Ángel Víctor Torres Pérez
GobiernoMinistro de Política Territorial y Memoria Democrática.Página 6Vídeo
Muchísimas gracias, presidenta.
Buenos días, señorías. Que estemos hoy todos aquí, en este Pleno, libremente elegidos por un número de votos de ciudadanos y de ciudadanas de nuestra provincia, votos emitidos en unas elecciones libres, en sufragio universal y secreto; que podamos cada uno exponer cuál es nuestro punto de vista sin más limitación que el tiempo reglamentario; que podamos debatir con el Gobierno de España, cuyo presidente fue investido, a su vez, por la mayoría del arco parlamentario de este Congreso, no es fruto de una casualidad ni tampoco de un esfuerzo exclusivamente institucional. Se debe también al esfuerzo de miles y miles de conciudadanos y conciudadanas que pelearon, cada cual como pudo o como supo, en el trabajo político, en el sindical, en el de los movimientos sociales, estudiantiles, vecinales, feministas, incluso en el trabajo parroquial, para que hoy todos nosotros disfrutemos de un sistema democrático dejando atrás la ignominia de la dictadura. La deuda que este país tiene con esas personas, algunas de las cuales dieron su vida, su integridad física o, como poco, los mejores años de su vida o una pléyade de renuncias personales, es ―esto hay que decirlo―, desde el punto de vista económico, impagable. Es impagable desde el punto de vista económico porque esto no es una deuda económica, sino una deuda moral. A poco que uno o que una se sienta concernido o concernida por los valores de libertad, igualdad, justicia social y pluralismo político, que son los valores constitucionales, uno es entonces deudor de quienes trabajaron por esos valores contra el totalitarismo y la dictadura. Y, como digo, incluso muchos de ellos llegaron a perder su vida. Esa deuda hoy se va a saldar con más o menos indemnizaciones, y ―somos conscientes de ello― ni por la cuantía mayor o menor de estas, que es lo que regula hoy este decreto cuya convalidación debatimos, queda saldada la deuda. Pero es importante que hoy este real decreto ley se convalide. (Aplausos). Porque es cierto que regular bien las reparaciones ―en este caso económicas―, ampliar el abanico posible de beneficiarios, mejorarlas, dotarlas de una cuantía digna, ampliar los supuestos de indemnización y establecer que esas ayudas estén fiscalmente exentas nos debe acercar como país y como sociedad a dar el debido reconocimiento a quienes aquí nos trajeron, y se les reconoce en esa enorme dignidad que ellas y ellos mostraron a la vez que nos hace a nosotros ―entiendo― más dignos como herederos de lo que esa lucha nos reportó. Nos trajeron aquí, como digo, con esa lucha ―en muchos casos, clandestina, pero siempre notoria―, a un sistema democrático que, sí, seguramente es perfectible o perfeccionable, como todos los sistemas democráticos, pero que es a todas luces incomparablemente mejor que la ominosa dictadura que lo precedió. (Aplausos).
El Gobierno, señorías, trae a convalidación por esta Cámara el Real Decreto Ley 6/2026 de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, sobre el reconocimiento a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia. La razón de ser de este real decreto ley, en sus medidas y en la extraordinaria y urgente necesidad de su aprobación, hunde sus raíces en la Ley 52/2007, comúnmente conocida como ley de memoria histórica, precursora, pionera en la labor que hoy desempeña la Ley 20/2022, de Memoria Democrática. En aquella ya lejana Ley de 2007 se previó el derecho a una indemnización en favor de todas aquellas personas que perdieron la vida en defensa de la democracia y que no habían recibido hasta entonces la compensación debida. Se contempló dicho reconocimiento a favor de personas fallecidas en defensa de la democracia, pero solo durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 31 de enero de 1977. Con aquella regulación, de cada cuatro solicitudes de indemnización presentadas una tuvo resolución favorable y las dudas sobre los supuestos de alcance de dicho régimen de indemnizaciones han estado presentes desde entonces y se han acrecentado hasta ahora considerando que la ley de 2022 extiende sus efectos hasta la entrada en vigor de la Constitución; esto es, hasta el 29 de diciembre de 1978. Ha quedado patente ―pues el tiempo es quien ha terminado demostrándolo― que el régimen de compensaciones de la ley de 2007 era insuficiente en los supuestos contemplados, además de tener menor calado que otras regulaciones de reparación pública a víctimas por hechos de otra naturaleza, como pudieron ser las de las víctimas del terrorismo.
