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Sin adjetivos

Pleno del 11 de julio de 2024

Proyecto de Ley Orgánica del derecho de defensa.

Proyecto de ley.. Autor: Gobierno. Transcripción literal del Diario de Sesiones n.º 56.

Defensa y exterior

Votación

  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 31 sí, 296 no, 20 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 31 sí, 296 no, 20 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 18 sí, 321 no, 7 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 170 sí, 177 no, 0 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 32 sí, 177 no, 138 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 31 sí, 315 no, 0 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: no salió adelante, 170 sí, 177 no, 0 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: salió adelante, 346 sí, 0 no, 0 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: salió adelante, 178 sí, 0 no, 170 abstenciones.
  • 11 de julio de 2024: salió adelante, 178 sí, 0 no, 170 abstenciones.

Néstor Rego Candamil

BNGDiputado.Página 4Vídeo

Grazas, señora presidenta. Moi bo día. Nos primeiros meses deste ano 2024, en canto as persoas da avogacía e procuradoría se manifestaban, e continúan a facelo, reclamando unha solución ó sistema de mutualidade que garanta xubilacións dignas e melloras tamén na queda de oficio, e mentres agardabamos polo texto da controvertida Lei de Eficiencia Organizativa que haberá que debater nos vindeiros meses, o Goberno remitiu ó Congreso esta Lei Orgánica de Defensa. Trátase dunha norma que no seu texto inicial non achegaba, ó noso xuízo, ningunha solución ós principais problemas e tampouco introducía novidades, se ben se lle podería recoñecer a virtualidade de sistematizar nunha única norma o conxunto de dereitos que amparan as e os cidadáns ante a xustiza. Porén, como xa diciamos, o texto inicial, moi básico, precisaba de grandes melloras. As emendas do BNG centráronse fundamentalmente en dous aspectos. Por un lado, en avanzar en garantir os dereitos lingüísticos das persoas que falamos galego e linguas diferentes do español e que debemos ter o dereito de podernos relacionar na nosa lingua en todos os ámbitos da nosa vida, tamén cando acudimos ós tribunais de xustiza. Tomamos como referencia unha norma vixente, aínda que reiteradamente, hai que dicilo, incumprida no Estado español, como é a Carta Europea das Linguas, que recolle no seu artigo nove o dereito a escoller a lingua do procedemento, non só a utilizar a lingua polas partes nas súas manifestacións, algo que, por outro lado, xa está plenamente recoñecido, cando menos, sobre o papel, na relacións cos órganos da Administración xeral do Estado radicados en comunidades autónomas con lingua propia, aínda que non sempre isto se cumpra. Neste sentido, é preciso destacar un importante avance logrado nesta lei como é o dereito a utilizarmos o galego e a utilizar calquera das linguas oficiais das comunidades autónomas onde residan ou onde se iniciasen actuacións xudiciais cando se actúe en procesos ante órganos con xurisdición en todo o Estado como a Audiencia Nacional ou o Tribunal Supremo, ademais do dereito a recibir as comunicacións producidas en calquera das linguas e tamén de intérprete e/ou tradutor ou tradutora para aquelas persoas que o requiriren, o que facilitará que todas as que o desexaren poidan expresarse na súa propia lingua sen menoscabar o seu dereito de defensa nin o dos demais. Por outra parte, o BNG tamén tentou deixar constancia da necesidade de avanzar, aínda que sendo conscientes de que non se podería facer plenamente nesta norma, na mellora das condicións e cometidos das e dos avogados ou procuradores e procuradoras en quenda de oficio. É preciso, neste sentido, revisar, dentro das cuestións que son competencia do Estado e que derivan da Lei de Asistencia Xurídica Gratuíta e o regulamento que o desenvolve, as actuacións que entran: as gardas, os desprazamentos, as asistencias, e que despois fican en nada, e moitas outras cuestións que demanda o sector. Tamén fica pendente abordar e dar solución xusta á cuestión das mutualidades da avogacía e da procuradoría. En todo caso, o texto foi enormemente mellorado grazas ás achegas do BNG, das achegas de diferentes forzas políticas, e hoxe aprobaremos unha lei que contén avances substanciais para a cidadanía e os e as profesionais. Por iso, a pesar de mantermos algunhas emendas vivas, a norma contará co apoio do BNG. Moito obrigado.

Gracias, señora presidenta. Muy buenos días. En los primeros meses de este año 2024, mientras las personas de la abogacía y procuraduría se manifestaban ―y continúan haciéndolo― reclamando una solución al sistema de mutualidad que garantice jubilaciones dignas y mejoras en el turno de oficio, y mientras esperábamos por el texto de la controvertida ley de eficiencia organizativa, sobre el que habrá que debatir en los próximos meses, el Gobierno remitió al Congreso este Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa. Es una norma que, en su texto inicial, no incluía, a nuestro juicio, ninguna solución a los principales problemas ni tampoco introducía novedades, aunque le podría reconocer la virtualidad de sistematizar en una única norma el conjunto de derechos que amparan a las y los ciudadanos ante la justicia. Sin embargo, como ya decíamos, el texto inicial era un texto inicial muy básico que necesitaba grandes mejoras.

Las enmiendas del BNG se centraron fundamentalmente en dos aspectos. Por un lado, en avanzar para garantizar los derechos lingüísticos de las personas que hablamos gallego y lenguas distintas del español y que debemos tener el derecho de poder relacionarnos en nuestra lengua en todos los ámbitos de nuestra vida, también cuando acudimos a los tribunales de Justicia. Tomamos como referencia una norma vigente, aunque reiteradamente ―hay que decirlo― incumplida en el Estado español, como es la Carta Europea de las Lenguas, que recoge, en su artículo 9, el derecho a escoger la lengua del procedimiento, no solo a utilizar la lengua por las partes en sus manifestaciones; algo que, por otro lado, ya está plenamente reconocido, por lo menos sobre el papel, en las relaciones con los órganos de la Administración General del Estado radicados en comunidades autónomas con lengua propia, aunque esto no siempre se cumpla.

En este sentido, es necesario destacar un importante avance logrado en esta ley, como es el derecho a utilizar el gallego y cualquiera de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas donde residan o donde se iniciasen las actuaciones judiciales cuando se actúe en procesos ante órganos con jurisdicción en todo el Estado, como la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo; además del derecho a recibir las comunicaciones producidas en cualquiera de las lenguas, y también del derecho al intérprete y al traductor o traductora para aquellas personas que lo requieran, lo que facilitará que todas las personas puedan expresarse en su propia lengua sin menoscabar su derecho de defensa ni los de los demás.

Por otra parte, el BNG también intentó dejar constancia de la necesidad de avanzar, aun siendo conscientes de que no se podría hacer plenamente en esta norma, en la mejora de las condiciones y los cometidos de los y las abogadas o procuradores y procuradoras en el turno de oficio. En este sentido, es necesario revisar, dentro de las competencias del Estado y que derivan de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y el reglamento que la desarrolla, las actuaciones que entran, las guardias, desplazamientos, asistencias, que después se quedan en nada, y muchas otras cuestiones que también demanda el sector. Queda pendiente también abordar y dar una solución justa a la cuestión de las mutualidades de la abogacía y la procuraduría.

En todo caso, el texto ha sido enormemente mejorado gracias a la contribución del BNG y las distintas fuerzas políticas, y hoy aprobaremos una ley que contiene avances sustanciales para la ciudadanía y para los y las profesionales. Por eso, a pesar de mantener algunas enmiendas vivas, la norma contará con el apoyo del BNG.

Muchas gracias.

Presidencia. Muchas gracias, señor Rego. Tiene ahora la palabra la señora Velarde Gómez, también por un tiempo de tres minutos y medio.

Martina Velarde Gómez

PodemosDiputada.Página 5Vídeo

Gracias, presidenta. Señorías, ministro, esta ley supone un avance en el reconocimiento del derecho de defensa y de la tutela judicial efectiva y se enmarca en los artículos 17 y 24 de nuestra Constitución. La defensa es una función propia de los abogados y de las abogadas y así resulta de nuestra Constitución y también de la Ley Orgánica del Consejo General del Poder Judicial, que garantiza este derecho fundamental. Esta ley no radica solamente en la protección de los derechos de los abogados y de las abogadas, sino de la ciudadanía, con especial énfasis en quienes carecen de recursos para litigar; es un derecho que afecta a toda la ciudadanía, porque de él depende el ejercicio del resto de los derechos fundamentales ante nuestros tribunales de Justicia. Hay que decir también que a esta ley le falta ambición. Llevamos mucho tiempo trabajando en ella, pero hay temas que no se han abordado. Por ejemplo, derechos laborales de la abogacía, la conciliación, especialmente en las mujeres, que tenemos enormes dificultades para ejercer la profesión y conciliar o ser madres. Ese es un tema del que hemos hablado y que hemos discutido y debatido en cada despacho en los que hemos estado y con cada una de las autónomas que conozco. Eso no se ha abordado en profundidad y tiene que abordarse en algún momento. También las condiciones de la asistencia jurídica gratuita y, cómo no, las futuras pensiones de los y las mutualistas tanto de la abogacía como de la procura. El ministro de Justicia anunció que va a haber próximas iniciativas legislativa para abordar estas cuestiones. Solo esperamos, señor ministro, que no sea un anuncio más y que esto llegue a buen puerto.

