Félix Bolaños García
GobiernoMinistro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.Página 21Vídeo
Buenos días.
Subo a esta tribuna, señorías, para solicitar el voto favorable de la Cámara a la convalidación del Real Decreto-ley 2/2026, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.
Estamos ante una situación que no deberían estar viviendo ni los aquí presentes ni ninguno de los ciudadanos que estén fuera de esta Cámara, porque no deberían sufrir hoy los ciudadanos de nuestro país la incertidumbre de saber cuál será el destino de este real decreto ley. Especialmente no deberían tener esta incertidumbre ni este sufrimiento aquellas personas que tienen más dificultades para llegar a fin de mes, a las que creo que nos debemos todos los aquí presentes. No merecen que intereses políticos, cálculos de toda índole o la irresponsabilidad de algunas fuerzas políticas les generen más incertidumbre de la que ya tienen en su vida cotidiana.
El Gobierno, desde luego, está en lo importante, que es garantizar que la buena marcha de la economía también llegue a la mayoría social, a las clases trabajadoras, a las personas con más dificultades, a la gente vulnerable. Por eso aprobamos este real decreto ley, que hoy sometemos a convalidación, y pretendemos que esta Cámara lo apoye. Por eso el Consejo de Ministros aprobó este real decreto ley, como aprobó otros que hoy se están sometiendo a convalidación.
Me dirijo a todos ustedes para explicarles exactamente los cinco grandes temas, las cinco grandes áreas que tiene este real decreto ley: primero, el que más debate está generando y en el que me voy a detener con algo más de detalle, medidas en materia de vivienda; segundo, medidas en materia energética; tercero, medidas en materia de empleo; cuarto, medidas de carácter tributario, y quinto, financiación territorial a comunidades autónomas y entidades locales.
Primero de los bloques: medidas en materia de vivienda. El real decreto ley recoge la prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2026, de la suspensión de procedimientos de desahucio y de lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. Y lo hace para dos supuestos: por falta de pago de rentas —incluyendo la compensación al arrendador— y por finalización del plazo del contrato de arrendamiento, siempre que el arrendador sea propietario de al menos tres viviendas.
Segundo supuesto: otros adicionales en los que el arrendador es una persona jurídica o un gran tenedor. Para compensar a los arrendadores afectados por la paralización de estos desahucios, se aprueban también modificaciones legislativas que permiten que las comunidades autónomas puedan indemnizarlos usando los recursos del Plan Estatal de Vivienda. Las comunidades autónomas pueden establecer políticas públicas para proteger a esos arrendadores con cargo al presupuesto del Gobierno de España, del Estado.
Con estas medidas, el Gobierno busca un equilibrio entre los distintos intereses afectados, con un objetivo claro: que el mayor número de viviendas salga al alquiler y que lo haga a precios asequibles. Y un objetivo humanitario: que nadie se quede en la calle por no poder pagar un alquiler. Señorías, ¡que nadie se quede en la calle! (Aplausos). Este debería ser un objetivo, una finalidad de todos los que estamos hoy en esta Cámara. Y comprobaremos con el voto a quién le importa la gente y a quién no le importa lo más mínimo.
En esa línea, quiero también recordar que el Gobierno reforzó con más de 300 millones de euros la línea pública de avales destinada a cubrir posibles impagos de alquiler; medida que protege a propietarios siempre que alquilen a precios asequibles o a jóvenes menores de 35 años. Por tanto, en este real decreto ley ampliamos hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo previsto por la Ley por el Derecho a la Vivienda para someter a conciliación o a intermediación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor.
Como estoy convencido de que los argumentos que se van a esgrimir en esta tribuna son los mismos que ya estamos escuchando fuera de ella ―y adelantándome al debate que vamos a tener en unos minutos—, quiero hablar de la excusa absolutamente falsaria que se está utilizando para justificar el hecho de dejar a la gente en la calle votando que no a este real decreto ley, que son los famosos okupas. Sé que no van a cambiar de voto los que ya lo tienen decidido. Mi objetivo es que, cuando suban a esta tribuna, se avergüencen de mentir a la ciudadanía y de engañarlos con el voto negativo a este real decreto ley. (Aplausos).
Miren ustedes, este es el Real Decreto Ley 1/2025. (Muestra un documento). Este real decreto ley obtuvo en esta Cámara 315 votos favorables ―315―. Este Real Decreto Ley 1/2025, que se convalidó el año pasado, tiene un artículo, que es el artículo 72, donde habla de las medidas en materia de vivienda; artículo 72 del Decreto Ley 1/2025, que tuvo 315 votos favorables en esta Cámara. Este es el Real Decreto Ley 2/2026 (Muestra otro documento), que estamos sometiendo a convalidación hoy. El artículo 1 —e l 1, no hay que leer el 2— es idéntico al artículo 72 del real decreto ley del año 2025 que fue convalidado por esta Cámara. Idéntico. Cambia la fecha: uno habla del 31 de diciembre de 2025 y otro habla de 31 de diciembre de 2026; y tiene otra línea que es diferente, precisamente para que los muy pequeños propietarios no se vean afectados por este régimen. Por tanto, el decreto ley de 2025 fue votado a favor con un texto idéntico al que hoy estamos sometiendo a convalidación. Y por ello, señorías, les tengo que decir que ni okupas ni ‘okupos’ (el señor De Olano Vela: ¡Estás sembrado!), que no engañen, que los okupas no tienen ni un solo beneficio en este decreto ley y, al revés, se les excluye de cualquier beneficio. (Aplausos). Y, como lo saben, ustedes votaron a favor del mismo texto en 2025 del que hoy van a votar en contra en el año 2026. Y, ahora, suban a esta tribuna, mientan y enrojezcan de vergüenza por intentar engañar a la ciudadanía con este decreto ley, con los okupas, que ni están, ni se les espera, ni se beneficia a ninguna persona que haya hecho tal actividad. (Aplausos).
