Carlos Flores Juberías
Señora presidenta, señorías, déjenme que invierta los primeros treinta segundos de estos doce minutos en expresar mi vergüenza por el hecho de que ni siquiera cuando nuestros servidores públicos caen en la lucha contra el narcotráfico y esta Cámara guarda un minuto de silencio, los escaños de Junts, los escaños de Bildu, los escaños de Podemos y los escaños de Esquerra están llenos para hacer patente, repito, el luto por quienes nos defienden a todos y, particularmente, a nuestros jóvenes, primeras víctimas del narcotráfico. (Aplausos).
La proposición de ley orgánica que el Grupo Parlamentario VOX trae hoy a esta Cámara puede parecer fácil de aprender y tal vez, incluso, sencilla de despachar; apenas seis artículos, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales que, en el Boletín Oficial de las Cortes, apenas ocupan una docena de páginas. Pero yo les anticipo que esta sencillez es solo aparente. En su articulado se proponen reformas o adiciones a nada más y nada menos que veintiún artículos de dos leyes ordinarias y cuatro leyes orgánicas, y no precisamente normas triviales o secundarias, sino leyes tan importantes para la ordenación de nuestra convivencia como la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, como la Ley de Partidos Políticos, como la Ley sobre Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum, como la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local o como el Código Penal; las normas básicas que regulan el funcionamiento de nuestro proceso político, las normas que determinan qué comportamientos son o no tolerables en nuestra sociedad.
Son unas reformas que, lejos de ser de naturaleza técnica, cuentan con el potencial de introducir cambios sustanciales en el funcionamiento de las instituciones que conforman nuestro sistema político, empezando por la configuración de nuestro sistema de partidos, pasando por el régimen de disfrute de varios de los derechos y libertades más fundamentales y de nuestro sistema de relaciones centro-periferia, y terminando por la conformación futura del régimen de mayorías en esta Cámara. Todas ellas justifican plenamente el título de Proposición de Ley Orgánica para Garantizar la Unidad de España, que le hemos querido dar.
Es un título que, quizás, parezca ambicioso, pero que, cuando menos, tiene la virtud de no ser engañoso, algo que no podrán decir ―miro a la bancada socialista― quienes han dividido en dos a los españoles proponiendo una ley con la que garantizar la impunidad de quienes antes habían dividido en dos a los catalanes, colocando en el punto de mira la independencia de los jueces, entregando el Gobierno de España a quienes pretenden su destrucción y abochornándonos ante las instituciones europeas, y que, encima, tienen el sarcasmo de bautizar a su destarifo ―perdón, es una expresión valenciana que, traducida al castellano, significa necedad― como ley para la normalización institucional, política y social de Cataluña. Como tampoco lo podrán decir ―miro ahora a la bancada de SUMAR― quienes acaban de traer a esta Cámara una proposición para la protección de la libertad de expresión, cuya aprobación no tendrá otro efecto que dejar desarmadas a las víctimas del terrorismo frente a los hijos del terrorismo y que, encima, rebaja la protección que toda sociedad decente debería brindar a los más débiles, entre ellos a los ancianos, a los pobres y a los excluidos. (Aplausos).
Es una iniciativa ambiciosa que, además, viene en un momento dramático porque, cada vez que el Partido Socialista nos repite con machacona, aunque inútil, insistencia eso de que España no se rompe, hay una entidad cívica, hay un intelectual, hay un filósofo, hay un exsocialista, hay un político del Partido Popular, hay una docena de políticos de VOX que dicen exactamente lo contrario, que nuestro país avanza sin frenos hacia el descarrilamiento.
El artículo primero de nuestra proposición de ley plantea la modificación en los artículos 6, 9 y 10 de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos. Por cierto, ley que aprobó en su momento el Partido Popular en el Gobierno con el voto favorable del Partido Socialista cuando todavía era el Partido Socialista e incluso el de CiU cuando todavía era CiU. Ello al objeto de permitir que la norma que ya permite —repito, que ya permite— ilegalizar un partido cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, pueda hacerlo también cuando esa misma actividad amenace con quebrar la unidad de España y el orden constitucional que en ella se fundamenta (aplausos), entendiendo que serían actos reveladores de esa intención los de amparar o apoyar con medidas administrativas, económicas o de cualquier otro orden desde los órganos de Gobierno y representación o las instituciones en las que se gobierna actividades que persigan deteriorar o destruir ese bien jurídico.
Que adoptar una medida de este tipo resulta no ya oportuno, sino inaplazable lo revela el hecho de que de un tiempo a esta parte nuestro sistema democrático se está viendo atacado desde numerosos frentes, el más preocupante y el más condenable es el abierto por quienes estando obligados a la defensa del orden constitucional por su relevante papel institucional ―alcaldes, diputados, consejeros, presidentes autonómicos— se sirven de esas posiciones y de las herramientas que el Estado les brinda ―de símbolos, de competencias y de presupuestos― para atacar al propio Estado.
Es más obvio todavía que adoptar una medida como esta resulta de una lógica aplastante si, como afirma el preámbulo constitucional, es la nación española la que en uso de su soberanía y deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y hasta proteger a todos los españoles y a todos los pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y de sus tradiciones, lenguas e instituciones, ¿qué sentido tendría dejar manos libres a quienes, desvertebrando a la nación española, acabarían en última instancia desmontando todo nuestro sistema de libertades? Porque nuestro sistema de libertades, señorías, no se entiende sin la piedra angular sobre el que este descansa, que es la Constitución, que, a su vez, no se entiende sin la piedra angular sobre la que descansa la Constitución, que es la mera idea de la nación española. (Aplausos).
