tiene que ser precisamente gratuito para todas las personas, pero esto no es lo que se pretende publicitar y, por lo tanto, nacen algunas preguntas: ¿El servicio de esta otra entidad también va a ser gratuito para la persona consumidora? ¿Dónde estará erradicada la entidad de resolución de conflictos? ¿Será un procedimiento centralizado que exija necesariamente una tramitación telemática y solamente telemática? ¿No sería más adecuado exigir que las entidades y procedimientos fuesen accesibles de forma próxima para los consumidores y consumidoras? Si se trata de un único ente centralizador, ¿cómo se garantizarán los derechos lingüísticos de las personas consumidoras? Hay que pensar en los derechos lingüísticos, que también son derechos básicos para los ciudadanos y ciudadanas y, por lo tanto, también tienen que estar presentes en este caso.

Consideramos que es necesario asegurar la existencia de un procedimiento de reclamación público y gratuito, y que pueda ser en gallego, para la resolución de controversias, pero también que las reclamaciones presentadas exijan la revisión y/o inspección por parte de las Administraciones competentes en materia de consumo. Deben ser reguladas claramente las obligaciones de las empresas distribuidoras y comercializadoras en relación con la calidad del suministro, establecimiento de plazos para la resolución de solicitudes de alta, cambios de compañía o averías, o vías de mantenimiento de atención presencial, y distribuidas territorialmente para el fácil acceso de las personas consumidoras sin que se obligue a hacer colas interminables o llamadas a máquinas, la mayor parte de las veces sin respuesta o sin una respuesta positiva. Una vez que existan las obligaciones, en este sentido, las Administraciones podrán de oficio exigir su cumplimiento para asegurar el respeto de los derechos de los consumidores y usuarios. Los mecanismos de resolución de conflicto descargan la responsabilidad de forma individual en los consumidores; por lo tanto, debe existir un control público.

Pero más allá de esta cuestión en relación con la factura eléctrica de las personas consumidoras, el BNG seguirá reclamando algunos elementos que nos parecen esenciales: la simplificación de la factura, que se eliminen de esta todos los cargos y peajes que no tengan que ver con el consumo y que se rebaje el IVA de forma permanente a la luz y al resto de suministros básicos de los hogares al 4 %, como productos que son de primera necesidad. Acabamos de proponerlo en esa ley que se debatirá el jueves sobre el impuesto complementario a las multinacionales que, lamentablemente, no pudo ser votado porque fue vetado por el Gobierno, precisamente para evitar que los grupos políticos se pronunciasen al respecto. Además, es necesario modificar el sistema de determinación del precio de la energía eléctrica, el llamado pool, para asegurar un sistema justo que no facilite o permita el enriquecimiento obsceno y arbitrario de las eléctricas, como sucedió y sigue sucediendo. También hay que introducir la regulación de las tarifas diferenciadas que eximan, por lo menos, del pago de costes de transporte y peajes a aquellas comunidades productoras excedentarias de energía eléctrica, o que permitirían abaratar la factura y compensar, como mínimo, en parte los costes sociales, ambientales, patrimoniales y económicos que debemos asumir, por ejemplo, en el caso de Galicia, por albergar la mayoría de las instalaciones de producción eléctrica.

En definitiva, hay que garantizar, sí. En ese sentido, votaremos a favor de la toma en consideración al derecho de acceso a un sistema de resolución de conflictos para personas consumidoras, pero también presentaremos enmiendas para mejorar el texto e incorporar el resto de estas modificaciones necesarias de la Ley del Sector Eléctrico.

Muchas gracias.

Presidencia. Muchas gracias, señor Rego. Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra la señora Sagastizabal Unzetabarrenetxea por un tiempo de siete minutos. Cuando quiera.

Idoia (GV (EAJ-PNV)) Sagastizabal Unzetabarrenetxea

PNVDiputada.Página 9Vídeo

Gracias, presidenta. Arratsalde on. Hoy el Grupo Socialista nos trae una proposición de ley para obligar a detallar y armonizar la información que hay que incluir en las páginas web, contratos y facturas de electricidad y gas, en relación con la resolución alternativa de litigios en materia de consumo; en definitiva, una proposición de ley para proteger a las y los consumidores. Vamos a votar a favor, puesto que la proposición de ley es la propuesta literal de la modificación de la Ley del Sector Eléctrico y de la Ley de Hidrocarburos que realizó la CNMC, en un informe de noviembre de 2022 al respecto, al propio Ministerio para la Transición Ecológica; todo ello, como he dicho, para garantizar los derechos de las y los consumidores. El regulador europeo E-FER, en su conferencia anual sobre consumidores, destaca que para que la transición energética tenga éxito los consumidores tendrán que estar informados, apoyados y motivados a lo largo de esta transformación, para lo que es fundamental que los y las consumidoras estén suficientemente protegidos y protegidas y tengan un acceso sencillo a los mecanismos de resolución alternativa de litigios, no solo para cumplir con el principio de simplicidad, sino también para cumplir con el principio de protección al consumidor. En este sentido, tanto la Ley del Sector Eléctrico como la Ley de Hidrocarburos establecen para las y los consumidores la posibilidad de resolver sus litigios de consumo acudiendo a entidades de resolución alternativa de litigios que hayan sido acreditadas por la autoridad competente e incluidas en el listado nacional de entidades acreditadas.

