Agustín Santos Maraver
Grupo SumarDiputado.Página 6Vídeo
Gracias, presidenta. El acuerdo que se nos traslada hoy para su aprobación y posterior ratificación por los Gobiernos es un acuerdo típico de extradición, que prevé todos aquellos casos, a excepción de los de tipo político. Los de tipo político quedan excluidos para evitar que haya cualquier tipo de utilización contra el espíritu de esta cooperación, que sin embargo protege también aquellos actos que se consideran terroristas y atentados contra las familias reales. Son las excepciones habituales. La primera de ellas, evidentemente, es la de los menores de edad, que quedan excluidos, y también están las consideraciones humanitarias y aquellos casos en los que se pueda solicitar la prisión permanente. Por lo tanto, es un acuerdo que agrupa todos estos procedimientos que hasta ahora se hacían sin un procedimiento organizado y global. La posibilidad de pedir la otra parte la detención provisional mientras los Estados realizan la solicitud de extradición también está prevista en los acuerdos. La única novedad de este acuerdo es que se retrasó en su tramitación y negociación por la COVID-19 y ahora nos ponemos al día una vez más, cumpliendo así nuestras obligaciones internacionales y de amistad con el Gobierno hachemita de Jordania. Votaremos a favor. Muchas gracias. (Aplausos).
Presidencia. Muchas gracias, señor Santos Maraver. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene ahora la palabra el señor Mercadal Baquero.
Pepe Mercadal Baquero
PSOEDiputado.Página 6Vídeo
Gràcies, presidenta. Bon dia. Buenos días, señorías. A diferencia de otras ocasiones, hoy solo aprobamos un convenio, en este caso el acuerdo de extradición entre España y el Reino Hachemí de Jordania. Hay que decir que este expediente se empezó durante la Administración del presidente Mariano Rajoy y que, por lo tanto, se completa ahora con otra Administración, con la del presidente Pedro Sánchez. Fue un acuerdo propuesto por la parte jordana en 2016. La primera ronda de negociaciones tuvo lugar en junio de 2019 y la segunda no pudo tener lugar hasta enero del 2021 por lo que ha dicho el señor diputado Santos Maraver, por la COVID, que dilató los tiempos de la tramitación de este acuerdo. Y fue en octubre del año pasado, en el marco de la visita de nuestra Casa Real a Jordania, cuando finalmente se adoptó el texto definitivo.
Probablemente, un acuerdo de extradición es el tipo de acuerdo internacional más conocido por el público en general. España y Jordania quedarán obligados a conceder la extradición de aquellas personas que hayan delinquido y que sean reclamadas por la justicia del otro país. El texto especifica aquellos delitos que son objeto de extradición y, muy importante ―ya lo ha resaltado el señor Santos Maraver―, quedan excluidos los delitos considerados políticos. Quiero puntualizar que tampoco se extraditará a aquellas personas en situaciones en que se consideren que se pueden vulnerar sus derechos humanos, que puede haber consideraciones de vulneraciones humanitarias. Y tampoco se extraditará cuando la pena sea una condena de prisión permanente o se trate de personas menores de edad.
Por lo tanto, es un acuerdo, como no puede ser de otra manera, que cumple con los criterios del derecho internacional y específicamente con los derechos humanos. Salió aprobado en la Comisión de Asuntos Exteriores hace un par de semanas por mayoría absoluta y sin ningún voto en contra y nosotros emplazamos a todos los grupos a volver a votar a favor.
Muchas gracias, presidenta. (Aplausos).
Presidencia. Muchas gracias, señor Mercadal. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor García Félix.