Por ello, de acuerdo con la Constitución, que establece que el Gobierno dirige la política interior y exterior del país, damos hoy este paso adelante absolutamente necesario para que esta situación de injusticia tenga su fin. Y reconociendo ―que lo hacemos― que esto debió realizarse hace tiempo, que hoy al menos tenga su fin y que sea cuanto antes, como hicimos en el Consejo de Ministros y como entiendo debemos hacer hoy en el Congreso de los Diputados. De ahí la urgencia de este real decreto ley.
Estamos hablando de una deuda con personas por hechos acaecidos hace alrededor de medio siglo. Hablamos de personas afectadas o de sus familiares, si es que los afectados han fallecido, que hoy, como decimos en la exposición de motivos, estarán en la etapa final de su vida. Estamos hablando de personas, en definitiva, para las que se puede frustrar un resarcimiento directo si no se da una respuesta institucional adecuada. Pero quiero que quede claro que no estamos hablando de números o incluso de nombres y apellidos sobre un papel. Estamos hablando de vidas truncadas, estamos hablando de personas concretas, estamos hablando del sufrimiento sin fin de su familia.
La comisión de valoración establecida en el real decreto ley ya se ha reunido para abordar las primeras dieciocho solicitudes, que se refieren a doce causantes, y ya se han aceptado quince de esas dieciocho solicitudes. Y eso es, por ejemplo, hablar de Víctor Manuel Pérez, 23 años, asesinado en Portugalete con dos disparos por la espalda por el mero hecho de repartir octavillas en apoyo de una huelga. O es hablar de Amador Rey, que en marzo de 1972 dejó viuda y tres hijos cuando, junto a su compañero Daniel, fue asesinado por la actuación de la policía franquista durante una huelga en Ferrol. O, en diciembre de 1976, de Ángel Almazán, que murió en el hospital tras varios días ingresado a causa de los culatazos recibidos por agentes policiales al término de una manifestación. O, también, de Manuel José García Caparrós, andaluz, quien con 18 años fue asesinado de un disparo el 4 de diciembre de 1977, durante una manifestación en defensa de la autonomía de Andalucía. (Aplausos). O, por ejemplo, de Juan Gabriel Rodrigo Knafo, catalán, muerto por la represión policial de las protestas obreras en Tarragona en marzo de 1976. (Aplausos). Y permítanme acabar mencionando a Francisco Javier Núñez Fernández, que al volver de misa con su hija de 3 años se encontró con la represión policial contra una manifestación por la amnistía que se celebraba en Bilbao. Logró dejar a su hija en el portal, pero recibió una dura paliza por parte de la policía franquista. Al día siguiente, al ir a denunciar los hechos, fue torturado: se le hizo beber un litro de aceite de ricino y coñac, y murió trece días después en el hospital. Su mujer, María del Carmen, y su hija, Esperanza, hoy, aquí, tienen abierta la puerta de la esperanza a través de este real decreto ley. (Aplausos).
Ellas y ellos, todos los que he nombrado antes y los que quedan por nombrar, porque estamos tramitando expedientes, reclaman una acción de reconocimiento y reparación por parte de todos los que se autodenominan demócratas. Y eso es lo que hoy, aquí, es urgente. Ayer mismo, la comisión de evaluación vio otras treinta y una solicitudes que se quieren acoger a este real decreto ley, todos con sus nombres y apellidos, todos merecen el reconocimiento desde una democracia madura y asentada, que debe saber responder con dignidad a quienes bregaron, lucharon y dieron su sangre y su vida para recuperar la verdadera libertad.