En esa ley hay avances: lenguaje inclusivo, mejoras en la defensa de personas con discapacidad en igualdad de condiciones, se introducen también las lenguas cooficiales o la accesibilidad universal. Nuestras enmiendas han ido justamente dirigidas a mejorar la situación de las profesionales de la abogacía y el derecho de defensa del justiciable, en el sentido de favorecer la conciliación —c‌ omo decía antes— tanto personal como familiar de los y las profesionales de la abogacía o también para que en el internamiento forzoso de personas por razones de salud mental —‌igual que se trata la privación de libertad— deba reconocerse la asistencia preceptiva y no facultativa de abogado o abogada en defensa de sus derechos. También hemos mantenido —‌y así lo dijimos en la Comisión— la enmienda para remediar la precaria situación que vive gran parte del colectivo de profesionales de la abogacía y de la procura, quienes, atrapados y atrapadas en la ya extinta Mutualidad de la Abogacía y también ante la pasividad institucional corporativa de la abogacía, ven gravemente mermadas sus condiciones de jubilación o su acceso a prestaciones por enfermedad e incapacidad. Lo hacemos porque el Ministerio de Justicia no nos ha garantizado que esta anomalía vaya a resolverse en un corto plazo. Es un gran problema y, por eso, hemos dejado viva esta enmienda y pedimos el voto del resto de los grupos de esta Cámara. Nuestro voto a esta ley va a ser favorable, a la espera también de que se traigan todas esas reformas que se habían anunciado por el Ministerio de Justicia.

Nada más. Muchas gracias. (Aplausos).

Presidencia. Muchas gracias, señora Velarde. Por el Grupo Parlamentario VOX, tiene ahora la palabra el señor Sánchez García, por un tiempo de siete minutos. (Aplausos).

José María Sánchez García

VoxDiputado.Página 6Vídeo

Con la venia. Estamos en presencia del dictamen de la Comisión de Justicia sobre el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa; proyecto, quizá, no de todo punto necesario, toda vez que el texto remitido por el Gobierno a las Cortes, al Congreso, consiste en positivizar como norma lo que sería un precipitado de jurisprudencia constitucional y de tribunales internacionales, principalmente la Corte Europea de Derechos Humanos, en materia de derecho a la defensa, cuando no se trata de una mera reiteración de particulares ya regulados en leyes vigentes en nuestro ordenamiento. Es decir, no vemos… (Rumores). Perdón, señora presidenta, a mí me molesta sobremanera que estos señores estén hablando. Entonces, o les llama usted la atención, o tendré que decírselo yo.

Presidencia. Señor Sánchez, está en el uso de la palabra, puede seguir.

José María Sánchez García

VoxDiputado.Página 6

Yo, en estas condiciones, no hablo.

Presidencia. Yo veo que las condiciones son adecuadas para seguir interviniendo.

José María Sánchez García

VoxDiputado.Página 6

Pues yo creo que se tienen que callar, porque me están molestando (risas y aplausos), y creo que tendré derecho a hablar con el silencio del resto de los diputados, porque el orador soy yo, que yo sepa.

Presidencia. Señor Sánchez, siga con su intervención.

José María Sánchez García

VoxDiputado.Página 6

Gracias. Bien, claro es que, a este defecto de aportación sustantiva al texto respecto de lo ya vigente se añade, cómo no, la perspectiva de género. A mí me gustaría saber qué significa la perspectiva de género, aprovechando que está aquí el señor ministro. Señor ministro, ¿qué significa la perspectiva de género en el derecho a la defensa? Sí, usted sonríe, probablemente porque no sabe ni lo que quiere decir este texto. (Aplausos). Pero, vamos a ver, ¿esto qué significa? ¿Que las mujeres o los sujetos LGTBI tienen derecho a una defensa mejor de la que podamos tener los varones? ¿Significa esto? ¿Quiere usted decir eso? ¿O quiere usted decir que —‌no lo sé— los abogados de mujeres e individuos LGTBI tienen que ser abogados mejores que los abogados que defiendan a los varones? (Rumores). Mire, vamos a ver, usted es una persona muy poco seria, como ha acreditado ya muchas veces, pero ya es una cosa un poco del género bufo que usted introduzca estas bobadas en un texto como este. Nos parece interesante, sin embargo, que se disponga que los investigados en las diligencias del Ministerio Fiscal sean asistidos de letrado. La experiencia nos dice que, efectivamente, en este ámbito, la práctica ha dejado que desear bastante en no pocas ocasiones. Esto sería algo a favor de este texto y a favor de la iniciativa. No acabamos de entender, por el contrario, en qué consiste la regulación de la asistencia jurídica gratuita, que no deja de ser hueca. No se provee ninguna necesidad del turno de oficio de letrados y procuradores, algunos de ellos mal o nunca retribuidos, como constantemente ponen de manifiesto y así lo saben las autoridades. Supongo que usted también, pero a lo mejor estaba ocupado con la perspectiva de género y no se ha enterado. Se dice en la ley: «se regulará». Bueno, regulada ya está. Claro, si la ley consiste en decir que luego va a haber otra regulación, entonces, lo que nos preguntamos es para qué sirve esta ley sobre este punto. Probablemente, para nada. Por lo demás, insisto, la asistencia jurídica gratuita ya es un derecho reconocido en nuestras leyes.

Ya están también regulados los anhelos orientativos de los colegios profesionales, al menos en materia de costas. No hay más que leer las leyes procesales, pero sé que los colegios de abogados han mostrado un gran interés en este punto y en que haya una regulación más pormenorizada y, acaso, más tuitiva también de lo que puedan ser sus retribuciones en concepto de honorario, y nos parece razonable que sea así.

La ley contiene también una reiteración, la enésima, del derecho del justiciable a la comunicación en cualquier lengua cooficial. Esto está reconocido en las leyes desde hace muchos años, lo que presenta perfiles discutibles, como usted puede saber; por ejemplo, resoluciones judiciales en lenguas distintas del castellano cuando la justicia —‌iba a decir la injusticia, por impartirse en esa lengua— se imparte para todos los españoles, sean nacionales o extranjeros; luego el juez, que resuelve en una lengua que no es el castellano, no investiga previamente si el justiciable es conocedor del catalán o del vascuence, no lo investiga ni tiene por qué; pero es evidente que el justiciable no resulta debidamente tutelado en su condición de tal cuando la magistratura le notifica resoluciones en una lengua desconocida para él. Por no hablar de los extranjeros, claro, que cuando vean esto pensarán que han llegado o están en un país de locos; ¡de locos!

No se resuelve satisfactoriamente tampoco el problema de los haberes pasivos, léase pensiones de jubilación de abogados y procuradores mutualistas. Esta es una petición sobre la que estos colegios profesionales han insistido mucho —‌y creemos que con razón— y todavía hay alguna enmienda viva sobre este particular.

Se añade una regulación parcial e innecesaria de los colegios profesionales. Bien, pero también están regulados en otra ley. No sé en qué incrementa esto lo qué sería un valor legislativo que constituya una novedad relevante en nuestro ordenamiento.

Mire, el Gobierno —‌tampoco el Partido Popular— no se caracteriza por su apoyo a los derechos fundamentales. Las violaciones de tales derechos por parte de las iniciativas del Gobierno son constantes; son constantes. Sí, sí, no me mire con esa cara de asombro. Usted sigue sin dar aquí, y tampoco el presidente del Gobierno, una explicación acerca de por qué se declararon inconstitucionales dos decretos del estado de alarma, ¡ninguna!, y ninguna es ninguna; todavía se la debe usted a esta Cámara. Si eso no es una violación de derechos fundamentales, pues no sé lo que entiende usted por violación de derechos fundamentales.

Hay otros ejemplos de iniciativas legislativas que podríamos poner, como la ley de memoria histórica. Se viola el derecho a la libertad ideológica, el derecho a la libertad de información y la libertad de cátedra, por no hablar del derecho a la libertad religiosa. Porque, según sabemos, es un propósito resuelto del Gobierno expulsar a la comunidad benedictina del Valle de los Caídos, que es un monasterio autónomo y que canónicamente solamente obedece la autoridad de su abad. Ustedes piensan expulsarlos. ¿Me puede decir si para usted esto no es lesivo para el derecho a la libertad religiosa de una comunidad religiosa? Porque si no, ya me contará usted lo que entiende por derecho a la libertad religiosa y, por cierto, lo que entiende usted por principio de laicidad, porque si resulta que el Estado, siendo laico, va a tener un gobierno que decide quién está o no está en un monasterio y qué comunidad religiosa lo tiene que habitar, entonces, mire usted, apague y vámonos. Todas sus iniciativas en materia de derechos fundamentales o han sido lesivas de estos o son siempre iniciativas que encubren acciones ideológicas e ideologizadas, revestidas, por lo tanto, siempre de un manto de falsedad y de ignorancia absoluta en materia jurídica. Se lo he dicho a usted muchas veces: usted, de derecho, sabe muy poco y cada una de sus actuaciones ilustra crecientemente este grado de ignorancia.

