Félix Bolaños García
GobiernoMinistro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.Página 22Vídeo
Buenos días, señorías.
Subo a esta tribuna para defender la posición del Gobierno en el debate de totalidad de dos proyectos de ley, uno orgánico y otro ordinario, en relación con el procedimiento de determinación de la edad de menores. Estos dos proyectos de ley, que con todo el sentido del mundo se tramitan conjuntamente, tienen una finalidad única: intentar garantizar el procedimiento para determinar la edad de los menores en nuestro país. Por tanto, en primer lugar, tienen una finalidad claramente garantista de los derechos del menor y, en segundo lugar, estamos dando ―y creo que esto es importante, sus señorías así lo sabrán apreciar― cumplimiento a compromisos y recomendaciones de organismos internacionales, en especial a lo establecido en la Carta de los Derechos del Niño y a las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño, que apuestan decididamente por la naturaleza judicial en la determinación de la edad como garantía de los derechos de los menores, que muchas veces están sin sus progenitores.
Para dar cumplimiento a esta modificación del procedimiento para determinar la edad de los menores, en los dos proyectos de ley que hoy estamos debatiendo se llevan a cabo dos reformas fundamentales. La primera es la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para constituir un nuevo procedimiento judicial de determinación de edad cuando esta no se conozca o se tengan dudas sobre ella. Es un procedimiento que, evidentemente, dadas las circunstancias de estos hechos, es ágil, rápido y garantista. Por tanto, pasamos de un procedimiento administrativo a otro judicial, centrado en los derechos del menor y abandonando ―y esto también es importante― métodos de prueba intrusivos o de dudosa fiabilidad científica. Las normas que incluimos también en la Ley de Enjuiciamiento Civil siempre pretenden la protección del interés superior del menor. Por eso se reconoce la presunción de la minoría de edad; se reconoce el derecho del menor a tomar parte en el procedimiento y a ser escuchado; se garantizan su dignidad y su intimidad, de tal manera que se prohíben pruebas invasivas o desnudos integrales; y, por último, se le garantiza la asistencia jurídica gratuita desde el inicio del procedimiento y la asistencia de un intérprete si es necesario para el menor. La primera reforma, pues, es la de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La segunda reforma que abordan estas dos leyes es la modificación de la Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores para atribuir las competencias de la determinación de la edad a los órganos judiciales penales cuando se produzca en relación con un menor detenido por su presunta participación en una infracción penal y existan dudas sobre la edad que tiene ese menor. Es decir, cuando está en juego la mayor responsabilidad que puede haber, que es la responsabilidad penal, el proceso se realiza en el órgano judicial que ofrece las mayores garantías, que es el juzgado que lleva ese procedimiento penal. En definitiva, estamos ante una mejora evidente en la regulación de los procesos de determinación de edad, en defensa y garantía de los intereses y de los derechos de los menores.
El Gobierno es plenamente consciente de que esta nueva regulación, garantista para los derechos de los menores, puede generar inquietud en algunos territorios con especial presión migratoria y de que podría temerse una mayor demora en los tiempos de gestión como consecuencia de la aprobación de estas normas; sin embargo, nosotros nos comprometemos a unos procedimientos judiciales que sean ágiles gracias a la ley de eficiencia y a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que se lleva a cabo. Y quiero decir públicamente que nos comprometemos también a tener en cuenta todas las reivindicaciones y todas las cuestiones que planteen territorios con especial presión migratoria. Me refiero a Canarias, a Ceuta, a Melilla, a territorios que tienen esa especial presión migratoria. Quiero trasladarles la voluntad del Gobierno de dotar de recursos suficientes a la Administración de Justicia, en línea con lo que ha supuesto ya ―lo que está suponiendo ya― la ley de eficiencia del Servicio Público de la Justicia, para que no existan demoras injustificadas y, en este caso de determinación de la edad menores, totalmente injustificables. Por eso queremos acompasar la tramitación de esta normativa a la aplicación de las medidas en las que ya estamos trabajando para aliviar la situación de esos territorios con mayor presión migratoria.
No querría que este debate se quedase exclusivamente circunscrito a un debate meramente técnico o meramente jurídico. El debate de fondo que nos trae este procedimiento, la tramitación de este debate de totalidad, es el núcleo fundamental de la democracia, es decir, si el núcleo de nuestra democracia son los derechos o, por el contrario, es la exclusión, el intento de exclusión e incluso la crueldad con precisamente los más desprotegidos, que son los menores. No estamos solo ante una ley que se vaya a aplicar exclusivamente a los menores de origen migrante, pero es evidente que tiene un impacto en esas personas. Estamos hablando, señorías ―no lo olviden―, normalmente de adolescentes que tienen 14, 15 o 16 años y que abandonan su hogar muchas veces forzados por la necesidad, por el hambre o por la guerra y que tantas veces llegan a nuestro país solos, sin sus padres, tras un viaje traumático y difícil. Por eso querría preguntarme qué preocupa a los grupos parlamentarios que han presentado una enmienda a la totalidad a estas dos normas. A ninguno de los grupos parlamentarios aquí representados puede preocuparles que un juez, con las debidas garantías, determine quiénes son menores y, por tanto, quiénes pueden ser acogidos en el sistema precisamente pensado para los menores no acompañados. Por tanto, a mí no me preocuparía un cambio de un procedimiento administrativo a uno judicial, sino que me preocuparía no acertar con un procedimiento científico y garantista precisamente para nuestros menores, porque no solo afectaríamos a los derechos de adolescentes muy vulnerables, sino que estaríamos también dando imagen de lo que queremos ser como sociedad.
En términos más bien democráticos, me parece difícil entender por qué se han presentado dos enmiendas a la totalidad a estos textos. Una de ellas ―es cierto― proviene de un grupo político que es conocido por sus discursos de odio y, por tanto, no esperamos mucho de ese grupo político, pero al menos podemos aprovechar este debate para mostrar la verdadera cara de todos los grupos políticos que nos sentamos en este Congreso. A mí me parece que ser crueles con los niños no acompañados y, sin embargo, reír las gracias a las personas que pretenden discriminarles, que pretenden excluirles, no es precisamente el mejor ejemplo para nuestra democracia. Y también me preocupa la otra enmienda a la totalidad, presentada en este caso por el Grupo Popular, que, a pesar de todas las diferencias que hemos tenido, había apostado por una política garantista de la inmigración en referencia a los menores. Espero que la presentación de esta enmienda a la totalidad no sea un cambio de rumbo para hacer seguidismo a otros grupos políticos que tienen por bandera la xenofobia, la exclusión, la crueldad y el odio. Espero simple y llanamente que hoy decaiga y que a partir de ahí empecemos a trabajar en enmiendas para poder mejorar este texto.
Insisto, proteger a los menores que llegan a nuestro país es una cuestión de justicia, es una cuestión de humanidad. Cumplir con los convenios internacionales y con las recomendaciones de organismos internacionales, como la Carta de los Derechos del Niño o el Comité de los Derechos del Niño, es una obligación para nuestro país, para nuestra democracia, y, desde luego, tener un modelo garantista desde el punto de vista judicial creo que es una obligación de una democracia de un Estado de derecho. Por tanto, espero que ambas enmiendas a la totalidad decaigan y que a partir de ahí empecemos a trabajar los grupos parlamentarios de la mano para tener una democracia mejor, porque acoge mejor a los menores más vulnerables, los que vienen no acompañados por sus padres.
Gracias. (Aplausos).