Sin embargo, y a pesar de esta posibilidad, en el propio informe de la CNMC de 2022, que se ha mencionado, en el que se analizó precisamente el grado de cumplimiento de esta obligación por parte de las comercializadoras energéticas, se observa, por un lado, un aumento del número de comercializadores adheridos a entidades de resolución alternativa de litigios que cumplen con la Directiva 2013/11, de la Unión Europea, y, por otro lado, un mayor grado de información, aunque esta información acerca de este mecanismo que ofrecen a sus consumidores, desde luego, es desigual y no se da en todos los canales de difusión. Es decir, se constata que se ofrece información en las páginas web, en los contratos y en las facturas de las comercializadoras, y en algunos casos en otra información promocional, pero no en todos los casos con suficiente información para el consumidor, lo que supone, con carácter general, que el uso que se realiza, al menos en España, del sistema arbitral de consumo en el conjunto de sectores sea, desde luego, bastante reducido y, según la CNMC, suponga el 0,20 % de las reclamaciones resueltas desfavorablemente para el consumidor.

Además, podemos decir que el consumidor, en general, desconoce estas vías de reclamación. La CNMC señala la necesidad de que los comercializadores destaquen esta información en sus páginas web, en la información promocional y en sus contratos, dado que este mecanismo es una herramienta relevante que protege al consumidor y establece para ello una propuesta regulatoria al Ministerio para la Transición Ecológica, que, como ya he dicho, es la que hoy nos propone el Grupo Socialista.

Aldaketa hau kontsumitzaileen babesa hobetzea proposatzen dau, izan ere kontsumo arloko auzien ebazpen alternatiborako erakundeak, erderaz, ADR gisa ezagutzen diranak, justiziara iristeko bidea erraza, arina eta kostu txikikoa diralako. Beraz, alde bozkatuko dugu, iniziatiba honen alde bozkatuko dugu bezeroek elektrizidadia eta gas konpainiei erreklamatzea errazteko.

Eskerrik asko.

Este cambio es para proteger a los consumidores, porque todas las asociaciones de la ADR necesitan un camino para llegar a la justicia de forma rápida. Por tanto, vamos a votar a favor de esta iniciativa para que los clientes y clientas puedan hacer las reclamaciones de forma mucho más fácil a sus compañías de luz y gas.

Muchas gracias.

Presidencia. Muchas gracias, señora Sagastizabal. Por el Grupo Parlamentario Junts per Catalunya, tiene la palabra el señor Cruset Domènech por un tiempo de siete minutos.

Josep Maria Cruset Domènech

JuntsDiputado.Página 10Vídeo

Moltes gràcies, presidenta. Primer de tot, he de recordar-los que correspon a la Generalitat la competència exclusiva en matèria de consum, tal com recull l’article 123 de l’Estatut de Catalunya, i aquesta competència inclou la defensa dels drets dels consumidors i els usuaris i l’establiment i l’aplicació dels procediments administratius de queixa i reclamació, una competència que també inclou la regulació dels òrgans i els procediments de mediació en matèria de consum i la regulació de la informació en matèria de consumidors i usuaris. Així mateix, l’article 28 de l’Estatut empara els drets dels consumidors i dels usuaris i el seu dret a la protecció de la seva salut i seguretat, i també expressa que aquests, els usuaris, tenen dret a una informació veraç i entenedora sobre les característiques i els preus dels productes i dels serveis, a un règim de garanties dels productes adquirits i dels subministraments contractats i a la protecció de llurs interessos econòmics davant de conductes abusives, negligents o fraudulentes.

Però, anant més enllà, en l’article 49 s’indica que els poders públics han de garantir l’existència d’instruments de mediació i d’arbitratge en matèria de consum, n’han de promoure el coneixement i la utilització i han de donar suport a les organitzacions de consumidors i usuaris. Per tant, un cop més ens trobem davant d’una proposta, la seva, per modificar una llei estatal referent i ocupant una competència exclusiva de Catalunya. I nosaltres, per tant, un cop més defensarem les competències de Catalunya i plantarem cara davant dels continuats intents d’ingerència i de supeditar-nos. Plantar cara, que vol dir la presentació d’una esmena a la totalitat a aquesta proposició de llei per protegir la invasió competencial que s’està pretenent portar a terme, una esmena a la totalitat que, a més a més, com ja ho hem vist en altres ocasions, no la aixecarem si no hi ha acord en matèria competencial.