Presidencia. Señor Sánchez, se le ha terminado el tiempo. Tiene que ir terminando.

José María Sánchez García

VoxDiputado.Página 8

Sí. Por último, si ustedes están tan preocupados por el derecho a la defensa y los derechos fundamentales, lo que deberían haber hecho es abordar de una vez por todas la regulación del amparo ordinario, artículo 53. 2 de la Constitución, y no seguir después de cuarenta y cinco años, por su desidia, la de su partido y la del Partido Popular, con el amparo constitucional exclusivamente, que es subsidiario en el mandato del constituyente. Esto es lo que deberían haber hecho, y no abocar al justiciable a la inexistencia de un amparo desde el concepto de la especial transcendencia constitucional introducido en la ley de reforma de la Ley Orgánica de 2007, que da lugar a la inadmisión de más del 90 % de los recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Presidencia. Señor Sánchez, tiene que terminar.

José María Sánchez García

VoxDiputado.Página 8

Es un desastre de proyecto por su escasa utilidad y por algún error grave.

Nada más. Gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).

Presidencia. Gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene ahora la palabra la señora González Bella, también por un tiempo de siete minutos.

María del Mar González Bella

PPDiputada.Página 8Vídeo

Buenos días, señora presidenta. Buenos días, señorías. El derecho de defensa es uno de los derechos fundamentales en un Estado democrático y, como tal, reviste la protección máxima en nuestra Constitución, principalmente en el artículo 24. Al traer ustedes este proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa pareciera que iba a haber una regulación sistemática de este derecho desarrollando su contenido y reforzando sus garantías, más allá de lo que ya existía tanto en el artículo 24 de la Constitución, en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional o en leyes como la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Lejos de esta expectativa, queda el texto presentado. Sin embargo, desde mi grupo hemos tratado de mejorarlo con la presentación de distintas enmiendas y abanderando algunas de las transaccionales que aportan importantes mejoras. Y es que, señorías, somos un partido de Estado, nuestro compromiso es con los ciudadanos, con el Estado de derecho y con la democracia y, en este caso, obviamente, con el derecho de defensa. Como decía, algunas de las enmiendas transaccionales que apoyamos son las relativas a la mayor accesibilidad de las personas con discapacidad, cumpliendo con nuestro compromiso y más allá de la reforma del artículo 49 de la Constitución, o las relativas a un mayor reconocimiento del servicio prestado en el turno de oficio, o la aprobación de criterios orientativos por parte de los colegios para la estimación de costas. Pero ustedes, señores del Gobierno, nos han vetado enmiendas que recogen legítimas reivindicaciones de la abogacía, como son la actualización anual de los importes del turno de oficio, la regulación de la defensa de oficio respecto de las personas jurídicas y la repercusión por parte del Estado del coste de la defensa de oficio prestada cuando finalmente no se concede ese derecho al solicitante de la asistencia jurídica gratuita. Y es que no olvidemos que los profesionales de la abogacía son el medio fundamental para hacer real y efectivo este derecho de defensa de los ciudadanos, así que démosles, entonces, todas las facilidades y herramientas para desempeñar mejor su trabajo. Ustedes han sido cicateros con ellos. Aquí tenemos, en su representación, a la presidenta del Consejo General de la Abogacía y a los distintos decanos, a quienes no podemos sino transmitir nuestro reconocimiento por la labor que estos profesionales desarrollan. (Aplausos). Junto con estas enmiendas vetadas, sobre las que ni siquiera hemos podido debatir, mantenemos otras que redundan también en la mejora de la actividad de la abogacía. Son, principalmente, las relativas a obtener el amparo por parte del respectivo colegio de la abogacía en caso de perturbación de la profesión con actuaciones públicas o privadas que menoscaben ese derecho de defensa; las de lucha contra el intrusismo profesional, tipificándolo como infracción grave y adoptando medidas para su denuncia, y las que facilitan una mayor conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, garantizando la suspensión de señalamientos en casos de enfermedades, fallecimiento de un familiar o circunstancias excepcionales. Les invitamos a apoyar estas enmiendas aquí. En cualquier caso, será en el Senado donde se introduzcan las enmiendas necesarias para que salga una mejor ley del derecho de defensa, y esa será la postura de nuestro grupo.

Frente a esto, ¿qué innovación nos traen ustedes? Introducen como cesión a sus socios, como viene siendo habitual, el uso de las distintas lenguas en todo el territorio. Respetando la pluralidad lingüística de nuestro Estado y garantizando que no se produzca indefensión, como ya se hace en la Ley Orgánica del Poder Judicial, no podemos elevar este derecho a usar cada una de las lenguas en todos y cada uno de los órganos jurisdiccionales hasta convertirlo en un gasto totalmente desproporcionado en traductores de todas las actuaciones judiciales. Suficientemente ilustrativo debiera ser lo que pasa en este Congreso y el elevado coste que esto supone. Seamos prácticos, no carguemos con más tareas a la Administración de Justicia ni agravemos el retraso ya existente en los procedimientos. (Aplausos).

Finalmente, señorías del Partido Socialista, señores del Gobierno, ¡qué paradoja! No entendemos cómo nos traen ustedes, precisamente en este momento, esta iniciativa. Los españoles no sabemos qué es para ustedes el derecho de defensa, nos tienen desconcertados porque, según el día o la persona de cuya defensa se trate, tiene un contenido u otro. Así, tenemos dos opciones totalmente opuestas. Una es un derecho de defensa absoluto, que convierte la presunción de inocencia de una persona en una presunción iuris et de iure, es decir, sin admitir prueba en contrario. Ese derecho de defensa se transforma así en un acto de fe: créanme, es inocente, sin mayores explicaciones. Convierte a esa persona en alguien totalmente inmune e irresponsable y, en consecuencia, deriva también en un derecho al ataque. Si un juez, cumpliendo con su obligación, investiga e instruye un procedimiento para esclarecer hechos denunciados presuntamente delictivos y verificar si hay o no actuación delictiva por parte de esa persona inmune y responsable, el derecho a la defensa se transforma en un ataque al juez. Está permitido que todo el Gobierno, ministro de Justicia a la cabeza, ataque a dicho juez. (Aplausos.—Un señor diputado: ¡Muy bien!).

Y, desde un punto de vista totalmente contrario, el derecho de defensa no es absoluto, es un derecho relativo y cede si hay un interés político en su vulneración. Y así, con el relato de ‘desmontando bulos’ se permite el fiscal general del Estado —‌nada más y nada menos— vulnerar el derecho de defensa de un ciudadano haciendo públicos el contenido de correos electrónicos entre profesionales del derecho —‌abogado defensor y fiscal— al hilo de una posible conformidad. El artículo 23 del Estatuto General de la Abogacía Española impone la confidencialidad de las comunicaciones entre profesionales de la abogacía y los artículos 62 y 73 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal contemplan como falta grave y muy grave la revelación por el fiscal de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función; sería una causa de cese inmediato del fiscal general del Estado al amparo del artículo 31 de dicho estatuto. (Aplausos). Pero qué temor va a tener si quien ha de apreciar esta causa es quien presumiblemente le dio la orden de relevarlo. ¿En qué lugar, señorías, queda entonces el derecho de defensa de ese ciudadano? ¿El derecho a no declarar contra sí mismo? ¿El derecho a no confesarse culpable? Léanse el artículo 24 de la Constitución. Así no respetan el derecho de defensa ni en un caso ni en el otro. El contenido del derecho de defensa debe ser igual para todos los ciudadanos. Vuelven ustedes a vulnerar, una vez más, el principio de igualdad, artículos 14, 1 y 9 de la Constitución; léanselos también.

Muchas gracias. (Aplausos.—Varias señoras y señores diputados: ¡Muy bien!).

Presidencia. Muchas gracias, señora González. En turno de fijación de posiciones, por el grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor Legarda Uriarte, por un tiempo de siete minutos.

Mikel (GV (EAJ-PNV)) Legarda Uriarte

PNVDiputado.Página 9Vídeo

Muchas gracias, presidenta. Egun on, jaun-andreok. Debatimos, tras su paso por Ponencia y Comisión, el Proyecto de Ley Orgánica de Derecho de Defensa o derecho fundamental al derecho a la no indefensión que, junto con el derecho a la tutela judicial efectiva, constituyen dos caras de la misma moneda y son pieza clave para garantizar el funcionamiento del Estado de derecho. La que hoy tratamos es una ley orgánica que propiamente no aspira a ordenar el derecho de defensa en sus elementos esenciales, como lo serían su titularidad, su contenido y su delimitación con otros derechos fundamentales, sino a vehicular la divulgación de las garantías ya existentes y que lo hacen posible; es decir, las garantías y facultades jurídicas que asisten a las partes ante los tribunales, las administraciones públicas o los medios alternativos de solución de controversias, permitiéndoles defender sus derechos, libertades e intereses legítimos, asegurándoles la tutela judicial efectiva y determinándose, a su vez, las garantías y deberes de los profesionales, así como el juego de la organización colegial como salvaguardia y garantía de su ejecución y cumplimiento, introduciéndose de este modo la razonable conexión entre el derecho de defensa y la profesión y organización colegial que lo garantiza, haciéndolo efectivo.

