Francisco Javier Ortega Smith-Molina
Muchas gracias, señora presidente. Esta proposición de ley que presenta el Grupo Parlamentario VOX va dirigida a reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y, en concreto, a modificar el sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Recordarán que la semana pasada, también desde esta tribuna y en nombre del Grupo Parlamentario VOX, pude defender una interpelación urgente al ministro de Justicia precisamente para instarle a que nos explicase qué medidas, qué actuaciones iba a llevar adelante para garantizar la independencia del Poder Judicial. Pues bien, en coherencia, nuestro grupo trae hoy a esta Cámara una proposición de ley que tiene precisamente la finalidad de lograr que exista una verdadera garantía en cuanto a la injerencia de los partidos políticos en el tercero de los poderes del Estado, en el Poder Judicial. Esto, como recordarán, proviene de un mandato y, si me apuran, del espíritu de la propia Constitución, en la medida en que países de nuestro entorno, como Francia o Italia, tras la Segunda Guerra Mundial decidieron crear órganos que fuesen garantía de la independencia del Poder Judicial frente a las injerencias, intromisiones y presiones de los poderes políticos, más concretamente de los partidos políticos. Lo hicieron con las llamadas magistraturas o consejos de magistratura. En España fue, como recordarán, el artículo 122.2 de la Constitución el que instauró la creación de un consejo general del Poder Judicial, estableciendo cómo sería su composición, cómo se seleccionaría a sus vocales, qué funciones básicas tendría y cuál sería su duración. Se hizo un esfuerzo constitucional por concretar y determinar cómo habría de ser ese consejo; se estableció que la duración del mandato sería de cinco años y que tendría veinte miembros, y se quiso expresamente establecer y regular cómo sería el nombramiento de ocho de esos vocales, precisamente de los vocales que habrían de ser elegidos por los partidos políticos, es decir, por los partidos que conforman el arco parlamentario, el Congreso y el Senado —cuatro por el Congreso y cuatro por el Senado— y que habría de ser por mayoría de tres quintas partes, dejando expresamente señalado que los doce restantes —y esto es importante—, la mayoría de ese consejo, sería reservado a una ley orgánica. Vamos a decirlo de otra manera. Si el constituyente hubiese querido que todos los vocales del Consejo General del Poder Judicial hubieran sido elegidos por los partidos políticos, habría dicho algo tan sencillo como: formado por veinte miembros, diez elegidos por el Congreso y diez elegidos por el Senado. ¿Por qué hizo precisamente esa reserva de ley orgánica después de haber detallado de manera concreta y precisa la elección de los ocho provenientes de elección de partidos? Precisamente porque lo que quería evitar era lo que desgraciadamente ha ocurrido, es decir, que el cien por cien, que la mayoría, la inmensa mayoría, la totalidad sean elegidos por los partidos políticos. Solamente la ley de 1980, orgánica del Poder Judicial, respetó ese mandato y ese espíritu constitucional. Fue la única ley que tuvo claro que debían elegirse esos doce vocales por y entre jueces y magistrados y que tenía que hacerse respetando esa separación entre los que venían de un origen de partidos políticos y los que venían de un origen judicial. Pero en 1982, desgraciadamente para España, ganó las elecciones por mayoría absoluta el Partido Socialista. Esa ley de 1980 llevaba solo dos años, pero no les gustó que hubiera un Poder Judicial independiente, un Poder Judicial que pudiese actuar, que pudiese poner freno a las fechorías y a las corruptelas del Partido Socialista. Por eso, en 1985, antes de terminar su mandato, aprobó esa ley orgánica que rompía ese principio constitucional de separación entre los vocales, ocho de origen de los partidos y doce mayoritarios de origen judicial. Las reformas posteriores del Partido Popular fueron, como tantas cosas del Partido Popular, puro maquillaje frente a la galería. En 2001 hicieron una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la que establecían que treinta y seis de los candidatos habrían de ser elegidos por asociaciones judiciales, es decir, precandidatos preseleccionados. No había en modo alguno una elección libre, directa, secreta e igual por parte de jueces y magistrados, sino que las asociaciones
—todos conocemos cómo son las asociaciones: conservadoras, progresistas, nacionalistas, independientes, más de izquierda, menos de izquierda, pero todas adscritas a un partido político— eran quienes iban a preseleccionar a los candidatos. En 2013, nueva reforma maquillaje del Partido Popular, en la que dijo: Bueno, ahora van a ser los avales; van a ser avales que pongan las asociaciones o avales que pongan los jueces.
En definitiva, una vez más, el bipartidismo del PP-Partido Socialista: siempre unidos contra la independencia del Poder Judicial, siempre unidos por el control por los partidos del Consejo General del Poder Judicial y siempre unidos para controlar los nombramientos que provienen de ese Consejo General del Poder Judicial, porque si controlan los nombramientos del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional, de las audiencias provinciales y de la Audiencia Nacional, están evitando verse sentados en el banquillo cuando no les interesa. (Aplausos). En definitiva, el bipartidismo PP-PSOE sabía que era absolutamente imprescindible controlar el Consejo General del Poder Judicial. Además, se daba la aberración de que eran gobiernos que dependían, para poder mantener esa gobernabilidad, del apoyo necesario de los separatistas, es decir, de aquellos que odian la soberanía nacional, que odian el fundamento de la Constitución, es decir, el artículo 2, que es precisamente la indisoluble unidad de la nación española. Desde entonces, los miembros de ese Consejo General del Poder Judicial han tenido un sello descaradamente político, aunque lo intenten disimular.