Dit això, ens sobta que no fos fins a l’any 2017, quatre anys després de la directiva europea relativa a la resolució alternativa de litigis en matèria de consum, que la legislació espanyola no la incorporés en el seu ordenament jurídic. Curiosament, en aquella transposició, a l’exposició de motius —e‌ n aquella—, el legislador espanyol va manifestar que és important destacar que aquesta llei —‌aquella— no regula ni desenvolupa procediments de resolució alternativa de litigis, sinó que es limita a establir els requisits que busquen l’harmonització de la qualitat de les entitats de resolució alternativa a què poden recórrer els consumidors i els empresaris per a la solució dels seus litigis. Set anys després d’aquesta transposició i onze anys després des de que el Parlament Europeu dictés la directiva, avui vostès venen aquí i expressen de nou que els darrers informes de supervisió del procés de resolució alternativa de litigis entre comercialitzadors i consumidors publicats per la Comissió Nacional del Mercat i de la Competència resulta que assenyalen la necessitat d’introduir modificacions legislatives que determinin l’obligació d’informació prevista a la normativa sectorial. En poques paraules, onze anys després, les empreses elèctriques i les gasístiques —‌les empreses elèctriques i les gasístiques— no sembla pas que s’hagin aplicat el que la legislació de l’any 2013 requereix, i als successius governs de l’Estat, en lloc de fer la seva feina i forçar l’aplicació de la llei, únicament se’ls hi acudeix legislar de nou que han de complir la legislació.

Què els fa suposar, doncs, ara que, si fins ara no han donat compliment a la llei, a partir d’avui ho faran, quan, a més a més, els canvis que es proposen en aquesta proposició són canvis mínims, irrisoris, que no impacten directament en allò que es podria canviar? Com és possible que no aprofitin aquesta oportunitat per regular els procediments de resolució alternativa de litigis que sí que serien d’utilitat per als usuaris? Doncs la resposta és ben fàcil: com és habitual, en lloc de treballar, en lloc de fer la feina, en lloc d’impulsar solucions a la problemàtica dels ciutadans, tornen a venir aquí amb una operació de maquillatge de la realitat, amb més burocràcia, això sí —i‌ que tots, a més a més, sabem que no funcionarà—, amb més burocràcia i sense cap mena de garantia que aquesta proposta funcionarà. Així que facin els deures que hagin de fer per donar compliment a les directives europees i per garantir els drets dels usuaris i consumidors i deixin-se d’operacions de maquillatge. Deixin en pau les competències que són exclusives de Catalunya i deixin que siguem els catalans els que establim en base al nostre Estatut com protegir els consumidors i fer valer els seus drets. Perquè, com passa sempre, també en matèria de consum i segurament de manera més exagerada encara en matèria de consum, és més fàcil i més eficaç donar respostes a la necessitat de la gent des de la curta distància en lloc de des de més de cinc-cents quilòmetres. En resum, o respecte a les competències o esmena a la totalitat. Així de fàcil.

Moltíssimes gràcies.

Muchas gracias, presidenta. Antes que nada, debo recordarles que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de consumo, como recoge el artículo 123 del estatut de Catalunya, y esta competencia incluye la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios y el establecimiento y aplicación de los procedimientos administrativos de quejas y reclamaciones, una competencia que también incluye la regulación de los órganos y los procedimientos de mediación en materia de consumo y la regulación de la información en materia de consumidores y usuarios. Asimismo, el artículo 28 del estatuto ampara los derechos de los consumidores y usuarios y su derecho a la protección de su salud y seguridad, y también expresa que estos, los usuarios, tienen derecho a una información veraz y entendedora sobre las características y los precios de los productos y los servicios, a un régimen de garantía de los productos adquiridos y de los suministros contratados y a la protección de sus intereses económicos ante conductas abusivas, negligentes o fraudulentas. Yendo más allá, en el artículo 49 se indica que los poderes públicos deben garantizar la existencia de instrumentos de mediación y arbitraje en materia de consumo, deben promover el conocimiento y la utilización y deben apoyar a las organizaciones de consumidores y usuarios. Así pues, una vez más nos encontramos ante una propuesta, la suya, para modificar una ley estatal referente y ocupando una competencia exclusiva de Cataluña. Nosotros, por lo tanto, una vez más, defenderemos las competencias de Cataluña y plantaremos cara ante los continuos intentos de injerencia y de supeditarnos. Y plantar cara quiere decir la presentación de una enmienda a la totalidad a esta proposición de ley para proteger la invasión competencial que se está intentando llevar a cabo, una enmienda a la totalidad que, además, como se ha visto ya en anteriores ocasiones, no levantaremos si no hay acuerdo en materia competencial. Dicho esto, nos sorprende que no fuera hasta 2017, cuatro años después de la directiva europea relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, que la legislación española no la incorporara en su ordenamiento jurídico. Curiosamente, en esa trasposición a la exposición de motivos ―en esa―, el legislador español manifestó que es importante destacar que esta ley ―aquella― no regula ni desarrolla procedimientos de resolución alternativa de litigios, sino que se limita a establecer los requisitos que buscan la armonización de las entidades de resolución alternativa a que pueden recurrir los consumidores y empresarios para la resolución de sus litigios. Siete años después de esa trasposición y once años después de que el Parlamento Europeo dictara la directiva, hoy ustedes vienen aquí y expresan de nuevo que los últimos informes de supervisión del proceso de resolución alternativa de litigios entre comercializadores y consumidores, publicados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, señalan la necesidad de introducir modificaciones legislativas que determinen la obligación de información prevista en la normativa sectorial. En pocas palabras, once años después, las empresas eléctricas y las gasísticas no parece para nada que se hayan aplicado lo que la legislación del año 2013 requería y a los sucesivos Gobiernos del Estado, en vez de hacer su trabajo y forzar la aplicación de la ley, únicamente se les ocurre legislar de nuevo que tienen que cumplir la legislación.

