Enrique Fernando Santiago Romero
Grupo SumarDiputado.Página 17Vídeo
Gracias, señora presidenta. Señoras y señores diputados, España ha sido un país precursor en la persecución por nuestros tribunales de grandes violaciones de los derechos humanos cometidas fuera de nuestras fronteras cuando estos delitos han quedado en impunidad por no ser perseguidos en los lugares donde se cometen. Desde 1996 la persecución de determinados crímenes internacionales que habían quedado impunes trajo un alto reconocimiento y admiración para nuestra justicia, en especial fuera de nuestras fronteras. Organizaciones, activistas defensores de los derechos humanos, la academia y juristas dedicados al trabajo en la lucha contra la impunidad en tribunales internacionales tuvieron a la justicia española como un modelo de valentía y rigurosidad, como ejemplo de respeto a los tratados internacionales y al derecho internacional, porque hacíamos un mundo que fuera más justo, más humano, más seguro.
El liderazgo de España en el uso de la jurisdicción universal para combatir la impunidad ha sido seguido por otros sistemas legales y judiciales en distintos países. Afortunadamente, algunos incluso nos han adelantado, pero la jurisdicción universal se introdujo en nuestra legislación, de larga data, desde la Ley Provisional sobre Organización del Poder Judicial, de 1870. En 1985 se aprobó la Ley del Poder Judicial de la democracia, que ya incluía el principio de jurisdicción universal para delitos de extraordinaria gravedad contra el derecho de gentes, genocidio, crímenes de guerra, lesa humanidad y también delitos sobre delincuencia organizada transnacional, como el terrorismo y el narcotráfico. Y esta proposición de ley que les traemos recuerda que las infracciones al derecho de gentes afectan no solamente a bienes jurídicos protegidos por el derecho interno nacional, sino también a un bien jurídico cuya protección ha sido universalizada por el derecho internacional acordado tras la derrota del nazifascismo en la Segunda Guerra Mundial, la integridad y la dignidad de la humanidad, en su conjunto; un bien jurídico a cuya protección y persecución en caso de vulneración están obligadas todas las naciones civilizadas, con independencia de la nacionalidad de las víctimas o de los victimarios o del lugar donde se haya cometido el crimen.
Pero siempre ha habido voces contra la jurisdicción universal. En un mundo globalizado de delitos transnacionales y contra la humanidad oponerse a la jurisdicción universal es facilitar la impunidad a los grandes violadores de los derechos humanos, a las organizaciones criminales transnacionales. Los defensores de la impunidad siempre recurren a una supuesta defensa de la soberanía nacional, pero ninguna soberanía nacional permite dejar en impunidad crímenes de lesa humanidad, torturas, genocidios o desapariciones forzosas. Cualquier Estado tiene la obligación de proteger a la población bajo su autoridad y la soberanía nacional nunca puede ser una excusa para que las víctimas queden sin los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación. (Aplausos). Y esta es la razón de ser de la jurisdicción universal. Si las autoridades del país donde ocurrieron los hechos no pueden o no quieren proteger a los pueblos bajo su soberanía o bajo su control, si no son capaces de perseguir a los victimarios, será la comunidad internacional la que, aplicando las reglas del derecho internacional penal, de los derechos humanos, del derecho internacional humanitario, haga lo posible para evitar que los crímenes más graves queden en impunidad.
Mientras que los tribunales internacionales penales sigan teniendo su acceso, su mandato y sus medios limitados, mientras que la Corte Internacional de Justicia pueda emitir resoluciones pero no pueda hacer que se cumplan, es obligación de cualquier país civilizado, democrático y respetuoso con el derecho contribuir desde sus tribunales con el ejercicio de la jurisdicción universal a proteger a los seres humanos cuyos derechos más elementales están siendo vulnerados de forma grave, de forma impune. Para todos nosotros, legisladores y legisladoras, es un inmenso honor y privilegio, a la vez que una obligación, hacer efectivo este imperativo mandato humanitario de protección. No hay terror o violaciones de derechos humanos buenas o malas según quien las cometa. No hay principios políticos, ideológicos o nacionales superiores que justifiquen violar los derechos humanos fundamentales. Quien los viola se dejará arrastrar más fácilmente hacia un comportamiento criminal e inhumano si sabe que la impunidad va a protegerle. (Aplausos). Los detractores de la jurisdicción universal prefieren obviar que rechazarla es una forma de permisividad ante la impunidad. Alegan que los tribunales pueden usarla por motivos políticos o con fines vejatorios o que puede afectar negativamente al orden mundial, causando fricciones entre Estados o abusos de procedimientos legales. Son argumentos engañosos y es un riesgo que también enfrenta cualquier jurisdicción interna si se utiliza políticamente, como cuando hay resoluciones contenciosoadministrativas que prohíben legislar a este Parlamento o resoluciones de instrucción que pretenden dejar sin contenido leyes que aún se encuentran en tramitación legislativa. La imprescindible aplicación de la ley interna o internacional por la justicia nunca debe impedirse por posibles usos fraudulentos que hipotéticamente cualquier tribunal siempre podría hacer.
