Ignacio Hoces Íñiguez
Muchas gracias, señora presidenta. Buenas tardes, señorías. (El señor vicepresidente, Rodríguez Gómez de Celis, ocupa la Presidencia). El Grupo Parlamentario VOX planteamos una proposición de ley orgánica para modificar el Código Civil y así robustecer e incrementar las condiciones y requisitos para acceder a la nacionalidad española y también para modificar el Código Civil y el Código Penal para establecer una serie de causas para perder la nacionalidad española de todos aquellos extranjeros que hayan sido nacionalizados españoles. En efecto, en VOX entendemos que es un alto honor ser español, que conceder la nacionalidad a los extranjeros es un asunto crucial para la nación, y por eso traigo al recuerdo de esta Cámara el pasaje de Cervantes en La gran sultana, cuando escribió aquello de: «Yo sé quién soy». «¡Español sois, sin duda! Y lo soy, lo he sido y lo seré mientras que viva, incluso después de muerto ochenta siglos». (Aplausos). Sí, señorías, nos sentimos muy orgullosos de España, orgullosos de ser españoles y también de que el pueblo español fuera el protagonista de la mayor gesta civilizadora y también de hermandad de toda la historia de la humanidad. Decía el insigne jurista Federico de Castro que la nacionalidad es la cualidad personal de pertenecer a la comunidad nacional organizada en forma de Estado, pero el concepto de nacionalidad es muchísimo más que un simple concepto jurídico, es un concepto político, sociológico y también moral en cuanto que te identifica con el soberano allí donde existe soberanía nacional y también te identifica con una patria, con una nación, con unos valores, con una historia y con una tradición. (Aplausos). Por eso es lógico, señorías, que Aristóteles en su Política dijera que la ciudadanía te identificaba con una comunidad política o polis, o que Horacio dijera aquello de dulce et decorum est pro patria mori. Es el artículo 11 de nuestro texto constitucional en el que se dice que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. En el apartado 2 de este mismo artículo 11 se dice que ningún español de origen podrá ser privado de la nacionalidad, y en el apartado 3 se dice que el Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con todos aquellos con los que haya tenido España una especial vinculación. Señorías, también el artículo 141.2 del texto constitucional señala que es competencia exclusiva del Estado la nacionalidad, la inmigración, la emigración, la extranjería y el derecho al asilo; y, además, también sabemos que la incorporación de España a la Unión Europea no ha variado en esta competencia del Estado absolutamente nada, como ha dejado claro la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 2 de marzo del año 2010.
En el año 2023, España concedió la nacionalidad por residencia a 243 481 personas —repito: 243 481 personas—, que, de acuerdo con la legislación vigente, ya son todas ellas españolas. No sé si saben sus señorías que solo hay quince capitales de provincia en España de las cincuenta y dos, incluyendo a Ceuta y Melilla, que tienen más población que esas 243 481 personas. De esas, sabemos que más de 54 000 eran marroquíes, 2500 de Argelia, 2500 de Nigeria y 600 de Mauritania. Sí, señorías, de Mauritania, del Estado de Mauritania, con el que el presidente del Gobierno acaba de llegar a un acuerdo para traer a más de 250 000 inmigrantes. Yo no sé si saben sus señorías del Grupo Socialista que, en Mauritania, en la República Islámica de Mauritania, el 70 % de las niñas y mujeres sufren la ablación, es decir, la mutilación genital femenina. Esa es la cultura feminista que quiere importar a España el presidente del Gobierno (aplausos), y ninguno de ustedes, señorías del Grupo Socialista, dice nada al presidente del Gobierno, como tampoco le dicen nada del pozo de corrupción en el que han vuelto a convertir su partido.
Permítanme un ejemplo, señorías. Todos los años se hacen españoles entre 50 000 y 55 000 marroquíes. Pues de acuerdo con la legislación de Marruecos, que esos marroquíes renuncien a la nacionalidad marroquí ante autoridades españolas, tal y como exige el artículo 23 del Código Civil, no tiene ningún reflejo para Marruecos, no sirve. Por tanto, hay un verdadero fraude de ley. Además, España no reconoce el tratado de doble nacionalidad con Marruecos y ese fraude de ley hay que denunciarlo, de ahí nuestra proposición de ley. Por tanto, es normal que la inmensa mayoría de los españoles se planteen si esas personas van a ser leales a España o a Marruecos, a Felipe VI o a Mohamed VI. Señorías del Grupo Socialista, pero también del Grupo Popular, este fraude de ley existía cuando ustedes gobernaban y tampoco le pusieron remedio.
No veo al señor Sémper, que ahora le quería dedicar unas palabras, toda vez que él pronunció unas palabras que política y moralmente son inaceptables. Dijo ―hoy debe ser que no se acuerda―: El Futuro del País Vasco hay que construirlo con Bildu. Menuda insensatez y menudo atropello también a todas las víctimas del terrorismo. (Aplausos).