Hay una auténtica colonización por parte del poder político sobre el judicial. Hay una frase que se ha repetido muchas veces desde esta tribuna y muchas veces en los medios de comunicación; es la de todos aquellos que se escandalizan, que se rasgan las vestiduras diciendo: Es que quieren judicializar la política. Lo habrán escuchado, ¿verdad? Hasta parece que suena bien: Tenemos que evitar que judicialicen la política. ¿Qué quieren decir con eso? Quieren decir que no quieren que el Poder Judicial haga su trabajo: que pueda investigar, que pueda procesar, que pueda sentar en el banquillo, que pueda juzgar y que pueda condenar a toda esa colección de políticos que cometan ilegalidades, malversación de fondos públicos, desobediencia, corruptelas, tráfico de influencias… Eso es lo que han querido evitar al decir: No podemos permitir que se judicialice la política. ¡Y lo dicen los mismos que no tienen ningún empacho en politizar la justicia metiendo a sus peones en el Consejo General del Poder Judicial y en los órganos del Estado! (Aplausos). Son los mismos que quieren controlar al Poder Judicial.
En julio de 2022, nuestro grupo parlamentario presentó una iniciativa similar a esta. El Partido Popular, como siempre, se puso de perfil y se abstuvo; como también se abstuvo, por cierto, cuando nuestro partido presentó una reforma de la Ley de Partidos Políticos, precisamente, para evitar que los partidos golpistas, los partidos separatistas, los partidos bilduetarras pudieran estar en la sede de la soberanía nacional, para poder tener mecanismos de ilegalización de todos aquellos que odian el respeto a la soberanía nacional, a la Constitución y, por supuesto, a la unidad de España. ¿Ahora en qué está ese bipartidismo del PP-PSOE? Pues tratando a España como a una colonia y decidiendo que el reparto de cromos, como no se ponen de acuerdo, lo va a hacer un mediador internacional. Y allá que se van a la Unión Europea y le piden al comisario de Justicia a ver si les echa un cable en el reparto de cromos, en el reparto de fichas. Una vez más, muestran el desprecio más absoluto a la soberanía nacional; una vez más, el desprecio más absoluto a la independencia pericial. (Aplausos).
Y a todo esto, ¿en qué consiste la proposición de ley que trae a esta Cámara nuestro grupo? Alguno diría que es una proposición muy facha, muy ultra; yo les digo que es la proposición más conforme con la Constitución, más conforme con un espíritu democrático y más respetuosa, mejor dicho, la única verdaderamente respetuosa para evitar la injerencia de cualquier partido político —de cualquiera, incluyendo a VOX— cuando esté en el Gobierno o cuando tenga mayorías parlamentarias. Porque VOX propone que esos doce miembros sean elegidos por y entre jueces y magistrados de todas las categorías, en una circunscripción única de toda España, y que lo hagan con un voto personal, individual, secreto, igual, sin interferencias de partidos políticos, de cuotas, de avales o de asociaciones; que lo haga libremente cada juez, cada magistrado, como estableció la Constitución, que hizo esa reserva de ley. Y, además, para evitar contaminaciones, que no puedan ser nunca vocales quienes hayan pertenecido en los cuatro últimos años a listas electorales de ningún partido o hayan estado en la legislatura anterior en una asamblea legislativa de una comunidad autónoma, en el Congreso, en el Senado, en el Parlamento Europeo o en una corporación local o que, por ejemplo, hayan ocupado altos cargos en el Estado. Con eso, sin duda, evitaríamos que hubiera contaminación de ningún candidato.
En definitiva, y con esto quiero terminar, lo que está en juego no es simplemente una parte pequeña de una reforma de la ley orgánica del Poder Judicial; lo que está en juego —y me gustaría ser capaz de subrayarlo— cuando hablamos del modo de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial es nada menos que evitar injerencias políticas en el órgano que va a llevar a cabo, como he dicho antes, los nombramientos de las altas magistraturas de la justicia, es preservar el Poder Judicial. Si ese órgano, el Consejo General del Poder Judicial, está controlado, están controlados los magistrados del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional; si están controlados los magistrados, están controlados los procesos judiciales, y si están controlados los procesos judiciales, hay una sumisión del Poder Judicial al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo. Si eso ocurre, no hay división de poderes (aplausos); si no hay división de poderes, no hay independencia judicial; si no hay independencia judicial, no hay Estado de derecho, y si no hay Estado de derecho, señores del Partido Socialista y señores del Partido Popular, no hay democracia. Es así de sencillo. Una reforma como esta significa preservar la democracia, el Estado de derecho, la división de poderes, la independencia judicial y, en definitiva, la libertad de todos los españoles frente a las injerencias de los partidos políticos.
Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).