El artículo segundo, el más largo y denso de esta proposición, plantea una ambiciosa reforma del Código Penal de 1995 al efecto de reintroducir para las autoridades o funcionarios que, careciendo manifiestamente de competencias para hacerlo, procedieren al delito de convocatoria ilegal de elecciones o de referéndums, previendo además un agravamiento de las penas cuando estas consultas versaren sobre la soberanía, la independencia, la integridad territorial o la unidad de España y el orden constitucional que en esta se fundamenta. Contempla un agravamiento de las penas por las ofensas o ultrajes de palabra o por escrito o de hecho a España o a sus símbolos y emblemas realizados con publicidad, y una agravación adicional cuando estos fuesen realizados por miembros del Gobierno de la nación, de las altas esferas del Poder Judicial o de los Gobiernos autonómicos.
Reintroduce por entero el capítulo primero del título vigésimo segundo, dedicado al delito de sedición, para volver a castigar a quienes se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales. Una cuestión sobre la que, señores del Partido Popular, creo que mañana tienen algo que decir, esta tarde podrían tener algo que votar.
Propone un agravamiento del delito de traición cuando el favorecimiento de una potencia extranjera con riesgo para la seguridad nacional o la defensa nacional fuese llevado a cabo por miembros del Gobierno de la nación o del consejo de Gobierno de una comunidad. Tipifica como delito la conducta del funcionario que, abusando de su cargo, comprometiera la independencia o integridad territorial de España y los intereses nacionales y prevé la posibilidad de castigar con la pérdida de la nacionalidad española a aquellos extranjeros naturalizados que fueren declarados responsables de delitos contra la Constitución, contra el orden público, contra la paz o contra la independencia del Estado. A los españoles de nacimiento no se les puede privar de su nacionalidad, lo prohíbe la Constitución, pero a quienes han venido de fuera para traicionar a nuestro país es un deber también privarles de esa nacionalidad.
El artículo 3 propone la adición de un nuevo apartado en la Ley Orgánica 2/1980, sobre Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum, al objeto de establecer la prohibición de celebración de referéndums en ninguna de sus modalidades cuyo objeto pudiera versar sobre la integridad territorial de la nación o de la soberanía nacional. La propuesta es de una lógica tan aplastante que, en cualquier país normal en el que lo obvio no tuviese que ser recordado y en el que el respeto a las leyes no fuese una iniciativa exótica, sería enteramente innecesario. Desafortunadamente no es ese nuestro caso, de modo que toca reafirmar que si el principio de que la soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado se haya consagrado en el artículo 1.2 de la Constitución, en modo alguno podrá ser objeto de un referéndum el cuestionamiento de la unidad nacional ni de un referéndum consultivo ni de un referéndum de iniciativa autonómica ni de un referéndum de reforma de estatuto ni de un referéndum constitucional tampoco. (Aplausos). Porque si hemos de ser rigurosos, y en esta Cámara no hay más remedio que serlo, ni siquiera debería poder ser objeto de un referéndum de reforma constitucional como los que dibujan los artículos 167 y 168 de la Constitución porque si en efecto la Constitución ―vuelvo a releer el artículo 2— se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, cuestionar esta equivaldría a cuestionar la base misma de nuestro sistema de libertades. Desarrollar, actualizar, completar, perfeccionar la Constitución es legítimo y aun diría que es absolutamente necesario, pero dinamitarla colocando una carga explosiva en sus mismos cimientos, ni es legítimo ni es legal ni es tolerable. (Aplausos).
El artículo cuarto propone la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General para impedir la concurrencia a las elecciones de aquellos partidos que presenten una similitud sustancial en sus estructuras, organización y funcionamiento; de las personas que los componen, rigen, representan, administran o integran cada una de sus candidaturas o de la procedencia de los medios de financiación o materiales con aquellas organizaciones que hubiesen sido previamente ilegalizadas. Y plantea un argumento más, un argumento que nos permite ir mucho más adelante. Si la actual redacción no ha resultado útil ―y la prueba la tenemos en la presencia parlamentaria de partidos que han hecho de la práctica del terrorismo callejero una de sus estrategias de actuación y del homenaje a los terroristas una de sus costumbres―, es necesario afinar un tanto más y hacerlo aplicando el conocido test del pato. Si cuando veo que un pájaro anda como un pato, nada como un pato y grazna como un pato, es razonable concluir que se trata de un pato. Cuando vemos un partido que no solo homenajea a los terroristas y lleva terroristas en sus listas, sino que también —este es nuestro añadido— propugna la destrucción de la unidad territorial e incita a atentar contra la integridad territorial de España, no es descabellado pensar que estemos ante un indigno sucesor de la banda terrorista cuyo nombre todos quisiéramos olvidar. (Aplausos).
Concluyo, señorías. Allá por 1931, cinco años antes de ser fusilado por los amantes de la libertad y por los padres putativos de la democracia, Ramiro de Maeztu escribió en las páginas de Acción Española, «España es una encina medio sofocada por la hiedra». La metáfora de Maeztu daba un cierto margen todavía para la recuperación de esa encina medio sofocada por la hiedra. Si hoy tuviésemos que buscar una metáfora, tendría que ser algo más dramático. España hoy es un automóvil a punto de salirse de la carretera para lanzarse al vacío y que circula sin frenos, no sabemos si por la irresponsabilidad de quien está al volante o por la deslealtad de quienes tendrían que haber puesto en funcionamiento y a punto su motor y su sistema de seguridad. El propósito de esta ley no es otro que el de detener, tal vez en el último segundo, ese desenlace tan previsible, tan predecible como irreversible y tan irreversible —ya termino— como indeseable.
Muchas gracias, señorías. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).