En definitiva, señorías, es un proyecto de ley que consagra tres aspectos básicos, que son las garantías y facultades jurídicas que asisten a las partes, la defensa letrada y las garantías institucionales de esa defensa letrada a través, entre otros, de los colegios profesionales. Es un proyecto de ley que en Ponencia y Comisión hemos tramitado con un alto grado de consenso, siendo buena prueba de ello el número de enmiendas aceptadas y transaccionadas, aportándole notables mejoras al proyecto de ley, entre las que destacaría, sin ser exhaustivo, la extensión de la legitimación para solicitar el habeas corpus al abogado defensor del privado de libertad; la ampliación del servicio público de asistencia jurídica gratuita a supuestos que generaban gran tensión por no estar contemplados en la vigente regulación: en el orden penal, para las personas jurídicas en determinados supuestos y, en el ámbito concursal, respecto de las microempresas, para todos los trámites del procedimiento especial cuando acrediten insuficiencia de recursos. Aunque, ciertamente, han quedado pendientes, en aras del consenso, otras cuestiones en relación con la asistencia jurídica, como el principio de indemnidad o la actualización de los baremos, que el Gobierno ha comprometido incorporar en un próximo proyecto de ley para la revisión de este servicio público.

Otra mejora considerable en el proyecto de ley cabe cifrarlo en el derecho a la información de los titulares del derecho de defensa respecto de las consecuencias de una eventual condena en costas, a través de criterios orientativos que permitan calcular el importe razonable de los honorarios a efectos de una tasación de costas o una jura de cuentas.

Consideramos otro avance pionero el producido respecto de la inteligencia artificial, consistente en el derecho de los titulares del derecho de defensa a conocer los criterios empleados, es decir, los algoritmos, por las plataformas digitales, incluidas las que facilitan la elección de los profesionales de la abogacía, las sociedades de intermediación y cualesquiera otras entidades o instituciones que presten servicios jurídicos.

Por último, y voy finalizando, presidenta, para no alargarme más destacaría las mejoras introducidas en cuanto a la lengua y al lenguaje para mejorar la accesibilidad del justiciable a la Administración de Justicia. En cuanto al lenguaje, estableciendo como derecho que los actos, resoluciones y comunicaciones procesales se produzcan en un lenguaje claro, sencillo, comprensible y accesible; y, en cuanto a la lengua, estableciéndose el derecho, por el titular del derecho de defensa, al uso de la lengua oficial, distinta al castellano, de donde resida o donde se hayan iniciado las actuaciones judiciales en aquellos procesos ante órganos con jurisdicción en todo el Estado, es decir, el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y, en el ámbito mercantil, los juzgados de marca europeos.

Señorías, no compartimos que en Comisión se dijera por algún grupo parlamentario que esto constituía un chantaje independentista. Quizá, si se vieran las cosas de una manera más natural, podría concluirse sin esfuerzo que simplemente es un derecho de los justiciables, alineado con el mejor cumplimiento de la Constitución, cuando en su artículo 3 proclama que las distintas lenguas oficiales son un patrimonio cultural objeto de especial respeto y protección, y en su preámbulo proclama la voluntad de proteger a todas las culturas y lenguas de los pueblos de España. Qué duda cabe que lo dispuesto en el proyecto de ley, en cuanto al uso de las lenguas oficiales en procesos ante órganos con jurisdicción en todo el Estado, coadyuva de manera notable con esa voluntad y propósito constitucional.

Nada más y muchas gracias.

Presidencia. Muchas gracias, señor Legarda. Por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, tiene la palabra el señor Iñarritu García, por un tiempo de siete minutos.

Jon Iñarritu García

EH BilduDiputado.Página 10Vídeo

Muchas gracias, presidenta. Egun on, señorías. Buenos días, señor Bolaños.

Señor ministro, un inciso, siento interrumpirle. Hace siete meses, cuando usted presentó este proyecto de ley, vimos cómo lo hacía de manera grandilocuente. Decía que esta norma iba a servir para poner a las personas en el centro, que haría la justicia más cercana y más ágil, y claro, esto, desde nuestro punto de vista, chocaba con el texto que presentaron. Ahora bien, no podemos negar que, tras las enmiendas presentadas, nosotros hablamos con nuestros socios de Esquerra Republicana, y aquellas enmiendas que presentaba Esquerra y otros tantos grupos veíamos que mejoraban ostensiblemente el texto inicial. También es cierto que, gracias al entendimiento y al consenso habido entre los diferentes grupos, gran parte de esas enmiendas están hoy presentes en el texto, algo que creemos que es positivo, ya sea en asuntos relativos a los menores, a las personas con discapacidad o también en el reconocimiento de los derechos lingüísticos, algo que un Gobierno con una mayoría de apoyo plurinacional creemos que tenía que haberlo hecho per se, sin tener que ser incluido por enmiendas.

El texto actual es más completo, recoge muchos avances y, teniendo en cuenta que el derecho a la defensa está en el vértice de los derechos fundamentales que se reconocen en todos los sistemas democráticos... (Rumores).

Presidencia. Señor Iñarritu, un segundito. Por favor, ruego un poco de silencio porque si no es muy complicado para el orador. Gracias.

Jon Iñarritu García

EH BilduDiputado.Página 11

Reconozco que el asunto quizás no sea de gran interés político del momento, pero creo que en el fondo tiene un interés y que servirá a la ciudadanía en el futuro.

Teniendo en cuenta ―decía― que el derecho a la defensa se encuentra en el vértice de cualquier sistema democrático, que se recoge en todos los textos constitucionales, incluso en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, creemos que es positivo ir más allá y profundizar en este derecho. Y, como decía, el texto actual recoge avances, por lo cual creemos que es positivo y que debe ser apoyado, como nosotros, Euskal Herria Bildu, haremos.

Ponemos en valor reconocer la asistencia adecuada y de calidad a la ciudadanía, que se pueda elegir libremente, sustituir o renunciar a abogados o abogadas; también creemos que reconocer y avanzar en el secreto de las comunicaciones y en el acceso a las pruebas durante el proceso es positivo; cómo no, también reconocer a los operadores judiciales, ya sean abogados, abogadas, procuradores y procuradoras, derechos y también deberes deontológicos para con la clientela; cómo no, reiterar el derecho a un proceso sin dilaciones o no sufrir represalias por iniciar procesos judiciales es algo positivo; y, cómo no, ponemos en valor también la inclusión de medios alternativos fuera del ámbito jurisdiccional, como pueda ser la solución de controversias vía la mediación, el arbitraje y la conciliación, algo que de igual forma se profundizará en la norma siguiente, en materia de eficiencia, en el servicio público de justicia.

Algo más ambicioso, y también se ha comentado, es el proyecto de mejorar, vía un lenguaje claro, sencillo, comprensible y accesible por todos los operadores jurídicos. Creemos que está bien recogerlo, pero que va a ser de difícil aplicación, por lo cual habrá que hacer un esfuerzo y estar atentos. Y, cómo no, poder usar y ser atendido en una lengua cooficial diferente al castellano, que vamos tarde, pero creemos que es positivo. Les reto a que consulten cuál es el número de magistrados y de fiscales que tienen conocimiento, por ejemplo, del euskera. Han pasado ya cuarenta y cinco años desde que el euskera es una lengua oficial, y los animo a que consulten cuántos magistrados y fiscales son capaces de llevar un proceso en esta lengua oficial. Se darán cuenta de que sin un plan eficiente esto son palabras, parole, parole, parole. Es cierto, encontramos buenas palabras constantemente en este Gobierno, pero a la hora de aplicar medidas no aparecen. Cómo no, ampliar la asistencia jurídica gratuita es de cajón y creemos que es positivo. Ahora bien, ¿dónde se quedan los abogados y las abogadas de oficio, como auténticos riders jurídicos, sin derechos reconocidos? Creemos que es algo que queda pendiente y que en esta norma no se ha recogido.

Acabo diciendo que esta norma tiene avances y, por tanto, la apoyaremos, también es cierto que sin entusiasmo, pero me permito, aprovechando que está usted hoy aquí, señor Bolaños, hacer una reflexión. Cuando presentaron el proyecto de ley, daba la sensación de que a quien querían contentar era más al grupo de la oposición que a la mayoría de formaciones que damos mayor o menor apoyo a este Gobierno. Es cierto que, luego, como he dicho, se ha mejorado vía enmiendas. Esto nos debe llevar a una reflexión: que habiendo una mayoría plurinacional en esta Cámara, democrática, progresista, humanista, si lo quiere, creemos que la búsqueda de mayorías para aprobar leyes que reconozcan mayores derechos y libertades debería ser más ambiciosa porque, si hay voluntad política, hay esa mayoría; no solamente en esta norma, hay otros asuntos pendientes en derechos y libertades, ya sea la ley mordaza, ya sea la Ley de Secretos Oficiales, ya sea una ley sobre el CNI, ya sean normas para acabar con el lawfare en el Poder Judicial o en las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado ―hoy, que leíamos una noticia muy seria en diferentes medios sobre espionaje político a formaciones políticas―, que si hay voluntad política, la mayoría está aquí. ¿Por qué no se es más ambicioso teniendo esas mayorías?