Segundo bloque del decreto ley: en materia energética. Contempla la prórroga del bono social eléctrico un año más, hasta el 31 de diciembre de 2026. Este bono supone un descuento del 42 % para los consumidores vulnerables y del 57,5 % para los vulnerables severos. Se prorroga, hasta esa misma fecha, la garantía de suministro de agua, gas natural y energía eléctrica para las personas en situación de vulnerabilidad. Es decir, votar no a este decreto ley es dejar a la gente sin gas, sin electricidad y sin calefacción en lo peor del invierno. (Aplausos). Eso es lo que van a hacer los que hoy voten que no a este decreto ley. Que quede muy claro.
Tercer bloque: medidas en materia de empleo. Prorrogamos medidas de acompañamiento en materia de protección social para evitar despidos y destrucción de empleo. Este decreto ley prevé que las empresas beneficiarias de ayudas directas previstas en esta norma no puedan justificar despidos objetivos basados en el aumento de costes energéticos. Las empresas que se acojan a reducciones de jornada o suspensiones de contrato vinculadas al impacto de la guerra en Ucrania y que se beneficien de apoyo público tampoco podrán utilizar estas causas para despedir trabajadores. Porque las ayudas públicas están para proteger el empleo y no para ampliar y facilitar los despidos.
Cuarto bloque de este real decreto ley: medidas que tienen que ver con la tributación, con el IRPF y otros impuestos. Este decreto ley incluye un paquete de medidas fiscales para el estímulo de la economía española, el fomento a la descarbonización y el apoyo a colectivos vulnerables. Medidas basadas en la política de prosperidad compartida del Gobierno, que busca garantizar que el crecimiento económico sea medioambientalmente sostenible. Optamos por mantener un marco tributario simplificado para pequeños autónomos, de cara a facilitarles la liquidación de ciertos impuestos. Y prorrogamos incentivos fiscales a los vehículos eléctricos, a las infraestructuras de recarga y a las inversiones que utilicen energías verdes. En el ámbito del IRPF, se incentiva la mejora de la eficiencia energética de las viviendas, ampliando el ámbito temporal de aplicación de las distintas deducciones previstas en esta ley. Y, por último, se incluyen medidas financieras y fiscales en relación con los afectados por la dana, que se concretan, fundamentalmente, en extensión de ayudas directas a afectados de la dana y exenciones del IRPF, y también del impuesto sobre sociedades, sobre las ayudas concedidas por la Generalitat. Es decir, votar que no a este decreto es afectar y perjudicar a los afectados por la dana, señorías de la derecha y de la ultraderecha.
El quinto bloque de medidas tiene que ver con la financiación territorial. Actualizamos las entregas a cuenta a comunidades autónomas y entidades locales. Ante la actual situación de prórroga presupuestaria, las entregas a cuenta son el instrumento que tienen las comunidades autónomas y las entidades locales para actualizar sus ingresos. Facilitamos que las autonomías tengan más recursos para financiar servicios públicos, para financiar el estado del bienestar; en concreto, 3000 millones de euros. Resulta muy curioso que la derecha, que gobierna en muchas comunidades autónomas, vaya a perjudicar a los ciudadanos sobre los que gobierna votando no a este decreto, que van a sufrir las consecuencias por no recibir 3000 millones de euros.
También, hay un régimen excepcional en este decreto ley sobre el endeudamiento de la Comunidad Valenciana. Contiene una previsión para autorizar que la Comunidad Valenciana formalice nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo para cubrir necesidades de financiación con los gastos extraordinarios generados por la dana. Nuevamente, perjudican a los afectados por la dana y a la Comunidad Valenciana si este decreto ley no es aprobado.
Por último, para entidades locales también hay una entrega a cuenta de 3800 millones de euros para que los ayuntamientos y las diputaciones puedan destinarlos a políticas públicas.
Concluyo, señorías. El Real Decreto Ley 1/2025 tuvo 315 votos a favor. (Muestra un documento). Lo votó a favor toda la Cámara, excepto ―para sorpresa de nadie― VOX y la ultraderecha. Con idéntico texto, hoy traemos a convalidación el Real Decreto Ley 2/2026. (Muestra otro documento). ¿Hay algún cambio en la redacción de un texto a otro? (Un señor diputado del Grupo Parlamentario Socialista: No). No. Lo que hay es una excusa barata y falsa sobre eventuales beneficios, que no existen, para okupas en el decreto ley. Como no existen y son falsos, ustedes, que lo saben, votaron a favor en 2025. Sin embargo, anuncian que van a votar en contra en 2026. Ahora, suban aquí, explíquenlo y muéranse de vergüenza al votar que no y dejar a la gente en la calle.
Gracias. (Aplausos).