Por tanto, señorías, entrando en el contenido concreto de la norma, con este real decreto ley y mediante la introducción de una disposición adicional nueva, la vigésima, en la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, actualizamos las cuantías de indemnización a las personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia y las homologamos a otros mecanismos reparadores hasta los 250 000 euros en caso de muerte, y ampliamos el periodo histórico de los hechos generadores de indemnización hasta el 29 de diciembre de 1978. El real decreto ley regula el reparto de las ayudas entre los distintos familiares de las víctimas, así como las compensaciones por la diferencia de cuantía a quienes ya percibieron ayudas con la ley de 2007, pero de modo inferior a las que ahora regulamos, actualizado con el interés legal del dinero. Con la norma para la que hoy les pido la convalidación recogemos igualmente las ayudas para los casos de lesiones incapacitantes, actualizadas a 180 000 euros para los casos de incapacidad permanente absoluta ―antes eran de 80 000 euros― y a 500 000 euros para los casos de gran incapacidad ―antes eran de 135 000―, regulando igualmente, como en el caso de muerte, el régimen de compensación por la diferencia para quienes ya hubieran percibido una ayuda con cargo a la legislación de la ley de memoria histórica. A unos y otros supuestos, mediante la oportuna modificación de la Ley 35/2006, Reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, les damos el trato fiscal justo que se merecen, el de la exención del impuesto. Y se modifica igualmente, conservando su rango parlamentario, el Real Decreto 1803/2008, que regulaba las condiciones de concesión de las indemnizaciones contempladas por la ley de memoria histórica, de modo que la comisión que evalúe las solicitudes contempladas por la Ley de Memoria Democrática se adapte a la actual estructura ministerial y de modo también a que el pago de las indemnizaciones se realice por la Dirección General de Atención a las Víctimas del ministerio que me honro en dirigir.
Señorías, yo sé que hay algunas formaciones presentes en este hemiciclo que no es que no se sientan en deuda con quienes pugnaron por devolver la democracia a este país y lucharon contra el franquismo y sus estertores, sino que directamente manifiestan ―y aquí lo hemos escuchado― con mayúsculos bulos que España avanzaba con Franco. Sí, sí, España avanzaba con Franco ―esto es una ironía― en aplastar y demoler los derechos humanos; «avanzaba» ―comillas― en marginar a la mujer, que eso sí era real, y «avanzaba» ―comillas― para socavar a quien pensaba diferente. (Aplausos). Y sé que quienes afirman engañosamente que con Franco se avanzaba así se manifiestan ―y, digo bien, así se siente por quien recibe esas afirmaciones― porque parecen personas más identificadas con la dictadura y con su jerarca. Y habrá que comprender que a las personas que piensan y afirman así poco se les podrá exigir, porque es imposible sacarles de esa inexplicable, en democracia, ceguera autoritaria.
Pero hay otras formaciones aquí. Hay formaciones que piensan que el actual sistema democrático se debió más a una actuación institucional que a la labor incansable y callada de miles y miles de personas en las calles. Creo que esas formaciones yerran en eso, pero creo que hoy ―y me dirijo a su bancada― tienen una oportunidad política enorme para ponerse al día de manera valiente a la hora de respaldar cómo y por qué tenemos hoy una democracia como la que tenemos. Y sé también que hay otras formaciones políticas que han reclamado con respeto y lealtad más profundidad en las medidas contempladas en este real decreto ley. Nos han pedido más plazos de solicitud de las ayudas; nos han pedido contemplar más supuestos hasta años posteriores a 1978; nos han pedido otras cuestiones sobre las que hemos hablado y seguiremos hablando, que son perfectamente encajables y que seguro que trasladarán en el proceso de enmiendas en la posterior tramitación como proyecto de ley que puede tener este real decreto ley si hoy es convalidado.
El Gobierno ―y quiero ser claro― está dispuesto ―y lo manifiesto― a considerar todo lo que redunde en beneficio de las víctimas de la dictadura, a quienes así se les reconoce en la Ley 20/2022, de Memoria Democrática. Pero el primer paso, señorías, es convalidar este real decreto ley para el que les pido el voto favorable; un voto de dignidad ciudadana deudora de quienes dieron mucho, incluso su vida, para que hoy podamos estar aquí debatiendo.
Y concluyo. Lo que quiero decir, y no puedo ser más claro, es que hemos puesto ejemplos con nombres y apellidos. He hablado de decenas de solicitudes que han sido ya valoradas por la comisión de evaluación. Para que los familiares de estas personas fallecidas y las personas gravemente lesionadas puedan recibir esta reparación y el resarcimiento que en justicia se merecen es imprescindible que la mayoría de esta Cámara vote hoy sí a la convalidación de este real decreto ley. De lo contrario, señorías, se frustrarán sus merecidas esperanzas, las de estas personas víctimas. (Aplausos). Por tanto, no juguemos con eso.
A todos y a todas las personas presentes en este Congreso de los Diputados a las que les parezca de justicia lo que hoy presentamos, les pedimos su voto. En la tramitación como proyecto de ley mejoraremos todo lo que pueda ser mejorable.
Muchísimas gracias. (Aplausos).