Para acabar, decía un portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, hace escasas semanas, en la Comisión de Justicia, que esta es una ley pionera en Europa. Es cierto, pero con una mayoría progresista y democrática, ¿no podríamos haber ido más allá? ¿No se podía haber ido a eso de la búsqueda de la justicia del siglo XXI? Nosotros y nosotras creemos que sí y, de hecho, nuestra mano estará tendida siempre que se vaya en avances de derechos y libertades.

Muchas gracias. (Aplausos).

Presidencia. Gracias, señor Iñarritu. Por el Grupo Parlamentario Junts per Catalunya, tiene la palabra el señor Cervera Pinart, por un tiempo de siete minutos.

Josep Maria Cervera Pinart

JuntsDiputado.Página 12Vídeo

Gràcies, presidenta. Bon dia, senyories. Bon dia, ministre. Avui arriba a aquest ple el projecte de llei orgànica del dret de defensa. Ho fa després de vàries reunions de ponència i unes quantes més amb el grup socialista, en el nostre cas, que ens han servit per incorporar o transaccionar en el dictamen emès per la Comissió que avui tenim a debat la pràctica totalitat de les nostres esmenes. Així, de les 15 esmenes presentades, totes han quedat recollides en menor o major mesura, llevat de dues vinculades a l’assistència jurídica gratuïta, que han estat vetades pel Govern perquè tenien afectació pressupostària.

Saben que aquesta llei, entre d’altres, té per objecte, important per nosaltres, fer conèixer a les persones físiques i jurídiques les garanties que els corresponen com a titulars del dret de defensa. Ho fa establint el lliure accés als tribunals de justícia, garantint un procés sense dilacions indegudes i assegurant la protecció en procediments penals. Precisament perquè aquests drets emparen tota la població, bona part de les nostres esmenes tenien la finalitat de garantir l’accessibilitat de totes les persones a aquests drets, també d’aquelles que conviuen amb una discapacitat.

Així, en el període de ponència, s’ha incorporat l’ús de sistemes alternatius, com per exemple el braille, la lectura fàcil, els pictogrames, el llenguatge de signes, els intèrprets o qualsevol altre tipus de sistema de comunicació o de dispositiu necessari per, com dèiem, garantir l’accessibilitat de totes les persones al dret de defensa, també de les de la tercera edat i dels menors. Això, sumat a altres millores gràcies a la incorporació d’esmenes i transaccionals de la pràctica totalitat dels grups de la cambra, ha fet que, malgrat la manca d’ambició del projecte, que ja ha estat manifestat per alguns dels portaveus que m’han precedit, la iniciativa hagi assolit un ampli suport; un suport que, de ben segur, hagués estat més important si no fos per l’al·lèrgia de la dreta extrema a la diversitat, en aquest cas, a la diversitat de les llengües d’aquest Estat. Llengües com el català, que amb les transaccionals de dues de les nostres esmenes, una d’Esquerra i una del BNG, i la feina compartida amb les diputades Mercè Perea i Pilar Vallugera, fa un pas endavant, incorporant a la llei el dret a utilitzar, en els processos davant tots els òrgans en jurisdicció a tot l’Estat, qualsevol de les llengües oficials de les nacionalitats on es resideixi o on s’hagin iniciat les actuacions judicials, així com també a rebre en qualsevol d’aquestes llengües les comunicacions produïdes.

Mirin, defensar el català és legislar a favor del català. Però, sobretot, és utilitzar-lo sempre, sent un altaveu de prestigi de la nostra llengua. Aquesta és l’actitud davant dels que els preocupa més que, en el Tribunal Suprem, s’hi pugui arribar a parlar català, o alguna de les llengües cooficials de l’Estat, que no l’arbitrarietat del jutge Llarena o la parcialitat del jutge Marchena.

Senyors del PP, això sí que costa diners i, més a la curta que a la llarga, espero que també algun disgust. Però això és Espanya. Mentre el ministre apedaça la justícia per protegir drets, com aquest dret de defensa, es pacta el Consell del Poder Judicial amb aquells que s’han passat els drets per l’engonal i només els volen per ells i quan els convé. El que els deia: avui, com ahir, en el reino de España, absoluta normalitat. Gràcies.

Gracias, presidenta. Buenos días, señorías; buenos días, ministro. Hoy llega a este Pleno el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, y lo hace después de diversas reuniones de Ponencia y unas cuantas más con el Grupo Socialista, en nuestro caso, que nos han servido para incorporar o transaccionar, en el dictamen emitido por la Comisión que tenemos a debate, la práctica totalidad de nuestras enmiendas. Así, de las quince enmiendas presentadas, todas han quedado recogidas en mayor o menor medida, salvo dos vinculadas a la asistencia jurídica gratuita, que han sido vetadas por el Gobierno porque tenían afectación presupuestaria. Saben ustedes que esta ley, entre otras cosas, tiene por objeto, importante para nosotros, dar a conocer a las personas físicas y jurídicas las garantías que les corresponden como titulares del derecho de defensa, y lo hace estableciendo el libre acceso a los tribunales de justicia, garantizando un proceso sin dilaciones indebidas y asegurando la protección en procedimientos penales. Precisamente porque estos derechos amparan a toda la población, buena parte de nuestras enmiendas tenían por objetivo garantizar la accesibilidad de todas las personas a estos derechos, también de aquellas que conviven con una discapacidad. Así, en el periodo de Ponencia se ha incorporado el uso de sistemas alternativos como, por ejemplo, el braille, la lectura fácil, los pictogramas, el lenguaje de signos, los intérpretes o cualquier otro tipo de sistema de comunicación o de dispositivo necesario para, como decíamos, garantizar la accesibilidad de todas las personas al derecho de defensa, también las de la tercera edad y menores. Esto, sumado a otras mejoras gracias a la incorporación de enmiendas y transaccionales de la práctica totalidad de los grupos de la Cámara, ha hecho que, a pesar de la falta de ambición del proyecto, que ya se ha manifestado y han manifestado algunos portavoces que me han precedido, la iniciativa haya alcanzado un amplio apoyo que, sin duda, habría sido más significativo si no fuera por la alergia de la derecha extrema a la diversidad, en este caso a la diversidad de las lenguas de este Estado. Lenguas como el catalán que, con las transaccionales de dos de nuestras enmiendas, una de Esquerra y otra del BNG, y la labor compartida con las diputadas Mercè Perea y Pilar Vallugera, dan un paso adelante, incorporando a la ley el derecho a utilizar en los procesos ante todos los órganos con jurisdicción en todo el Estado cualquiera de las lenguas oficiales de las nacionalidades donde se resida o donde se hayan iniciado las actuaciones judiciales, y también a recibir en cualquiera de estas lenguas las comunicaciones que se hayan producido.

Defender el catalán es legislar a favor del catalán, pero ante todo es utilizarlo siempre, siendo el altavoz de prestigio de nuestra lengua. Esta es la actitud ante los que les preocupa más que en el Tribunal Supremo se pueda llegar a hablar catalán o alguna de las lenguas cooficiales del Estado, que la arbitrariedad del juez Llarena o la parcialidad del juez Marchena. Señores del PP, esto sí cuesta dinero y, más a corto plazo que a largo plazo, espero que también algún disgusto. Pero esto es España; mientras el ministro apedaza la justicia para proteger derechos como este derecho de defensa, se pacta el Consejo General del Poder Judicial con aquellos que se han pasado los derechos por el forro y solo los quieren para ellos y cuando les conviene. Como les decía, hoy, como ayer, en el Reino de España, absoluta normalidad.

Gracias.

Presidencia. Moltes gràcies, señor Cervera. Por el Grupo Parlamentario Republicano, tiene la palabra la señora Vallugera Balañà, por un tiempo de siete minutos.

Pilar Vallugera Balañà

ERCDiputada.Página 13Vídeo

Bon dia, diputats i diputades. Bon dia, presidenta. Gràcies. Que s’hagi de presentar, a aquestes alçades, una llei orgànica per garantir el dret de defensa explica moltes de les coses que han vingut passant en aquest estat. Per molt que sigui una llei que fa de volta de totes les lleis que en dependran i que entenc que, després, a través de la deficiència processal i demés, s’aniran desenvolupant.

Perquè saben què passa? Que la convicció generalitzada a Catalunya és que segons quins ciutadans i ciutadanes no teníem dret a defensa, simplement. No et pots expressar en el teu idioma, no pots rebre les comunicacions en el teu idioma, quan vas a Madrid, hombre, solo faltaría, ¿no? Parlen la lengua del imperio... És igual si tots els teus drets com a ciutadans són conculcats o ho deixen de ser.