En el año 2009 se acometió en España la primera reforma de la jurisdicción universal y se introdujo un requisito que hasta entonces no existía, la acreditación de conexión nacional o vínculo de España con el hecho perseguido. Se dio así un paso hacia la transformación de este principio en el de personalidad pasiva, esto es, que únicamente puedan perseguirse crímenes internacionales impunes cometidos fuera de España cuando la víctima fuera española. No venimos aquí a debatir la idoneidad del principio de personalidad pasiva para perseguir la impunidad; simplemente, dejemos claro que es un foro de competencia distinto al ejercicio de la jurisdicción universal. La reforma de 2009 fue anunciada a este país seis meses antes de aprobarse por la entonces ministra de Exteriores de Israel, la señora Livni. Desde 2008 la Audiencia Nacional instruía una causa por crímenes internacionales contra autoridades del Estado de Israel por un ataque desproporcionado en la Franja de Gaza en el año 2002. Israel lanzó intencionadamente una bomba de una tonelada sobre un edificio residencial, que quedó destrozado. Murieron catorce civiles —la mayoría, niños y bebés—, y resultaron heridos más de ciento cincuenta. Tras aprobarse esta primera limitación de la jurisdicción universal, la Audiencia Nacional tuvo que archivar esta investigación, y estos crímenes, que no eran perseguidos por Israel cuando la Audiencia comenzó su actuación, hoy continúan en la impunidad. Quizás si la Audiencia Nacional hubiera podido continuar su investigación, si otros países —como Bélgica— no hubieran restringido sus leyes de jurisdicción universal también en los mismos años, si la comunidad internacional hubiera dispuesto de más herramientas para impedir la impunidad de estos graves crímenes internacionales, quizás el genocidio del pueblo palestino, que hoy contemplan en directo todos los habitantes del planeta, no estaría cometiéndose. (Aplausos).
Después, fue el Gobierno del Partido Popular el que en el año 2014 siguió un procedimiento exprés de tramitación legislativa —esos procedimientos que censura cuando son utilizados por otras mayorías parlamentarias— e impuso su mayoría absoluta para reducir la jurisdicción universal a supuestos prácticamente imposibles, además eliminando la posibilidad de colaboración con la justicia a través de la acción popular. Esta restrictiva reforma puso fin a una ejemplar aplicación del derecho internacional que los tribunales españoles habían realizado, consiguiendo el mayor reconocimiento y admiración que hayan tenido nunca. Seguía así el PP la tendencia iniciada por el Tribunal Supremo cuando en el año 2012 sepultó toda posibilidad de investigación, sanción y reparación de los crímenes franquistas en una fosa más profunda que las que aún quedan por centenares en España llenas de víctimas ejecutadas en la última Dictadura. (Aplausos).
El PP o VOX nunca han apoyado el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos que permanecen en la impunidad dentro o fuera de nuestras fronteras. A la vista de la reciente derogación de la Ley de Memoria Democrática de Aragón, que han sacado adelante con la ultraderecha de VOX, tengo nulas esperanzas de que voten a favor de la toma en consideración de esta proposición de ley. Sí espero que el resto de grupos parlamentarios, aunque solo sea por la dignidad de esas víctimas que han quedado desprotegidas con la derogación de la ley de víctimas de Aragón, voten a favor. Para la derecha española siempre ha habido víctimas de primera y de segunda; por eso se niegan a reconocer derechos de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos si no simpatizan políticamente con ellas. Ahora, en claro incumplimiento del mandato de protección de las víctimas acordado por Naciones Unidas, con la derogación de la ley de víctimas de Aragón han forjado una alianza para privar a las provocadas en la última Dictadura de los limitados derechos que habíamos conseguido reconocerles.
Lo acordado por la mayoría absoluta del Partido Popular en el año 2014 supuso la completa eliminación de la jurisdicción universal en nuestras leyes, y la verdad es que entonces con esta reforma ya invadieron competencias exclusivas de los jueces, esas competencias que tanto defienden cuando les interesan. Ordenaron a los jueces cerrar todas las causas penales extraterritoriales que estaban abiertas en ese momento en la Audiencia Nacional. Se dejó en total desamparo a las víctimas de esas gravísimas violaciones de los derechos humanos, también a víctimas españolas. Aunque el Tribunal Supremo declaró que la reforma del Partido Popular era más que defectuosa técnicamente, el efecto mayoritario fue archivar la práctica totalidad de esos casos, entre ellos el asesinato del diplomático español Carmelo Soria por la Dictadura de Pinochet, el crimen de guerra que supuso el asesinato de José Couso en Irak o el impune exterminio de más de cuatro mil españoles en campos de exterminio nazis. Esta amputación de la jurisdicción universal por el PP significó un antes y un después en nuestra tradición jurídica y les pido que corrijamos este imperdonable error histórico y que devolvamos a la justicia española las herramientas necesarias para perseguir la impunidad de graves crímenes contra la humanidad, y ojalá que así nuestra justicia recupere un prestigio del que está muy necesitada.
Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, puestos en pie).