¿Qué les hace suponer, pues, que, si hasta ahora no han cumplido con la ley, a partir de hoy lo van a hacer, cuando además los cambios que se proponen en esta proposición son cambios mínimos, irrisorios, que no afectan directamente a aquello que podría cambiarse? ¿Cómo es posible que no aprovechen esta oportunidad para regular los procedimientos de resolución alternativa de litigios que sí serían de utilidad para los usuarios? Pues la respuesta es muy sencilla. Como es habitual, en vez de trabajar, en vez de hacer el trabajo y de impulsar soluciones a la problemática de los ciudadanos, vuelven a venir aquí con una operación de maquillaje de la realidad, con más burocracia, eso sí, que todos además sabemos que no funcionará, con más burocracia y sin ningún tipo de garantía de que esta propuesta vaya a funcionar. Así que hagan los deberes que tengan que hacer para dar cumplimiento a las directivas europeas y para garantizar los derechos de los usuarios y consumidores y déjense de operaciones de maquillaje. Dejen en paz las competencias que son exclusivas de Cataluña y dejen que seamos los catalanes quienes establezcamos, sobre la base de nuestro estatuto, cómo proteger a los consumidores y cómo hacer valer sus derechos, porque como sucede siempre, también en materia de consumo y posiblemente de forma más exagerada aún en materia de consumo, es más sencillo y más eficaz dar respuesta a la necesidad de la gente desde la corta distancia en vez de desde más de 500 kilómetros. En resumen, respeto a las competencias o una enmienda a la totalidad. Así de fácil.

Muchísimas gracias.

Presidencia. Moltes gràcies, señor Cruset. Por el Grupo Plurinacional SUMAR, tiene la palabra el señor Alonso Cantorné por un tiempo de siete minutos.

Fèlix Alonso Cantorné

Grupo SumarDiputado.Página 12Vídeo

Gracias, presidenta. Solamente los tontos que siguen con la tarifa regulada pagan un precio más elevado. ¿Lo recuerdan todos ustedes? Es una frase ―muy distentida, por cierto― que dijo el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán. Cerca de 11 millones de consumidores en España están acogidos a la tarifa regulada, 11 millones de tontos, entre ellos yo. A todas sus señorías, al igual que al resto de los españoles, una llamada telefónica nos ha violentado durante la mejor de las siestas de verano, en una etapa llana del tour. ¿Qué querrán? Muy sencillo: jugar con las palabras y el desconocimiento entre lo que es la distribuidora y la comercializadora de gas y electricidad. No tienen que cambiar, nos dicen, le ofrecemos un mejor contrato en el que usted pagará menos. Normalmente se conforman con que cambies de comercializadora por otra de la competencia y otras muchas veces la estafa es ofrecer algo imposible de materializar, porque está por debajo del precio real de coste. Cuando te llega el contrato y el primer recibo, si lo miras, que la gran mayoría de la gente no lo mira, el sobresalto es mayúsculo, no tiene nada que ver con la conversación telefónica registrada. Los consumidores más expertos, los pocos que saben orientarse en el complejo mapa de la Administración pública, llevan su reclamación a la Administración de consumo autonómica. Empresas multinacionales conocidas por todos nosotros participan en las juntas arbitrales de Consumo. Allí diferentes árbitros analizan la reclamación y exigen a la compañía la transcripción de la conversación telefónica. Curiosamente, esta nunca aparece. Caso resuelto, el consumidor tiene razón y se le compensa. Un apunte. Las empresas matrices están adheridas a las juntas arbitrales, pero sus filiales low cost no. En esas, al consumidor engañado le toca presentar denuncia judicial. Si la Administración de consumo autonómica es proactiva y va más allá, interroga directamente a la empresa. La respuesta siempre es la misma: un comercial que trabaja para una subcontrata se ha excedido. Si se les recuerda que no es la primera vez que pasa, la respuesta es categórica: ya hemos rescindido el contrato con esa empresa que dañaba nuestra reputación comercial. Ese era el modus operandi que utilizaban las empresas cuando el precio de la luz ocupaba la portada de los medios de comunicación y, por tanto, como sabemos por otros temas, se convertía en una preocupación de los ciudadanos.