Per tant, quan va arribar aquest projecte de llei, clar que vam introduir esmenes a favor de les persones amb discapacitat. Clar que vam introduir esmenes a favor dels menors i de la definició del que enteníem per menors en aquesta llei. Clar que vam introduir una bateria d’esmenes a favor de la professió d’advocats i procuradors. Clar. Però hi havia un element fonamental a tot això. Ens passem la vida sentint que «Todos los españoles somos iguales delante de la ley», però, al final, no és veritat, per molt que ens vulguin considerar espanyols. I per això agraeixo l’esforç, i ho ha dit fa un moment el company Cervera, agraeixo l’esforç del company Cervera i de la companya Mercè Perea per arribar a dotar tota la ciutadania de la possibilitat d’anar als tribunals de tot l’Estat en el seu propi idioma. Ens diuen que costa diners? De veritat? La bancada de la dreta ens diu que el problema d’això és que costa diners? Se m’acudeixen vàries maneres de no buidar les arques públiques, com han fet vostès, i que no sigui necessàriament deixar-nos sense la capacitat d’intervenir en els tribunals en el nostre idioma.

Per tant, en un dia com avui, en què puc tenir o desitjo o espero o vull abraçar la meva secretària general en persona molt properament, després de sis anys d’exili, que aprovem una ley por el derecho a la defensa és, com a mínim, irònic, perquè havia de ser-hi molt abans. Perquè ens deien que això era un estat democràtic, de dret i social. I tots sabem que no és així. Deixin-me dir que nosaltres no estem aquí per reformar l’Estat. Deixin-me dir, també, que moltes vegades hem dit que sí que acompanyarem la transformació de l’Estat, perquè som demòcrates a tot arreu. I deixin-me dir que això avança amb la intenció de democratitzar aquest estat demòfob.

Hi ha dues esmenes que no hi ha hagut manera que ens les compressin. Aquestes sí que valien diners. Vostès saben que va haver-hi un gran debat quan es van imposar les taxes per l’accés als tribunals i que aquestes taxes eren finalistes. Des del Govern de la Generalitat, s’ha demanat per activa i per passiva que les taxes percebudes a Catalunya fossin destinades a la remuneració digna del torn d’ofici, perquè som perfectament conscients que els advocats i advocades que es dediquen al torn d’ofici estan mal remunerats, estan poc reconeguts i tenen poc suport per la seva feina, que és essencial en la garantia de la defensa de tota la ciutadania. No hi ha hagut manera.

Aquesta esmena, que ja els avanço que anirem interposant a totes les lleis que ens presentin, això sí, vinculades amb l’Administració de justícia, no ho farem a les lleis sobre costes, però ja els avanço que les presentarem, per nosaltres són imprescindibles. Perquè sense un reconeixement i una retribució d’un torn d’ofici dignament, difícilment podrem garantir la qualitat del servei que es presta en concepte de defensa a aquelles persones que els hi cal. Perquè això no és una tria, això és una necessitat. Malgrat tot, creiem que els avenços són suficients, i especialment en matèria lingüística. Recordo també a la bancada socialista que, més tard o més d’hora, haurem d’entrar a la llei orgànica del poder judicial per tal que s’hi incloguin les llengües oficials com a requisit i no com a mèrit per a l’accés als llocs de Catalunya, Euskadi i Galícia. Deia que això posa la primera pedra per a l’efectivitat dels drets.

I deixin-me acabar. Hi ha un tema que ens té molt preocupats, i és una esmena que no s’ha retirat, que no ens hi podrem mostrar a favor, ens abstindrem, però que ens preocupa per com s’ha entrat. I és la que té a veure amb el traspàs respecte de les jubilacions del sistema mutualista al RETA d’advocats i procuradors. En aquest escó ja vam manifestar que estàvem absolutament a favor que es garanteixi una jubilació i unes prestacions dignes. Vist el sistema i el contingut d’aquesta llei, enteníem que no era el lloc per posar-ho. I, a més a més, va ser la translació d’una PNL, és a dir, d’una proposició no de llei.

Els demano al Govern, per la part que li toca al ministeri, per la part que li toca el Ministeri d’Assumptes Socials, també, que ens posem a treballar ja d’una vegada. Perquè aquesta vegada no ens hi posicionarem a favor, però, a partir d’ara, ho farem. I si convé els hi entrarem una proposta escrita, però no podem esperar més, perquè cada mes que passa és un advocat o una advocada o un procurador o una procurador que veu els seus drets laborals, que havia tingut, absolutament conculcats. I quin és l’Estat que deixa aquesta gent en la més absoluta misèria? Moltes gràcies.

Buenos días, diputadas y diputados. Buenos días, presidenta. Gracias. Que se tenga que presentar a estas alturas una ley orgánica para garantizar el derecho de defensa explica muchas de las cosas que han pasado en este Estado, por mucho que sea una ley que hace como de cueva de muchas otras leyes y que, a través de la defensa procesal y demás, supongo que se irá desarrollando. Porque, ¿saben ustedes qué sucede? Sucede que la convicción generalizada en Cataluña es que, según qué ciudadanas y ciudadanos, no teníamos derecho a defensa: no te puedes expresar en tu idioma, no puedes recibir las comunicaciones en tu idioma, cuando vas a Madrid ―¡hombre, solo faltaría!―, habla la lengua del imperio… Da igual, da igual si todos tus derechos como ciudadano son conculcados o dejan de serlo. Por tanto, cuando llegó este proyecto de ley, evidentemente introdujimos enmiendas a favor de las personas con capacidad, a favor de los menores y de la definición de lo que entendíamos como menores en esta ley, y evidentemente introdujimos también una batería de enmiendas a favor de la profesión de abogados y procuradores. Claro, pero había un elemento fundamental en todo esto. Nos pasamos la vida escuchando que todos los españoles somos iguales ante la ley, pero al final no es cierto, por mucho que nos quieran considerar españoles. Por ello, agradezco el esfuerzo del compañero Cervera y de la compañera Mercè Perea ―y lo ha dicho hace un momento el compañero Cervera― para llegar a dotar a toda la ciudadanía de la posibilidad de acudir a los tribunales de todo el Estado en su propio idioma. Y nos dicen que cuesta dinero. ¿De verdad la bancada de la derecha nos dice que el problema de esto es que cuesta dinero? Se me ocurren varias formas de no vaciar las arcas públicas, como han hecho ustedes, y que no sea necesario dejarnos sin la capacidad de intervenir en los tribunales en nuestro idioma. Por consiguiente, en un día como hoy, en el que deseo o espero o quiero abrazar a mi secretaria general en persona muy pronto, después de seis años de exilio (aplausos), que aprobemos una ley por el derecho a la defensa es, como poco, irónico, porque tenía que haber llegado mucho antes. Porque nos decían que esto era un Estado democrático de derecho y social, y todos sabemos que esto no es así.

Permítanme decir que nosotros estamos aquí para reformar el Estado. Déjenme decir también que, como hemos dicho muchas veces, sí vamos a acompañar la transformación del Estado, porque somos demócratas en todos los lugares, y permítame decir que esto avanza con la intención de democratizar este Estado demófobo.

Hay dos enmiendas que no ha habido manera de que nos compraran, y estas sí valían dinero. Ustedes saben que hubo un gran debate cuando se impusieron las tasas para el acceso a los tribunales porque estas tasas eran finalistas. Bien, desde el Gobierno de la Generalitat se ha pedido por activa y por pasiva que las tasas percibidas en Cataluña fueran destinadas a la remuneración digna del turno de oficio, porque somos perfectamente conscientes de que los abogados y abogadas que se dedican al turno de oficio están mal pagados, están poco reconocidos y tienen poco apoyo por una labor que realizan y que es esencial en la garantía de la defensa de todos los ciudadanos. ¡Y no ha habido manera! Está enmienda, que ya les avanzo que vamos a ir interponiendo en todas las leyes que nos presenten —esto sí, vinculadas con la Administración de Justicia, no lo vamos a hacer en las leyes sobre costas, pero les avanzo que las presentaremos—, para nosotros son indispensables imprescindibles, porque sin un reconocimiento y una retribución de un turno de oficio digno, difícilmente podremos garantizar la calidad que necesita el servicio que se presta en concepto de defensa de las personas que lo necesitan, porque esto no es una opción, es una necesidad.

A pesar de todo, creemos que los avances son suficientes, especialmente en materia lingüística —‌recuerdo también a la bancada socialista que, tarde o temprano, tendremos que entrar en la Ley Orgánica del Poder Judicial, a fin de que se incluyan las lenguas oficiales como requisito y no como mérito para el acceso a los puestos en Cataluña, Euskadi, Galicia—; decía que esto pone la primera piedra para la efectividad de los derechos.

Permítanme terminar con un tema que nos preocupa enormemente; es una enmienda que no se ha retirado y que no nos podemos mostrar a favor, nos vamos a abstener; y nos preocupa por cómo ha entrado. Es la que tiene que ver con el traspaso respecto a las jubilaciones del sistema mutualista al RETA de abogados y procuradores. En este escaño, ya dijimos que estábamos absolutamente a favor de que se garantice una jubilación y unas prestaciones dignas. Visto el sistema y el contenido de esta ley, entendíamos que no era el lugar para ponerlo. Además, fue la traslación de una PNL, es decir, de una proposición no de ley. Les pido al Gobierno, por la parte que le corresponda al ministerio, y al Ministerio de Asuntos Sociales también, que nos pongamos a trabajar ya, de una vez por todas; porque esta vez no nos vamos a posicionar a favor, pero a partir de ahora lo haremos; y si conviene, entregaremos una propuesta escrita.