Manuel García Félix
PPDiputado.Página 7Vídeo
Muchas gracias, señora presidenta. Señorías, comparezco hoy para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular respecto al acuerdo de extradición entre el Reino de España y el Reino Hachemí de Jordania, firmado el pasado 5 de junio de 2025. Comenzaré con una convicción clara: la seguridad de los españoles se defiende también en el tablero internacional. En un mundo donde las redes criminales, el terrorismo y la corrupción no entienden de fronteras, España necesita alianzas fiables, estables y adaptadas al siglo XXI. Este tratado es precisamente eso, una herramienta jurídica moderna para reforzar nuestra capacidad de actuar contra quienes pretenden burlar la justicia. La relación entre España y Jordania es sólida, coherente y estratégica. Este acuerdo no nace de la improvisación, sino de un diálogo político y de compromiso con la estabilidad del Mediterráneo y de Oriente Medio, y esto se debe en gran parte al trabajo ímprobo de nuestro cuerpo de diplomáticos. Con este tratado, España afianza su presencia y consolida la cooperación con un socio clave en la región. El texto, señorías, es técnicamente riguroso. Por un lado, establece con claridad los delitos extraditables e introduce umbrales de penas razonables. Por otro, garantiza derechos fundamentales mediante el principio de especialidad y prohíbe la extradición por motivos políticos o discriminatorios. No se trata, por lo tanto, solo de entregar o recibir a un prófugo. Se trata de garantizar que nadie pueda encontrar un refugio seguro fuera del alcance de la justicia y de hacerlo respetando el Estado de derecho en su esencia y pureza. Creo que es acertado traer aquí las palabras de Robert Kennedy, quien afirmó: la ley no es solo un conjunto de reglamentos, es la expresión organizada de la justicia de un pueblo. Este tratado es exactamente eso, la expresión organizada de nuestra voluntad de hacer justicia, también más allá de nuestras fronteras. Señorías, España no puede ser un orificio negro para criminales internacionales ni puede permitir que los nuestros se escondan en otros territorios. Este acuerdo cierra espacios de impunidad y fortalece la protección de nuestros ciudadanos, además de adquirir credibilidad como país, a diferencia de la imagen deplorable que se ha dado internacionalmente con la condena del Tribunal Supremo al Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y la que estamos dando hoy en los juzgados con la declaración del exministro Ábalos. (Un señor diputado: ¡Muy bien!). El Partido Popular siempre defenderá una política exterior firme, respetada y coherente, que sitúe a España en el lugar que le corresponde por derecho propio. Señorías, anunciamos nuestro voto favorable, porque este no es un tratado de parte, sino que es un tratado de país. Muchas gracias. (Una señora diputada: ¡Muy bien!―Aplausos).
Presidencia. Muchas gracias, señor García. AVOCACIÓN DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS: — PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA, EN MATERIA DE PRESCRIPCIÓN, RECAUDACIÓN, ASISTENCIA MUTUA Y OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN; LA LEY 35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LAS LEYES DE LOS IMPUESTOS SOBRE SOCIEDADES, SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES Y SOBRE EL PATRIMONIO, Y LA LEY 29/1987, DE 18 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. (Número de expediente 121/000060). — PROPOSICIÓN DE LEY PARA LA REGULACIÓN DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER TEMPORALES Y ALQUILER DE HABITACIONES. (Número de expediente 122/000136).
Presidencia. Continuamos ahora con el punto del orden del día relativo a las propuestas de avocación por el Pleno de la Cámara de la deliberación y votación final del Proyecto de ley por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de prescripción, recaudación, asistencia mutua y obligaciones de información; la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio, y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Y de la Proposición de ley para la regulación de los contratos de alquiler temporales y alquiler de habitaciones. Estas propuestas se someterán a votación electrónica, junto con el resto de los asuntos, al final de la sesión. PROPUESTAS DE CREACIÓN DE SUBCOMISIONES: — PROPUESTA DE LA COMISIÓN DE SANIDAD, DE CREACIÓN DE UNA SUBCOMISIÓN RELATIVA AL ESTUDIO DE LA SITUACIÓN DEL SECTOR VETERINARIO EN EL ESTADO ESPAÑOL. (Número de expediente 158/000014).
Presidencia. Pasamos al siguiente punto del orden del día, relativo a la propuesta de la Comisión de Sanidad de creación de una Subcomisión relativa al estudio de la situación del sector veterinario en el Estado español. Esta propuesta se somete al Pleno sin debate previo. La votación correspondiente a este punto tendrá lugar junto con el resto de las votaciones. Y si hay intervenciones de explicación de voto, se sustanciarán después de las votaciones. CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS LEYES: — REAL DECRETO-LEY 12/2025, DE 28 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES DE REACTIVACIÓN, REFUERZO Y PREVENCIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE RESPUESTA INMEDIATA, RECONSTRUCCIÓN Y RELANZAMIENTO FRENTE A LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA DEPRESIÓN AISLADA EN NIVELES ALTOS (DANA) EN DIFERENTES MUNICIPIOS ENTRE EL 28 DE OCTUBRE Y EL 4 DE NOVIEMBRE DE 2024. (Número de expediente 130/000026).
Presidencia. Ahora pasamos a examinar el punto del orden del día correspondiente a la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 12/2025, de 28 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de reactivación, refuerzo y prevención en el marco del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la dana en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Para presentar el real decreto ley, tiene la palabra, en nombre del Gobierno, el señor ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Cuando quiera. (Rumores). Un poco de silencio, por favor, señoras y señores diputados, que vamos a empezar el debate. Señor ministro, cuando quiera.