Recientemente, hemos vuelto a ver el mismo método para que la gente contratara una alarma para que, supuestamente, no le okuparan su casa. En España, en 2022 se produjeron 17 000 denuncias, de las que solo un 5 % fueron ocupaciones ilegales, es decir, 850 okupaciones de viviendas de primera y segunda residencia en toda España. Gracias a la derecha, a la publicidad de los medios de comunicación y a la alarma creada, hoy muchos de esos 26 millones de viviendas que hay en España tienen instalada una alarma en su vivienda. Negocio redondo.

Volviendo a la luz y al gas, el grupo de izquierdas Plurinacional SUMAR no está solo. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la CNMC, también denuncia que las comercializadoras no son transparentes, ni antes ni después ni durante la contratación, y que incurren en prácticas engañosas. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha propuesto poner fin a las llamadas fraudulentas y la contratación telefónica solo será posible si llama el propio cliente o si le llaman tras solicitarlo explícitamente. Pero cuando este tipo de fraudes se solucionen, aparecerán nuevos. ¿Y para qué el ADR? En ciertos ámbitos, como el laboral, ya existe la conciliación obligatoria. Ampliar este enfoque a otros tipos de procedimientos ayudará a resolver muchos conflictos de manera más rápida y económica. La implementación del ADR como paso obligatorio antes de litigar aliviará la carga de trabajo de los tribunales de España. Hemos de trabajar para dar a conocer el ADR, al igual que las juntas arbitrales de Consumo. De igual forma, hemos de estar vigilantes para que estas fórmulas avanzadas de resolución de conflictos entre empresas y consumidores no se conviertan en un servicio de atención al cliente y de reclamaciones de las grandes multinacionales a cargo de los fondos públicos de la Administración. Por eso, las Administraciones de consumo y la CNMC, una vez que se haya constituido el ADR, no pueden olvidarse del problema e igual que ellos utilizan la inteligencia artificial para enchufarnos sus productos, las Administraciones deben utilizar las mismas herramientas para seguir aquellas prácticas que no son errores, sino políticas de empresa que buscan de forma reiterada el beneficio extraordinario con el abuso hacia los consumidores y sancionar; naturalmente, sancionar.

Estas empresas a las que hoy queremos ayudar para resolver de forma rápida y satisfactoria sus conflictos con los consumidores son las mismas que quieren escaquearse de pagar impuestos. Sus señorías saben que soy diputado de los Comunes, de los Comuns per Tarragona. Repsol, que opera en el complejo petroquímico, es la empresa más contaminante de España, con el 62 % de las emisiones de todo el IBEX 35. En el Camp de Tarragona destacan las emisiones de compuestos orgánicos volátiles. Muchos de estos contaminantes no son analizados y sobre algunos compuestos ni siquiera existe regulación ni control. Apoyado por los grupos lobistas de esta Cámara y medios de comunicación que reciben importantes inyecciones publicitarias, Repsol utiliza el chantaje fiscal para seguir pagando menos de un 3 % en el impuesto sobre sociedades, frente al 18 % de las pymes. Se trata de un chantaje falso ―un chantaje falso―, pues estas empresas tienen que reconvertir sus contaminantes refinerías si no quieren pagar grandes multas aquí y en Portugal. De momento, la acción de las manadas lobistas y la prensa parece que soplan a favor de las chimeneas en lugar de a favor de la ciudadanía.

Señorías, si queremos que el pueblo, con sus impuestos, y la acción de los servicios públicos siga salvando al pueblo, constituyamos el ADR, sí, pero no nos olvidemos de hacer pagar a aquellos que más beneficio obtienen de sus malos humos y del abuso a los consumidores.

Muchas gracias. (Aplausos).

Presidencia. Muchas gracias, señor Alonso. Por el Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra el señor Fernández Ríos por un tiempo de siete minutos. (Aplausos).