Pero no podemos esperar más, porque cada mes que pasa es un abogado, una abogada, un procurador, una procuradora, que ve sus derechos laborales, que había tenido, pues absolutamente conculcados. Entonces, cuál es el Estado que deja a estas personas en la más absoluta miseria.

Muchas gracias. (Aplausos).

Presidencia. Moltes gràcies, senyora Vallugera. Por el Grupo Plurinacional SUMAR, tiene la palabra el señor Santiago Romero, por un tiempo de siete minutos.

Enrique Fernando Santiago Romero

Grupo SumarDiputado.Página 15Vídeo

Gracias, presidenta. Señorías, gracias a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cualquier persona disfruta del derecho a la defensa frente a una acusación. Esta ley del derecho a la defensa unifica todos los contenidos del derecho recogidos en el artículo 24 de la Constitución, en la jurisprudencia, en los tratados internacionales ratificados por España y en las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; y desarrolla contenidos de la declaración universal como el derecho del acusado a estar presente en el proceso, a defenderse por sí mismo, a ser asistido por un defensor de su elección, a la asistencia jurídica gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos, o, por primera vez también, si se encuentran en situación de especial vulnerabilidad. Para hacer realidad estos avances en derechos humanos y fortalecer el derecho a la defensa, este Congreso debe comprometerse a mejorar la financiación de la justicia gratuita y de los profesionales de la abogacía y la procura que la ejercen, y así dignificar sus condiciones de trabajo. También, debe comprometerse a acabar con las pensiones de miseria que pagan las mutualidades a los profesionales de la abogacía y de la procura; y debe dotar de más y mejores medios a los tribunales para garantizar un cuerpo de trabajadores de servicios generales dignificado y bien remunerado, que participen a través de sus sindicatos en las tomas de decisiones sobre el servicio de justicia.

A propuesta de nuestro grupo parlamentario, de SUMAR, la ley hace expresa alusión al cumplimiento de los tratados internacionales que garantizan los derechos de los justiciables, como la protección del libre acceso a la justicia sin dilaciones, a obtener una resolución congruente o a la doble instancia; y también se regulan las garantías y deberes de la asistencia jurídica en el derecho a la defensa; o se convierten en normas principios que ha venido desarrollando la jurisprudencia; extendemos la garantía del derecho a la defensa y a la asistencia letrada a procesos extrajurisdiccionales de mediación, arbitraje y de conciliación, también por primera vez; se refuerza la cohesión del Estado plurinacional al garantizarse la utilización en los procedimientos judiciales de las lenguas cooficiales y el derecho a comunicarse con la Administración de Justicia en un lenguaje comprensible; y se introduce el enfoque de género y discapacidad, garantizando la accesibilidad a las sedes judiciales para personas discapacitadas.

No hay mejor concreción del derecho a la defensa que satisfacer una justa reivindicación. Con esta ley, la sociedad va a reparar el daño causado por la vulneración de sus derechos fundamentales a unos servidores públicos ejemplares, guardias civiles que dedicaban su vida profesional a cuidarnos y que fueron perseguidos por luchar por sus derechos democráticos y laborales, por los derechos de sus compañeros y compañeras. (Aplausos). En un sistema democrático, la seguridad interior y el orden público es tarea de los cuerpos de seguridad estrictamente civiles, diferenciados de unas Fuerzas Armadas cuya misión es exclusivamente la defensa frente a amenazas exteriores. España arrastra una anomalía democrática, que es la existencia de un cuerpo policial, la Guardia Civil, bajo régimen militar y dependiente del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, como si la Guardia Civil fuera una parte del ejército alquilada al Ministerio del Interior. Esta anomalía es causa de injustificables limitaciones de distintos derechos fundamentales de los y las guardias civiles. A diferencia de la Policía Nacional y de demás cuerpos de seguridad interior, los y las guardias civiles no tienen derecho de sindicación, con la anacrónica justificación de que se trata de un cuerpo de naturaleza militar. Eso solo es aceptable en democracia cuando guardias civiles formen parte de misiones internacionales de interposición o de paz integrados en despliegues de las Fuerzas Armadas.

Por eso, la lucha por los derechos laborales y sindicales de los y las guardias civiles fue impulsada en los años 80 por guardias y por sus familias. Diez años después de concluida la Dictadura, guardias civiles con profundas convicciones democráticas, la mayoría de ellos hijos del cuerpo, eran perseguidos por reclamar los derechos sindicales que ya tenían los demás cuerpos de seguridad del Estado. La naciente democracia solo tenía obligaciones para los y las guardias civiles, pero no reconocía sus derechos. En mayo de 1986, ya legalizado el Sindicato Unificado de Policía, se celebra en clandestinidad el primer congreso del Sindicato Unificado de la Guardia Civil (aplausos), nacido de las movilizaciones de guardias y sus familiares en 1976, pidiendo incorporarse a la Seguridad Social, una reivindicación bastante lógica y sensata. El Sindicato Unificado de la Guardia Civil contó con el apoyo de los sindicatos policiales, de Comisiones Obreras, de UGT, y también de partidos como el Centro Democrático y Social, el Partido Comunista de España o Izquierda Unida (aplausos); a través de diputados de este Congreso, como Antonio Romero o Willy Meyer, a los que hay que reconocer. El reconocimiento del derecho de asociación profesional no se produjo hasta la Ley Orgánica 12/2007, veintiún años después de constituirse el Sindicato Unificado de la Guardia Civil. En estos años, los y las guardias civiles mantuvieron una valiente lucha por el pleno reconocimiento de sus derechos laborales y sindicales. Cuatro de estos héroes de la democracia, los guardias José Carlos Piñero González y Manuel Linde Falero —‌este, desgraciadamente, ya fallecido—, el cabo primero Manuel Rosa Recuerda y el sargento José Morata Gargallo fueron perseguidos, represaliados y expulsados del cuerpo.

Con la aprobación de esta ley, hoy nuestro país reconoce y repara a todos los guardias civiles, a sus esposas y a sus familiares (aplausos), que se sacrificaron por la defensa de los valores y derechos democráticos. La expulsión de cuatro de ellos del cuerpo fue una sanción injusta, que no debió imponerse ni mantenerse hasta hoy, porque su causa, el ejercicio del derecho de asociación por los y las guardias civiles, es plenamente legal desde el año 2007, hace diecisiete años. Hoy, todos ellos son rehabilitados; se les reconocen los derechos negados durante décadas; y se les repara por las consecuencias penales, disciplinarias, personales y familiares que soportaron.

Con el trabajo que ha hecho el Grupo Parlamentario SUMAR y el apoyo imprescindible de otros grupos parlamentarios, tanto para mejorar esta ley como para restablecer los derechos y honores que estos agentes merecen, hoy, por fin, la democracia salda una deuda.

Compañeros del Sindicato Unificado de la Guardia Civil, los aquí presentes y los que ya no están, la democracia os da las gracias por vuestra lucha. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, puestos en pie, dirigidos hacia la tribuna de invitados).

Presidencia. Muchas gracias, señor Santiago. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene ahora la palabra el señor Martínez Salmerón, por un tiempo de siete minutos.

Joaquín Martínez Salmerón

PSOEDiputado.Página 17Vídeo

Presidenta, señorías, ministro, hoy viene a la Cámara una ley pionera en Europa, la Ley Orgánica del Derecho de Defensa. Es necesario que esta ley tenga el apoyo de la Cámara y que salga adelante, porque consagra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, recogido en el artículo 24 de la Constitución; da cobertura a la asistencia jurídica gratuita, del artículo 119 de la Constitución, y porque atiende a una justa demanda de la Abogacía.

Apropiándome de las palabras de un padre de la Constitución, el señor Roca Junyent, diré que esta ley no está pensada para los profesionales de la justicia, esta ley está pensada para la ciudadanía. Los ciudadanos y las ciudadanas tienen derecho a la asistencia para ejercer su derecho de defensa. (Aplausos). Y este derecho necesita de aquellos profesionales que pueden darle a su causa y a su petición un fundamento jurídico necesario. En esta ley se recogen, entre otros aspectos, el concepto y el ámbito del derecho de defensa, con un enfoque de género y discapacidad y habiendo incorporado en su tramitación las diligencias de investigación ante el Ministerio Fiscal y el asesoramiento jurídico previo al inicio de las actuaciones judiciales. Define el alcance de la asistencia jurídica gratuita y fija el compromiso para una futura regulación de las funciones de los profesionales de oficio. Se establece el derecho a un lenguaje claro y sencillo e, igualmente, la utilización de los medios electrónicos, así como el uso de las lenguas oficiales.

Desde la perspectiva de la Abogacía, se recoge la exigencia de la titulación y colegiación, y se introduce la referencia a los profesionales que actúan por cuenta ajena. Se ha reforzado el secreto en las comunicaciones entre profesionales a efectos probatorios, se ha introducido la posibilidad de la dirección letrada de solicitar el habeas corpus, protege la libertad de expresión y la independencia profesional, y regula especialmente los deberes deontológicos y el derecho a la conciliación laboral de los y las profesionales. Respecto a las costas procesales, en caso de condena a costas o jura de cuentas, regula la facultad de los colegios de la Abogacía para publicar criterios orientativos. Igualmente, desde el punto de vista de las instituciones, recoge a los colegios de la Abogacía y a los consejos como entidades supervisoras, sancionadoras y responsables de la capacitación y de la formación de los profesionales.