La nacionalidad española, señorías, no se puede regalar; no se puede mercadear con la soberanía del pueblo español y no nos podemos permitir hacer españoles a los que no tengamos la absoluta seguridad de que van a ser leales y solidarios con España y con el conjunto de los españoles, es decir, que van a cumplir con todos sus deberes y con todas sus obligaciones como españoles. En España, señorías, hay más de setecientas mil personas en situación de ilegalidad, esas que quiere regularizar la izquierda, y, de esas, medio millón de personas que también quiere regularizar el Partido Popular; tenemos seis millones y medio de extranjeros, de los que sabemos que más de tres millones tienen permiso de residencia en régimen de extranjería. Pero todos los españoles nos hemos dado cuenta de por qué ustedes quieren regularizar a ese medio millón o a esos setecientos mil inmigrantes ilegales: básicamente porque ustedes quieren que empiecen a computar los plazos para que luego puedan adquirir la nacionalidad y que todos aquellos extranjeros que se han nacionalizado españoles puedan votar. Ustedes quieren intercambiar el DNI por un voto, y eso es también un verdadero fraude que nosotros venimos a denunciar aquí. (Aplausos).
Parece lógico y evidente, señorías, que una nación establezca para conceder la nacionalidad española una serie de requisitos que acrediten y justifiquen de forma clara, evidente y sin fisuras la plena adaptación de esos extranjeros a nuestra realidad política, a nuestra identidad, que conozcan nuestra historia, nuestras costumbres y, por supuesto, que cumplan nuestras normas cívicas. Por eso no queremos que pueda adquirir la nacionalidad española ningún extranjero que tenga antecedentes penales en su país de origen o en España. Es más, queremos que se expulse a cualquier extranjero que cometa un delito en España, aunque todavía no sea español, evidentemente. Eso es básicamente lo que nosotros traemos en esta proposición de ley.
En fin, es el Código Civil la norma que nosotros proponemos modificar para adquirir la nacionalidad española. En primer lugar, queremos que se modifique el Código Civil para la adquisición de la nacionalidad española en lo que se refiere a la carta de naturaleza, es decir, cuando la nacionalidad la entrega el
Gobierno mediante real decreto a quien le da la gana. Nosotros queremos que esto deje de ser así y que básicamente se tenga que motivar de acuerdo con un interés público, previo informe del Consejo de Estado como órgano consultivo del Gobierno, y siempre y cuando, por supuesto, esa persona que solicita la nacionalidad española no haya cometido delito alguno en España ni tampoco tenga antecedentes penales en su país de origen.
Pero el mayor cambio legislativo lo queremos en el modo de adquirir la nacionalidad española mediante residencia, es decir, cuando se otorga mediante la residencia legal y continuada inmediatamente anterior a la solicitud de adquirir la nacionalidad. Y lo que nosotros proponemos aquí, en primer lugar, es que el plazo de residencia legal y continuada pase de diez a quince años con carácter general, y lo dejamos exactamente igual en el resto de casos, es decir, para las personas de países iberoamericanos, Andorra, Guinea Ecuatorial, Portugal, Filipinas y también los sefardíes originarios de España.
También consideramos que es evidente la necesidad de estar en posesión de un certificado oficial de conocimiento de la lengua española. Señorías, estamos otorgando la nacionalidad española a personas que no hablan correctamente el español; al igual que también se la estamos concediendo a personas que no conocen nuestra historia, nuestra cultura, nuestras costumbres y tradiciones, ni tampoco, por supuesto, el ordenamiento jurídico. Por eso esto tiene que cambiar. Y evidentemente también necesitamos que se acredite fehacientemente la renuncia de su anterior nacionalidad, es decir, el adquiriente debe presentar documento público expedido por las autoridades de su país de origen que acredite la renuncia a esa nacionalidad, y así nos evitaremos el problema del fraude de ley que antes he comentado.
Señorías, creemos que también es necesario establecer una serie de causas para perder la nacionalidad española para todas aquellas personas que la hayan adquirido de forma derivada, es decir, que no sean españoles de origen. Porque entendemos que cuando España concede la nacionalidad y, por tanto, entrega su confianza a un extranjero para hacerle nacional español, si vulnera una serie de principios y comete una serie de delitos, evidentemente estará traicionando esa lealtad que a priori le ha dado España. Entonces, cuando existan causas de deslealtad o de traición al pueblo español o de insolidaridad con el conjunto de los españoles, ese extranjero que adquirió la nacionalidad española deberá perder esa misma nacionalidad. Por eso creemos que hay que modificar los artículos 24, 25 y 26 del Código Civil y los respectivos del Código Penal. Entre otros delitos, entendemos que deberían perder la nacionalidad española aquellos que cometieran, por ejemplo: delitos contra la Constitución, contra el orden público, de traición, contra la paz e independencia del Estado o los relativos a la defensa nacional. Además, señorías, les digo que esa deslealtad y esa traición es causa de despojo de la nacionalidad en más de una quincena de Estados de la Unión Europea. Es más, en Francia, donde se puede privar de la nacionalidad a aquellos franceses que la hayan adquirido de forma derivada, el socialista Hollande y Manuel Valls propusieron en el año 2015 también quitar la nacionalidad…