Tomás Fernández Ríos

VoxDiputado.Página 13Vídeo

Buenas tardes. Señorías, ¿ven esto que tengo aquí? (Muestra dos folios). ¿Lo ven? Pues no, no es mi lista de la compra ni el trabajo del colegio de mi hija de este fin de semana, no. Esto ―dos hojas― es la proposición de ley que estamos debatiendo hoy; esto, folio y medio. ¿De verdad, señores socialistas, no les da vergüenza? Una proposición de ley que, además, no tiene ningún sentido. Les voy a recordar que actualmente se está debatiendo el Proyecto de ley por la que se regulan los servicios de atención a la clientela y esta proposición de ley, esta nimiedad que ustedes traen hoy aquí no es más que lo que debería ser una enmienda, un añadido a ese proyecto de ley, en concreto a la mediación en los contratos de electricidad o hidrocarburos. Pero ustedes no, ustedes no pueden presentar una enmienda, ustedes no pueden mejorar esa ley; ustedes traen a esta Cámara esta simpleza de proposición de ley. ¿Y saben el motivo real? Pues que su única intención es hacer teatro, el paripé de que aquí, en esta Cámara y en esta legislatura, se está legislando algo, cuando la realidad es que tenemos una legislatura bloqueada para cualquier asunto importante, como se demostró ayer en la Comisión de Hacienda. Porque este Gobierno Frankenstein que lideran ustedes, que solo busca decretar amnistías o dar sin medida cada vez más dinero y privilegios a sus socios separatistas y golpistas, en ningún caso sirve para mejorar la vida de los españoles. Eso, ténganlo muy claro, no les interesa. Eso sí, llenan el Diario de Sesiones de decretos leyes y de proposiciones de ley absurdas, absolutamente irrelevantes, cuando no malintencionadas, con el único resultado de hacernos perder a todos el tiempo y, lo que es más grave, para gastar más dinero de los contribuyentes y volver cada vez más locos a los ciudadanos con toda esta paranoia de normativa inútil que ha llegado a un punto que ya es absolutamente imposible de cumplir. (Aplausos). Porque, ¿saben ustedes cuántas leyes y normas tenemos en España en estos momentos, la mayoría tan ineficaces y ridículas como esta? Pues en torno a trescientas mil. Solo les voy a poner un ejemplo, para que se hagan una idea los ciudadanos que me estén escuchando. El año pasado, en 2023, un año en el que para alivio de los ciudadanos se paró la legislatura durante cinco meses por la disolución de las Cámaras y la convocatoria de elecciones, el año pasado ―insisto―, en medio año se aprobaron 683 normas estatales. En ese mismo período, 2023, los distintos boletines oficiales publicaron más de 1,2 millones de páginas, o sea, que una persona que quisiera más o menos leer o estar al tanto de lo que se ha legislado tendría que leer unas 3500 páginas al día. Da para escribir 850 Quijotes. (Aplausos).

Pero esto que parece una broma, no tiene nada de broma; todo lo contrario, es un auténtico drama para un país como el nuestro, porque este ansia de intervencionismo que tienen ustedes en todo no solo genera un entorno de incertidumbre y desconcierto constante en la ciudadanía, que ya no sabe a qué atenerse, sino que además afecta muy negativamente a la competitividad de nuestras empresas, limitando de manera importante su capacidad para innovar, para crecer o, lo que es lo mismo, para crear riqueza. Y se lo digo muy claro: nosotros, VOX, vamos a gobernar, no tengan la más mínima duda. (Aplausos). Y cuando gobernemos, a diferencia de ustedes, por cada ley que aprobemos, derogaremos tres; por cada ley nueva, tres fuera. Tres por una, recuérdenlo. Porque lo que necesitan los consumidores son normas sencillas, claras, fáciles de entender y que se cumplan, sobre todo que se cumplan por las personas que las dictan, y no esta vorágine de normativas europeas, estatales, autonómicas, provinciales y locales, que son una auténtica locura y que solo tienen la intención de mantener esta gigantesca y esperpéntica estructura del Estado que, cuando llega el momento en el que los ciudadanos realmente la necesitan, no vale absolutamente para nada, como desgraciadamente hemos visto hace unos pocos días, demostrando el Estado fallido que han creado ustedes, unos (señalando los escaños del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso) y otros (señalando los escaños del Grupo Parlamentario Socialista).

Aquí tenemos de nuevo, como digo, un ejemplo más de todo esto, otra vuelta de tuerca a la burocracia, al intervencionismo con el que, insisto, están ustedes obsesionados. En este caso, además, no es más que un parche superficial, deficiente y vacío de contenido real, que no aporta ninguna mejora significativa para los consumidores, que no resuelve los problemas reales que padecen los ciudadanos y que, lejos de proteger sus derechos, los pone en peligro. Porque el consumidor, señores ‘socialistos’, no necesita más leyes; el consumidor lo que necesita es competencia real y precios justos (aplausos), pero eso precisa algo que ustedes no comprenden. Eso exige liberar los mercados, reducir los impuestos que encarecen las facturas y garantizar que los consumidores puedan recurrir a una justicia sin trabas ni imposiciones. A ustedes se les llena la boca con que buscan proteger a los consumidores. ¡Qué cinismo! Ustedes protegen a los consumidores como un pirómano protege un bosque. Su gasolina y su cerilla son los impuestos confiscatorios. ¿Cómo puede ser que la recaudación por IRPF ―el IRPF, que es el impuesto que realmente sufren las rentas bajas y las rentas medias― se haya incrementado en cinco años un 45 %? Se ha recaudado un 45 % más en cinco años. Son ustedes unos auténticos bandoleros. (Rumores).