Como ya manifestó el ministro de Justicia en su primera comparecencia en el Parlamento, las acciones que el Gobierno quiere llevar a cabo tienen un marcado impulso reformista, que necesita de grandes consensos, no solo de esta Cámara, sino de la sociedad y de todos los sectores jurídicos. Y uno de los compromisos en materia de justicia de mi partido siempre ha sido la ampliación de derechos y libertades y la mejora continua de las instituciones. (Aplausos). Y esta ley es una muestra de ello. A lo largo de la tramitación, se han presentado 146 enmiendas, la mayoría han sido aprobadas. Se han aprobado 29 transaccionales, que han sido también aprobadas por la mayoría de los grupos políticos, y se ha introducido una disposición adicional para la rehabilitación de los guardias civiles expulsados por defender el derecho de asociación y sindicación en la Guardia Civil.

Señores del Partido Popular, yo sé que ustedes están muy ocupados, pero quería pedirles el apoyo expreso a esta ley. No cometan ustedes errores del pasado, ustedes han permanecido al margen de los principales avances sociales en este país. Ustedes votaron en contra y recurrieron ante el Tribunal Constitucional leyes que recogían derechos y libertades de nuestra ciudadanía. (Aplausos). No cometan el mismo error, señorías. Sigamos trabajando en lo que nos une. Esta ley tiene que salir con el máximo consenso. Es una ley fruto del compromiso del Gobierno con la modernización de la justicia, pero, sobre todo, es una ley muy demandada por la Abogacía y en cuya redacción intervino la comisión de expertos, presidida por el ilustre abogado don Antonio Garrigues, que hoy nos acompaña desde la tribuna de invitados. Es una ley que ha sido mejorada por la Abogacía, ya que recoge las principales conclusiones del Congreso de Tarragona, así como otras aportaciones de las asociaciones del tercer sector y otros colectivos profesionales, a cuyos representantes quiero agradecer su labor, aprovechando su presencia en la Cámara, a la señora Victoria Ortega, presidenta del Consejo en funciones; al señor Salvador González, presidente electo; al decano de Madrid, don Eugenio Ribón, y al decano de Barcelona, don Jesús Sánchez. (Aplausos).

Quedan cuestiones importantes por desarrollar que han quedado al margen de esta ley. El Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha sacado a consulta jurídica el anteproyecto de ley de Justicia Pública Gratuita, cuya intención es reformar para dotar de una mejora del servicio y, sobre todo, para actualizar los baremos. No obstante, hemos recogido en esta ley el derecho de asistencia jurídica gratuita de personas físicas, de microempresas en el ámbito concursal y en el orden penal para las personas jurídicas. (Rumores). Respecto al tema de la mutualidad de la abogacía y la procura, el Gobierno desde el Ministerio de Inclusión está trabajando para buscar una solución a esta reivindicación justa de parte del colectivo que demanda una pasarela al RETA.

Y no quiero finalizar la intervención sin agradecer a todos los grupos parlamentarios sus aportaciones, así como a los compañeros del Grupo Parlamentario Socialista que me han acompañado en la Ponencia. Señorías, trabajemos juntos para que España siga avanzando. Trabajemos juntos para una España donde todos los futuros sean posibles, para aquellos que buscan justicia, para aquellos que buscan igualdad, para las generaciones venideras que merecen un horizonte de oportunidades que será fruto del trabajo y el esfuerzo que hoy sembramos.

Quisiera terminar como lo hice en la Comisión. Señorías, la justicia tiene que ser un territorio de consenso y la ciudadanía está deseando que avancemos en este camino. La modernización de la justicia es cosa de todos y de todas, ya que es el instrumento idóneo para reducir las brechas sociales y acercar la ciudadanía, en igualdad de condiciones, a una justicia efectiva y de calidad, con independencia de cuál sea la renta o el lugar en el que se habite. Por eso, señorías, el Grupo Parlamentario Socialista va a votar a favor de este dictamen y pido el voto de toda la Cámara.

Muchas gracias, señoría. (Aplausos).

Presidencia. Muchas gracias, señor Martínez. En nombre del Gobierno, tiene la palabra el señor ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Cuando quiera.

Félix Bolaños García

GobiernoMinistro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.Página 18Vídeo

Gracias, señora presidenta.

Quiero tomar la palabra para agradecer a todas las personas que van a hacer posible que hoy esta ley se apruebe en el Congreso de los Diputados y vaya camino del Senado y continúe su tramitación parlamentaria. Agradezco, desde luego, a la sociedad civil encabezada aquí por el Consejo General de la Abogacía Española, por los colegios de abogados, que tanto han trabajado para que esta norma sea una realidad, incluso en sus congresos, aportando textos y aportando lo que hoy verá la luz con esta Ley Orgánica del Derecho a la Defensa. Agradezco también a los grupos parlamentarios, creo que ha sido un trabajo en la Comisión muy fructífero, donde la mayor parte de los grupos parlamentarios han colaborado y han trabajado. Y tengo que decirles que la ley sale mejor de lo que entró; es decir, que el trabajo que hacen los grupos parlamentarios y que hace este Congreso se ha visto cumplido. Y también agradezco a esos funcionarios, a esos servidores públicos anónimos que también han puesto su granito de arena para que hoy esta ley vaya, previsiblemente, a ver la luz.

Es una ley útil, es una ley pionera en Europa, es una ley que garantiza un derecho fundamental, el 24 de la Constitución; es una ley positiva para los colegios de abogados, desde luego, que van a tener mayor seguridad jurídica en el ejercicio de sus competencias. Es una ley positiva para los abogados y abogadas de este país, porque van a tener más garantías también para ejercer su profesión. Y es una ley útil, sobre todo —‌y esto es lo esencial—, para los ciudadanos, que van a tener la tutela del derecho fundamental a la defensa más garantizada gracias a esta ley.

Desde el punto de vista de la justicia, es una ley que también supone un avance en la transformación, en la que estamos trabajando, de nuestro servicio público de la justicia y, por si faltaba poco, también es un hito con la Comisión Europea y, por tanto, también traerá fondos europeos para la transformación de nuestro servicio público de la justicia.

Por todo ello —s‌ eñora presidenta, termino ya—, gracias a todos los que hoy harán posible que esta ley sea aprobada por el Congreso, continúe su tramitación parlamentaria y pronto vea la luz en el Boletín Oficial del Estado.

Gracias. (Aplausos).

Presidencia. Muchas gracias, señor ministro. Votamos en un minuto. (Pausa). — VOTACIÓN.

Presidencia. Muchas gracias, empezamos la votación. Votamos el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa. En primer lugar, las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Mixto, concretamente la enmienda 144. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 347; a favor, 31; en contra, 296; abstenciones, 20.

Presidencia. Queda rechazada. Votamos la enmienda número 146. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 347; a favor, 31; en contra, 296; abstenciones, 20.

Presidencia. Queda rechazada. Votamos en bloque las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Mixto, señor Rego Candamil. Comienza la votación (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 346; a favor, 18; en contra, 321; abstenciones, 7.

Presidencia. Quedan rechazadas. Vamos a votar ahora las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos, en primer lugar, la enmienda 23. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 347; a favor, 170; en contra, 177.

Presidencia. Queda rechazada. Votamos la enmienda número 25. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 347; a favor, 32; en contra, 177; abstenciones, 138.

Presidencia. Queda rechazada. Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario VOX. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 346; a favor, 31; en contra, 315.

Presidencia. Quedan rechazadas. Pasamos a votar en bloque las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 347; a favor, 170; en contra, 177.

Presidencia. Quedan rechazadas. Por último, votamos las enmiendas de corrección técnica presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista. Comienza la votación. (Pausa). Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 346; a favor, 346.

Presidencia. Quedan aprobadas. PALABRAS DE LA PRESIDENCIA.

Presidencia. Les informo de que desde las doce y media hasta la una y media de hoy se podrán votar telemáticamente todos los asuntos pendientes del orden del día, que serán objeto de votación presencial en el hemiciclo al final de la sesión. Asimismo, les informo de que la presente sesión plenaria incluye el debate y votación del dictamen del Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, y, por tener carácter orgánico, esta iniciativa tiene que ser sometida a una votación final que, de conformidad con el artículo 131.2 del Reglamento, debe ser anunciada con antelación por la Presidencia. Por ello, y en cumplimiento de esta disposición, anuncio que las votaciones no se producirán antes de las 13:30 horas del día de hoy. DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS: — PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA Y DE ACCIONES COLECTIVAS PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS. (Número de expediente 121/000016).

Presidencia. Continuamos con el punto del orden del día correspondiente al debate de totalidad del Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia y de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios. (Rumores). Por favor, ruego un poquito de silencio. Para la presentación del proyecto de ley tiene la palabra, en nombre del Gobierno, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.