Si ustedes quieren de verdad proteger a los consumidores, que somos todos, lo mejor que pueden hacer por ellos es no continuar con esta agonía de legislatura. Déjense ustedes de tanta proposición inútil, que no vale para nada, y disuelvan esta Cámara, que con este Gobierno y con los socios que tienen no tiene ningún sentido y solo sirve para dañar cada día más la libertad y la igualdad junto con la seguridad de los españoles. Se lo repito: convoquen elecciones ya y dejen de hacer perder el tiempo a esta Cámara y, sobre todo, de volver locos a los ciudadanos. Márchense y dejen que seamos nosotros (risas) los que arreglemos este desastre en el que nos están sumiendo, porque se lo vuelvo a repetir, y lo van a ver muy pronto. Si no, fíjense en lo que está pasando en el mundo. Se lo repito: fíjense en lo que está pasando en el mundo. (Rumores). Sí, lo que está pasando con las ideas que algunos defendemos. Es la hora. Se acerca el momento y llega el momento de que un partido como VOX, de verdad, gobierne y solucione los problemas de este país.

Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).

Presidencia. Muchas gracias, señor Fernández. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Mariscal Anaya. Cuando quiera.

Guillermo Mariscal Anaya

PPDiputado.Página 15Vídeo

Gracias, presidenta. Nosotros también estamos de acuerdo con que hay que ampliar los mecanismos de arbitrio para rehuir de los juzgados a la hora de resolver conflictos que tienen que ver con la factura eléctrico-gasista, por supuesto que sí, pero ¿por qué una proposición de ley y no una enmienda en un texto que esté incurso en la Cámara? ¿Por qué quiere una proposición de ley y no una iniciativa que esté ya vigente? Porque no tienen prisa, porque esto es mentira. Es falso que tengan prisa en que esto se apruebe. Podrían haberlo incluido en cualquier enmienda ―una enmienda intrusa― en cualquier texto que estuviese vigente y no lo han hecho. Y como esto no es urgente y estamos de acuerdo, hablemos entonces del contenido de la factura. Hablemos de la responsable de la política energética en nuestro país, que eso sí es importante, de aquella que nos ha llevado a la situación en la que estamos actualmente, la que lleva catorce semanas desaparecida del Congreso, sin agenda desde el 28 de agosto y sin tomar ninguna decisión de política energética desde el mes de abril, cuando fue designada no candidata al Parlamento Europeo. Esa inacción en política energética es lo único que le podemos agradecer a la señora Ribera, porque la energía eléctrica que hoy estamos consumiendo, que hoy ilumina esta casa, que tienen en su casa los españoles o que es el instrumento para la competitividad de muchas industrias, es hoy la segunda más cara de todo 2024. Hoy, porque la más cara fue ayer. E imagino que esto tiene que ver con la responsabilidad de la ministra de Energía también. (Aplausos). Desde que ella fue nominada candidata al Parlamento Europeo, en abril de 2024, hasta el mes de noviembre ―escuchen bien―, el precio de la energía ha subido un 273 %. De abril a noviembre. Algo tendrá que ver con la política energética, ¿o no? Ustedes se han negado reiteradamente a implementar el IVA reducido en la energía eléctrica y en la factura del gas también. Se han negado reiteradamente, a pesar de que han incrementado en un 30 % los ingresos desde que Sánchez es presidente del Gobierno. Les hemos pedido que saquen de la factura aquellos asuntos que no tengan que ver con la política energética, como, por ejemplo, el déficit de tarifa. Solo en el año 2024 vamos a pagar por los errores de política energética del señor Zapatero 2371 millones de euros. Si nos hubiesen hecho caso y en 2022, en 2023 y en 2024 ese déficit lo hubiésemos incluido en los presupuestos generales del Estado, hubiéramos disminuido la factura eléctrica a los españoles en 7000 millones de euros. Les veo y recuerdo cómo recientemente hablaban ustedes mucho de vulnerabilidad, de problemas de las familias más desfavorecidas. Llevan sin publicar un informe al respecto desde el año 2022, pero hay un informe que ha publicado la Universidad de Comillas que dice que hay ocho millones ―ocho millones― de familias que tienen una temperatura inadecuada en sus hogares y que hay 3 200 000 hogares que viven en situación de pobreza energética. Ante eso, imagino que también tendrá algo que decir la señora Ribera. (Aplausos). ¿Qué ocurre con la industria, la industria electrointensiva, aquella que utiliza energía eléctrica para el desarrollo y la elaboración de sus productos y que emplea en España a 2 900 000 personas? ¿Qué pasa con ella? Ustedes podrían perfectamente destinar el 25 % de los ingresos de CO2 procedentes de las subastas a favorecer a esas empresas y, por lo tanto, destinar 896 millones de euros, pero no lo hacen. Han presupuestado 300, cuando la energía eléctrica para esta industria es dos veces ―dos veces― más cara que en Alemania y tres veces más cara que en Francia. Por tanto, procurando que no sean homogéneas y que compitan en desigualdad de condiciones. Además, esta vicepresidenta, esta ministra, contraria a la neutralidad tecnológica, ha implementado un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima que es especulativo, irrealizable y propagandístico. Pongo un ejemplo. El PNIEC dice que en 2030 tiene que haber en España 5,5 millones de vehículos eléctricos. Hoy en día hay matriculados cuatrocientos. Es decir, ellos están en un sitio y la realidad en otro. Hay un colapso absoluto en el desarrollo de la energía renovable; por ejemplo, en Canarias, con lo que está ocurriendo con la energía eólica offshore, donde una inversión de 1000 millones de euros está paralizada porque son incapaces de desarrollarla y de con ello abaratar la factura eléctrica no solo de los canarios, sino de todos los españoles. ¿Saben ustedes cuánto ha disminuido la inversión extranjera en España por cosas como esta, por cuestiones como esta, desde que Sánchez es presidente del Gobierno? Un 55 % en valores nominales y un 67 % si descontamos la inflación. Eso también es política energética.

La ministra Ribera nos ha llevado a aumentar la dependencia del gas de forma galopante, sin desarrollar ni el biometano ni el almacenamiento hidráulico ni el almacenamiento eléctrico. Añadido esto al conflicto con Argelia, nuestro principal proveedor, y teniendo en cuenta además que aplicó la famosa excepción ibérica, incrementó el consumo solo en el año 2022 de gas para fabricar energía eléctrica un 57 %. Solo en 2022. Eso quiere decir problemas con el primer proveedor, más consumo y que tenemos que buscar un segundo proveedor y es cuando aparece Rusia, que en el año 2018 prácticamente no existía como proveedor de gas para España, pero que hoy ocupa el segundo lugar, con más de un 20 %. Le voy a dar algunos datos, porque los datos se comprueban; es mejor que estar comentándolos. En el año 2022, año de inicio de la invasión de Ucrania, España compró 3520 millones de euros de gas ruso; en 2023, 2800 millones de euros, y en lo que llevamos de 2024, 1600 millones. En total, las empresas españolas, derivado de la política energética propulsada por Teresa Ribera, han gastado más 8000 millones de euros en gas ruso.

Por último, lo que más le interesa a la señora Ribera: la energía nuclear. Ha decidido que hay que apagar todas las centrales nucleares que hay en España, los siete equipos. ¿Pero qué alternativa da? Ninguna. Por tanto, una energía que no emite CO2, estable, que garantiza la estabilidad del sistema eléctrico español y que funciona veinticuatro horas los siete días de la semana, la vamos a parar en España. Pero ¡ha llegado el milagro de Bruselas! Es decir, en Madrid decimos una cosa y en Bruselas decimos la otra. Pobres de Pirineos para abajo y ricos hacia arriba. ¿Eso es lo que la señora Ribera quiere para los españoles? (Aplausos). ¿Cuál es la razón para argumentar que es necesario el cierre nuclear en España y en el resto de Europa no? Escúchenme bien, somos el único país del mundo con equipos nucleares en funcionamiento que ha decidido que no haya continuidad o alargamiento de la vida útil. El único del mundo. ¿Cuál es la razón? ¿Dónde miente la señora Ribera, en Madrid o en Bruselas?

Señorías, quiero destacar que esta política energética que la señora Ribera ha venido defendiendo nos ha hecho más vulnerables, más pobres y menos competitivos; ha aumentado la incertidumbre hacia nuestro país y ha reducido nuestra autonomía estratégica y nuestra seguridad energética. Básicamente, se ha basado en una política energética en la que no ha habido nunca evaluación de impacto económico ni social de las medidas, porque nunca se ha dialogado con los actores más relevantes y porque se ha abandonado la neutralidad tecnológica.

Señorías, España merece una política energética coherente, competitiva y realista, que ponga la economía en la senda de la prosperidad y garantice un futuro sostenible para todos.

Muchas gracias. (Aplausos).

Presidencia. Muchas gracias, señor Mariscal. —  DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE, GENERAL PENITENCIARIA, PARA EL RECONOCIMIENTO DEL CARÁCTER DE AGENTES DE LA AUTORIDAD A LOS FUNCIONARIOS DE CUERPOS PENITENCIARIOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. (Número de expediente 122/000081).

Presidencia. Continuamos con el punto del orden del día relativo a la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Popular, orgánica de modificación de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, para el reconocimiento del carácter de agentes de la autoridad a los funcionarios de cuerpos penitenciarios en el ejercicio de sus funciones. Para la presentación de la iniciativa, tiene la palabra la señora De Luna Tobarra por un tiempo de doce minutos. Cuando quiera.